El Gobierno promulgó este jueves la ley que establece un cupo laboral del 1 % para personas travestis, transexuales y transgénero en la administración pública.
La norma también ofrece incentivos para la contratación de representantes de este colectivo en el sector privado.
El Gobierno promulgó este jueves la ley que establece un cupo laboral del 1 % para personas travestis, transexuales y transgénero en la administración pública.
A través del Decreto 440/2021, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, se formalizó la Ley Nº 27.636.
La norma también brinda incentivos para la contratación de representantes de este colectivo en el sector privado y líneas de crédito preferencial para sus emprendimientos.
Se la denomina la Ley Diana Sacayán – Lohana Berkins, en homenaje a las ya fallecidas militantes por los derechos laborales de esta comunidad, y fue celebrada por la comunidad tras la sanción en el Congreso.
El presidente Alberto Fernández ofreció este miércoles una conferencia de prensa en la que anticipó la promulgación de la ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero.
"Hay quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo, creen que es mejor un país con derechos para algunos", dijo Fernández.
Antes de la aprobación de la ley, el Presidente firmó un decreto para fijar el cupo laboral travesti-trans, lo que fue un paso previo a la sanción de la norma.
La iniciativa fue impulsada por el Frente Orgullo y Lucha, la Liga LGBTIQ+ de las Provincias y la Convocatoria Federal Trans y Travesti Argentina, junto con las diputadas Gabriela Estévez, Mónica Macha, Vanesa Siley y Cristina Álvarez Rodríguez.
También se promulgó la Ley de Equidad de Género en los medios
El Ejecutivo también promulgó este jueves la controvertida Ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación, que busca condicionar la distribución de la publicidad oficial a los medios que acrediten "equidad de género".
A través del Decreto 451/2021, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se promulgó la Ley Nº 27.635.
La norma fija un criterio de preferencia por la equidad de género para distribuir la pauta oficial.
"Los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión privada a los que se otorgue el certificado de equidad en la representación de los géneros tienen preferencia en la asignación de publicidad oficial efectuada por el sector público nacional, sin perjuicio de los criterios objetivos y requisitos establecidos por la normativa vigente en la materia", establece el artículo octavo de la nueva ley.
La preferencia en la distribución de la publicidad oficial se vincula con la obtención de un certificado del Gobierno que acredite el cumplimiento de al menos cuatro requisitos, sobre siete propuestas, entre las que figuran la promoción del uso del lenguaje inclusivo, la implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género y la disposición de salas de lactancia o de centros de cuidado infantil, entre otras.
Asimismo, la normativa también plantea como requisitos para obtener el certificado oficial de equidad de género a los procesos de selección de personal basados en la equidad de género; políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual; la implementación de protocolos para la prevención de la violencia laboral y de género; y acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras.
Además, la ley fija que todos los medios tendrán que promover la equidad en la representación de los géneros entre su personal, contratar "personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex en una proporción no inferior al uno por ciento (1 %) de la totalidad de su personal".
El Gobierno definirá una Autoridad de Aplicación que controlará la distribución equitativa de tareas y funciones en todos los medios de comunicación, promoverá el uso del lenguaje inclusivo e impulsará acciones para prevenir la violencia simbólica y mediática, entre otras funciones. Además aplicará un régimen de sanciones para los medios públicos que incumplan con lo establecido en esta ley.