El Gobierno oficializó a través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial este martes el aumento en el salario mínimo, vital y móvil. Se abonará en cuatro partes y alcanzará en marzo los $69.500.
Se abonará en cuatro partes y habrá una nueva revisión en febrero. También se establecieron nuevos montos de la prestación por desempleo.
El Gobierno oficializó a través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial este martes el aumento en el salario mínimo, vital y móvil. Se abonará en cuatro partes y alcanzará en marzo los $69.500.
En el acuerdo alcanzado hace una semana con representantes empresarios y sindicales se estableció que todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, a partir del 1° de diciembre el salario mínimo pasará a $61.953 y $309,77 por hora, para los trabajadores jornalizados.
A partir del 1° de Enero de 2023, la suma se elevará a $65.427; y subirá a $327,14 la hora de los trabajadores jornalizados. En febrero, el salario mensual fue fijado en $67.743; y la hora de los empleados jornalizados en $338,72.
Con el incremento acordado, el piso remunerativo se actualizará en un 7% en diciembre, 6% en enero, 4% en febrero y 3% en marzo, para concretar una suba para el año paritario completo de 110,5%. Además, se estableció una nueva revisión en el mes de febrero.
Todo quedó ratificado con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 15/2022. En su Artículo 1°, precisa que la suma que percibirán "todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción”, será de $61.953 a partir del 1° de diciembre.
Desde el 1° de enero de 2023, el monto se fijará en $65.427. En los meses subsiguientes, en tanto, el dinero que percibirán será $67.743 y $69.500, respectivamente.
En el caso de los jornalizados, la escala será, por cada hora trabajada, de $309,77; $327,14; $338,72; y $347,50.
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El artículo 2° de la Resolución estableció los nuevos montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
A partir del 1° de diciembre, el beneficio tendrá un piso de $17.208,81 y un techo de $28.681,35. Desde el 1° de enero, la suma ascenderá a $18.173,79 y $30.289,65.
El 1° de febrero, el mínimo escalará a $18.817,11 y el máximo a $31.361,85, mientras que un mes después será de $19.305,16 y $32.175,26, respectivamente.