Es excelente la noticia de que el Laboratorio Industrial Farmacéutico de la Provincia Santa Fe (LIF) ha terminado la elaboración y el envasado del Aceite de Cannabis Medicinal para pacientes con epilepsia refractaria.
Sólo los afiliados al IAPOS que tienen un enfermo con epilepsia refractaria pueden acceder al Aceite de Cannabis Medicinal producido por el LIF. Esto es discriminatorio para quienes tienen otras obras sociales.
Es excelente la noticia de que el Laboratorio Industrial Farmacéutico de la Provincia Santa Fe (LIF) ha terminado la elaboración y el envasado del Aceite de Cannabis Medicinal para pacientes con epilepsia refractaria.
Los ciudadanos de Santa Fe, conocemos la jerarquía, capacidad e idoneidad científica del LIF.
Esto es demostrar, que somos capaces, pero parece que hay un aura que nos hace ver como que somos mediocres y no es así. Esta elaboración es harto demostrativa de lo que somos capaces de hacer como pueblo.
Lamentablemente la Ley Provincial a través de la cual se que creó el LIF, lo limita solamente a elaborar medicamentos para los Hospitales Provinciales y Centros de Salud Públicos que cumplen la función de dar atención a los ciudadanos que lo requieren.
Hasta aquí está todo bien. Según con el cristal con el que se lo mire, siempre prevalece en los Administradores del Estado Provincial el concepto de hacer gratis para los pobres, hoy tema muy evidente en nuestras comunidades.
Lo notorio es que quien resuelve en esta oportunidad esto de dar gratis, de hacer política barata, además de discriminatoria y por fuera de lo determinado en la Constitución Provincial, es el gobernador de la Provincia y el Ministerio de Salud, que resuelven que se entregue a los hospitales y a los afiliados al IAPOS.
Señor Gobernador y Señora Ministra de Salud: lo resuelto es discriminatorio porque favorecen solo a una parte de los ciudadanos santafesinos.
Los afiliados al IAPOS, no son pobres, ni se atienden en los hospitales. Tienen una Obra Social que les provee los medicamentos. En la misma situación nos encontramos todos los ciudadanos que somos asalariados y autónomos: estamos afiliados a una Obra Social. Pero si tenemos un enfermo con epilepsia refractaria no podemos acceder al Aceite de Cannabis Medicinal producido por el LIF como sí lo hacen los afiliados al IAPOS, sino que lo debemos comprar en el exterior con todas las dificultades que existen para importar y para transferir en dólares.
El Art. 19 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, dice: "El Estado crea las condiciones necesarias para procurar a sus habitantes un nivel de vida que asegure su bienestar y el de sus familias, entre otros los Cuidados Médicos, toda persona tiene Derecho a la provisión de los medios adecuados…..".
Debemos entender que nuestra Constitución tiene su antigüedad, son 59 años, pero está vigente. Uno se pregunta si quienes gobiernan los destinos de la provincia sabrán que todos los ciudadanos en el territorio provincial tenemos los mismos derechos.
¿Podrá la Provincia poner a disposición de todo ciudadano que parece epilepsia refractaria el mismo derecho al que acceden los ciudadanos no pudientes que asisten al sistema público de atención de la salud o los afiliados al IAPOS?
Qué importante sería que la Provincia de Santa Fe permita acceder a los los ciudadanos de nuestra patria a dicho remedio. No deberían regalarlo sino cobrar lo que corresponde y de esa manera producir mayor stock.
De ese modo se podría hacer Patria.
Los afiliados al IAPOS, no son pobres, ni se atienden en los hospitales. Tienen una Obra Social que les provee los medicamentos. En la misma situación nos encontramos todos los ciudadanos que somos asalariados y autónomos.
Los afiliados a otras obras sociales, si tenemos un enfermo con epilepsia refractaria, no podemos acceder al Aceite de Cannabis Medicinal producido por el LIF como sí lo hacen los afiliados al IAPOS.