Vuelve a debatirse el proyecto de ampliación de licencias parentales
La Cámara reanudará este miércoles la discusión del proyecto que estuvo frenado por el receso invernal.
Cámara de Diputados de la Nación.
21:07
La Cámara de Diputados de la Nación volverá a debatir el proyecto de ampliación de licencias maternales, paternales y parentales, con la misión de sacar al país del atraso normativo en el que se encuentra en esta materia.
La legislación actual concede apenas dos días de licencia por paternidad, y la idea es extenderla a una duración de 45 días. En el caso de las licencias por maternidad, se propone llevarlas a 126 días, y las de adopción a 90 días.
En primera medida, este miércoles a las 14hs habrá un plenario de las comisiones de Legislación del Trabajo, y Mujeres, Géneros y Diversidad donde se llevará adelante una nueva reunión informativa.
La última reunión informativa del plenario de comisiones había sido el 4 de julio pasado, cuando se escucharon voces de distintos sectores con miradas contrapuestas sobre el tema.
Las claves del proyecto:
Licencias maternales o de personas gestantes: 45 días antes del nacimiento y hasta 81 días después del parto (con autorización médica, hasta 126 días).
Licencias paternales o de personas no gestantes: 45 días totales, con dos opciones: 15 días corridos desde el nacimiento, y luego 30 días que se pueden usar inmediatamente o dentro de los 180 días de año calendario; o bien 15 días antes del parto probable y luego el resto.
Vuelve a debatirse el proyecto de ampliación de licencias parentales.
Reconoce el derecho de monotributistas, monotributistas sociales y trabajadores autónomos, que percibirán una asignación que consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil.
Deben haber pagado las imposiciones de seguridad y tener una antigüedad en ese régimen de al menos 18 meses.
Establece el mismo régimen para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.
Se crea la licencia por adopción: Para personas que tengan pautadas audiencias para conocer a niños o adolescentes es de 2 días corridos y hasta 12 días por año.
Licencia de 90 días corridos para adoptantes desde la fecha en que se otorga la guarda de un niño, una niña o adolescente por resolución judicial. También se puede dividir esta licencia en 15 días desde el otorgamiento judicial de la guarda y luego usar los restantes 75 días dentro de un plazo de 180 días contados desde la misma fecha.
Licencias por matrimonio se extienden de 10 a 12 días y se incorpora la unión convivencial.
Se amplía la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente, y por hijo: Pasa de 3 a 10 días.
Se amplía la licencia por fallecimiento de padre, madre, hermano, nieto: Pasa de 1 a 3 días.
Se crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge: pasa de 2 días a un máximo de 20 días por año, aunque podrá extenderse hasta 60 días sin goce de haberes.
Para cuidado de personas a cargo con discapacidad, ya sea por razones congénitas o sobrevinientes, la licencia es de 3 días corridos y un máximo anual de 20 días.
Se crea la licencia por violencia de género, que será de 15 días laborables corridos por año calendario, prorrogables por una única vez por otro período igual.
Se crea licencia por interrupción del embarazo de 10 días corridos contados a partir del día en que se solicita la licencia, tanto para la persona gestante como para la persona no gestante con la cual hubiera compartido la responsabilidad parental.
Se crea la licencia por técnicas de reproducción asistida de hasta 15 días corridos o discontinuos por año calendario para personas gestantes u ovodonantes, o con voluntad de procrear.
Por controles preventivos de cáncer de mama, cérvico uterino o prostático, un día por año calendario.
Para rendir examen en cualquier nivel educativo formal será de dos días corridos por examen y un máximo de 10 días por año calendario.
Por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, 4 horas diarias durante 5 días en el año calendario; y por reuniones organizadas por el establecimiento educativo, hasta 15 horas por año calendario. En estos casos los permisos se ampliarán proporcionalmente a la cantidad de hijos/as.
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