A través de la Resolución 7/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía anunció la creación del “Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado ‘Cuota simple’. La iniciativa tiene como objetivo principal estimular la demanda de bienes y servicios a través del otorgamiento de facilidades de financiamiento a plazo, dirigidas a los usuarios y consumidores en todo el territorio argentino.
La implementación del Programa "Cuota Simple" busca fomentar el consumo y la producción de bienes y servicios, aprovechando la financiación a través de tarjetas de crédito, bancarias o crediticias. Se invita a las entidades financieras pertenecientes al Sistema Bancario Oficial a colaborar en la ejecución de los objetivos de este programa, el cual podrá abarcar hasta el cien por ciento (100%) del precio final de los bienes y servicios.
Hasta el momento hay 34 rubros confirmados para realizar compras.
Beneficios
Hasta el momento hay 34 rubros confirmados para realizar compras bajo este nuevo esquema entre los que se encuentran indumentaria, electrodomésticos y turismo.
Así, desde el primero de febrero los consumidores de todo el país tendrán a disposición Cuota Simple con la opción de pagar sus consumos en 3 y 6 cuotas, en 34 rubros, con un interés equivalente al 85% de la que tiene como referencia el BCRA para los plazos fijos (110%). Los canales habilitados serán tanto físicos como virtuales.
Esto implica un importante cambio respecto al Ahora 12, el cual ofrece financiación desde 3 hasta 24 pagos. Las tasas vigentes del antiguo programa para 3 y 6 cuotas es del 82,5% nominal anual, por lo que desde el próximo mes será mayor si se confirman las modificaciones previstas. Esos plazos fueron elegidos porque representaban el 80% de las transacciones. Los rubros más demandados por los consumidores eran indumentaria, pequeños electrodomésticos y turismo, los cuales continuarán dentro del nuevo esquema.
El Ahora 12 termina a fines de enero.
Qué dice la resolución
La Resolución establece que la Autoridad de Aplicación del Programa será la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía. Esta entidad estará facultada para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el establecimiento y ejecución del Programa "Cuota Simple". Además, se le encomienda la tarea de determinar las formas y tipos de financiamiento, así como analizar la evolución e impacto en los sectores productivos para decidir inclusiones o exclusiones que fortalezcan el mercado interno.
Dentro de las modificaciones propuestas, se destaca la simplificación del comercio y la eficiencia en la implementación del Programa. Se establece expresamente que "Cuota Simple" no estará sujeto a los lineamientos normativos de otros programas del Ministerio de Economía, con el objetivo de agilizar y optimizar sus procesos.
La Resolución también delega a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, dependiente de la Secretaría de Comercio, las facultades para administrar los programas especiales relacionados con el comercio interior que le sean encomendados.
En el marco de esta nueva medida, se modifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 671/14, reemplazándolo por uno que establece la creación del Programa "Cuota Simple" con el propósito de estimular la demanda de bienes y servicios. Este programa regirá en todo el territorio de la República Argentina, abarcando diversos sectores de la economía seleccionados por la Autoridad de Aplicación.
Asimismo, se sustituye el artículo 3° de la resolución original, otorgando a la Autoridad de Aplicación la facultad de determinar las formas y tipos de financiamiento del Programa "Cuota Simple" y de analizar la evolución e impacto en los sectores productivos. Esto permitirá tomar decisiones que impulsen el crecimiento y fortalecimiento del mercado interno.
La Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía es designada como la Autoridad de Aplicación de la presente medida, con la facultad de dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el establecimiento y ejecución del Programa "Cuota Simple". Esta entidad también será la encargada de determinar los plazos de vigencia del programa, asegurando su continuidad de acuerdo con las necesidades del país.
Se incorpora un nuevo artículo, el 7° BIS, que faculta a la Autoridad de Aplicación a determinar los plazos de vigencia del Programa "Cuota Simple", proporcionando flexibilidad para ajustar su duración según las circunstancias económicas.
En cuanto a la financiación de la medida, se establece que el gasto que demande la puesta en funcionamiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía.
Como parte de la simplificación y eficiencia propuestas, se deroga el artículo 2° de la Resolución Conjunta N° 671/14. Además, se establece que la comercialización a través del Programa "Cuota Simple" no estará sujeta a la suscripción a otros programas del Estado Nacional, simplificando el proceso para los comerciantes y consumidores.
La presente medida tendrá vigencia a partir del 1° de febrero de 2024, marcando así el inicio de la implementación del Programa "Cuota Simple" como una herramienta clave para estimular la economía argentina en un contexto de desafíos económicos y sociales.
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