El juez Arturo Exequiel Dumón resolvió una pena de ocho años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo para N.J.P, declarado culpable por un jurado popular en Gualeguaychú por haber atacado sexualmente por años a su hijastra.
Fue hallado culpable de abuso sexual contra una niña por un jurado popular y el juez dictó 8 años y 4 meses de prisión.
El juez Arturo Exequiel Dumón resolvió una pena de ocho años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo para N.J.P, declarado culpable por un jurado popular en Gualeguaychú por haber atacado sexualmente por años a su hijastra.
El delito imputado fue "abuso sexual con acceso carnal por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima, agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia y autoridad con la menor, reiterado". Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 4 de abril.
El magistrado dictó su resolución en el marco de la audiencia de censura que se celebró al concluir el proceso judicial que se inició el pasado 17 de marzo en Gualeguaychú y cuyas instancias culminaron cuatro días después.
Dispuso también la prisión domiciliaria de N.J.P hasta que la sentencia esté firme y comience su cumplimiento en la Unidad Penal de Gualeguaychú.
A su vez, la Justicia le prohibió a N.J.P cualquier tipo de acto molesto o perturbatorio en perjuicio de la víctima, denunciante, familiares, testigos y peritos relacionados con la causa, entre otras medidas de protección a personas involucradas en el juicio.
El juez ordenó a la Policía que constate la permanencia del condenado en el domicilio fijado para el cumplimiento de la prisión domiciliaria hasta que la condena quede firme.
Además del juez Dumón, intervinieron en el juicio el fiscal Lisandro Beherán y la defensora penal de Niños y Adolescentes, Gabriela Urrels. La defensa fue ejercida por Raúl Jurado.