Los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga tendrán un tope para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos ($ 371.718). En esos casos, los afiliados a la medicina privada deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud a través de un formulario para que las prepagas sólo les aumenten un 4,91% la cuota de febrero, sino el ajuste será del 8,21%.
Los usuarios del servicio de medicina prepaga deberán realizar una “declaración jurada de ingresos” que se hará en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud, entre el 1 y el 20 de cada mes. Antes de ingresar, es requisito tener Clave Fiscal nivel 3 de la AFIP o superior y adherir el servicio “Mi Salud” a la clave fiscal.
A partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de un año y medio, el incremento del valor de las cuotas de los contratos individuales con las prepagas o a través de derivación de aportes tendrá como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) del mes anterior publicado.