Lunes 31.7.2023
/Última actualización 21:07
La Cámara de Diputados de la Nación volverá a debatir el proyecto de ampliación de licencias maternales, paternales y parentales, con la misión de sacar al país del atraso normativo en el que se encuentra en esta materia.
La legislación actual concede apenas dos días de licencia por paternidad, y la idea es extenderla a una duración de 45 días. En el caso de las licencias por maternidad, se propone llevarlas a 126 días, y las de adopción a 90 días.
En primera medida, este miércoles a las 14hs habrá un plenario de las comisiones de Legislación del Trabajo, y Mujeres, Géneros y Diversidad donde se llevará adelante una nueva reunión informativa.
La última reunión informativa del plenario de comisiones había sido el 4 de julio pasado, cuando se escucharon voces de distintos sectores con miradas contrapuestas sobre el tema.
Las claves del proyecto:
- Licencias maternales o de personas gestantes: 45 días antes del nacimiento y hasta 81 días después del parto (con autorización médica, hasta 126 días).
- Licencias paternales o de personas no gestantes: 45 días totales, con dos opciones: 15 días corridos desde el nacimiento, y luego 30 días que se pueden usar inmediatamente o dentro de los 180 días de año calendario; o bien 15 días antes del parto probable y luego el resto.
Vuelve a debatirse el proyecto de ampliación de licencias parentales.- Reconoce el derecho de monotributistas, monotributistas sociales y trabajadores autónomos, que percibirán una asignación que consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Deben haber pagado las imposiciones de seguridad y tener una antigüedad en ese régimen de al menos 18 meses.
- Establece el mismo régimen para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.
- Se crea la licencia por adopción: Para personas que tengan pautadas audiencias para conocer a niños o adolescentes es de 2 días corridos y hasta 12 días por año.
- Licencia de 90 días corridos para adoptantes desde la fecha en que se otorga la guarda de un niño, una niña o adolescente por resolución judicial. También se puede dividir esta licencia en 15 días desde el otorgamiento judicial de la guarda y luego usar los restantes 75 días dentro de un plazo de 180 días contados desde la misma fecha.
- Licencias por matrimonio se extienden de 10 a 12 días y se incorpora la unión convivencial.
- Se amplía la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente, y por hijo: Pasa de 3 a 10 días.
- Se amplía la licencia por fallecimiento de padre, madre, hermano, nieto: Pasa de 1 a 3 días.
- Se crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge: pasa de 2 días a un máximo de 20 días por año, aunque podrá extenderse hasta 60 días sin goce de haberes.
- Para cuidado de personas a cargo con discapacidad, ya sea por razones congénitas o sobrevinientes, la licencia es de 3 días corridos y un máximo anual de 20 días.
- Se crea la licencia por violencia de género, que será de 15 días laborables corridos por año calendario, prorrogables por una única vez por otro período igual.
- Se crea licencia por interrupción del embarazo de 10 días corridos contados a partir del día en que se solicita la licencia, tanto para la persona gestante como para la persona no gestante con la cual hubiera compartido la responsabilidad parental.
- Se crea la licencia por técnicas de reproducción asistida de hasta 15 días corridos o discontinuos por año calendario para personas gestantes u ovodonantes, o con voluntad de procrear.
- Por controles preventivos de cáncer de mama, cérvico uterino o prostático, un día por año calendario.
- Para rendir examen en cualquier nivel educativo formal será de dos días corridos por examen y un máximo de 10 días por año calendario.
- Por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, 4 horas diarias durante 5 días en el año calendario; y por reuniones organizadas por el establecimiento educativo, hasta 15 horas por año calendario. En estos casos los permisos se ampliarán proporcionalmente a la cantidad de hijos/as.