La defensa de Majdalani focalizó su pretensión en críticas al accionar del primer juez de la causa, el magistrado federal de Lomas de Zamora Federico Villena y de la fiscal Cecilia Incardona.
La ex vicedirectora de la AFI durante el gobierno de Cambiemos, Silvia Majdalani, planteó la nulidad completa de la causa por presunto espionaje ilegal por la que está siendo investigada junto con otros ex jerárquicos y agentes de la central de inteligencia.
La defensa de Majdalani focalizó su pretensión en críticas al accionar del primer juez de la causa, el magistrado federal de Lomas de Zamora Federico Villena y de la fiscal Cecilia Incardona.
Semanas atrás, el actual juez de la causa, Marcelo Martínez de Giorgi, anuló parcialmente el expediente vinculado con el espionaje en las cárceles y sobreseyó a todos los imputados ex miembros del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Majdalani, a través de los abogados Juan Pablo Vigliero y Adriana Ayuso, consideró insuficiente ese fallo.
"La detenida lectura de la resolución en crisis ha puesto al descubierto una actividad en cabeza del Juez Villena, no sólo irregular sino que incluso puede ser sospechada de delictual", sostuvo la defensa de Majdalani.
"No puede pasarse por alto la ilegal injerencia en la privacidad, sin fundamentos ciertos, que el Juez ha perpetrado en todos los casos. (…) No puede soslayarse también que, en muchos casos, para hacerlo ha prescindido de la intervención del Ministerio Público y, en otros, ha aprovechado la desidia de esos funcionarios en el control de legalidad que deberían ejercer", embistió el escrito.
Majdalani citó un párrafo del fallo de Martínez de Giorgi: "Vinculado con esto último, debe agregarse además que las conclusiones han ubicado al Dr. Villena como partícipe de la maniobra de inteligencia ilegal desplegada por los agentes de la AFI".
"Cabe preguntarse entonces –añadió aquella resolución-, si por razones de estricta justicia, corresponde invalidar todo su accionar en el sumario por tales circunstancias, lo cual traería aparejado, por consecuencia, la impunidad de las graves conductas investigadas, al menos para los que resultaron sus coautores materiales".
Para Majdalani, "tamaños desvíos, que avasallan no sólo la correcta administración de justicia, sino que además arrasan con todas las garantías constitucionales del proceso que nuestra Carta Magna ha establecido como pilares del Estado de Derecho, no pueden en modo alguno cohonestarse bajo el pretexto de impartir justicia".
"Las irregularidades señaladas pueden eventualmente llevar a la finalización del trámite judicial, pues si progresan los agravios planteados, podrían implicar el cese de la investigación de manera definitiva", advirtió la defensa.
"De quedar en pie esta decisión, implicaría legitimar la supervivencia en el mundo jurídico de una investigación judicial que nace como fruto de un actuar ilegal, lo que naturalmente extiende tal ilegalidad a todo lo actuado en consecuencia", resumió.
El Tribunal Oral Federal número ocho comenzó a juzgar al falso abogado Marcelo D´Alessio, acusado por presunta asociación ilícita, extorsión, tráfico de influencias y coacción como falso agente de la DEA norteamericana y de la embajada de Estados Unidos.
El tribunal escuchó la acusación sostenida por el fiscal Marcelo Colombo y redactada en primera instancia por su colega Juan Pablo Curi, quien definió a D´Alessio como "el coordinador" de la asociación ilícita y quien "articulaba los recursos materiales y humanos de la empresa criminal".
En el juicio también comparecen otros imputados, entre ellos dos ex agentes de inteligencia cuyos nombres son mantenidos en reserva por el tribunal, pese a que se conocen sus identidades a lo largo de la investigación.
Uno de ellos –un ex comisario bonaerense-, incluso, recibió un llamado del difunto fiscal Alberto Nisman en la búsqueda de un arma poco antes de aparecer muerto en el baño de su departamento en Puerto Madero.
D´Alessio está siendo juzgado por una serie de "operaciones" de presunta inteligencia ilegal contra exfuncionarios y dirigentes kirchneristas a quienes exigía fuertes sumas de dinero para gestionarle ante sus supuestos vínculos en el Poder Judicial situaciones favorables en expedientes por corrupción.
De hecho, entre los cargos en su contra figura el de "tráfico de influencias" por haber esgrimido ante sus potenciales víctimas su relación y supuesto poder de influencia con el fiscal Carlos Stornelli y con el fallecido juez Claudio Bonadio.
Los dos exagentes de inteligencia, ROB y RB, están acusados por asociación ilícita, violación a la ley de inteligencia en cuanto prohíbe "la formación de grupos que planifiquen y ejecuten funciones de inteligencia, espionaje político e ideológico para influir en la vida política y los medios de comunicación", extorsión y coacción.
También están imputados el ex comisario Aníbal Degastaldi y Mariano Díaz Strunze, alias "el Alemán", quien era presentado como guardaespaldas de la DEA por D´Alessio.
La Fiscalía Federal de Esquel apeló junto a querellantes la absolución de cuatro gendarmes por la muerte de Santiago Maldonado ocurrida en agosto de 2017 en medio de una protesta en Chubut.
La apelación es al fallo del juez federal, Gustavo Lleral, quien desvinculó a los gendarmes luego de estar siendo investigados durante años. La apelación la firmó el juez Santiago Roldán junto con los querellantes que son, la familia de Maldonado, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Comisión por la Memoria.
Ahora, el juez Lleral evaluará si concede las apelaciones para que sean evaluadas por la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, aunque, en caso de no hacerlo, los apelantes pueden ir "en queja".
Paralelamente al proceso judicial, está pendiente una queja de la familia de Maldonado contra el juez Lleral ante la Corte Suprema de Justicia en virtud de una presentación en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la responsabilidad del Estado Argentino en la "desaparición forzada" entiende la familia hubo del joven en aquellos episodios. .
A Maldonado se lo vio por última vez el 1° de agosto de 2017 y su cuerpo apareció recién el 17 de octubre de ese año. La sospecha siempre estuvo sobre el accionar de la Gendarmería Nacional, ya que, ese 1° de agosto se llevó a cabo un operativo en la comunidad Pu Los en Resistencia Cushamen, en inmediaciones de la Ruta 40, la cual era ocupada por la comunidad mapuche.
Los sobreseimientos recayeron sobre el gendarme Emmanuel Echazu, investigado por desaparición forzada de persona, y también sobre Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, estos tres últimos acusados por los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de deberes de funcionario público.
El magistrado evaluó que la Gendarmería no detuvo en ese operativo ni a Maldonado ni a ninguna otra persona y también que haya sido llevado a algún lugar por la fuerza de seguridad.
Además, de la autopsia realizada el 20 de octubre de 2017 se constató que el joven murió por asfixia por sumersión y que su ingreso a las frías aguas del Río Chubut fue cuando estaba con vida. Maldonado no sabía nadar y las bajas temperaturas de las aguas atrofiaron su cuerpo y hasta se especula con la supuesta pérdida de consciencia.
"Debo tener por probado que Santiago Andrés Maldonado falleció en el Río Chubut, a la altura del predio ocupado por la comunidad denominada Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la hondonada de aproximadamente más de 2 (dos) metros de profundidad en la que se sumergió el 1° de agosto de 2017; y que su cuerpo sin vida permaneció ininterrumpidamente allí hasta que fue hallado el 17 de octubre de 2017, primero sumergido en el fondo del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotando en la superficie de ese curso de agua", concluyó el juez en su extenso fallo.