Lo esencial se hizo invisible...
Lo esencial se hizo invisible...
Cuando las luces del juicio se apagaron y el Juez Mingarini fue destituido, el escenario quedó vacío y el silencio llenó la sala. Los acusadores celebraron la destitución de un 'representante del patriarcado'. Los titulares recorrieron Argentina y la ideología eclipsó la tragedia de, al menos, dos ciudadanos comunes, sin determinarse aún la veracidad de un hecho tan grave y horrendo como lo es una violación sexual.
El acusado lleva 28 meses en prisión preventiva y desde el 27 de abril de 2021, una mujer sostiene que fue violada, pero la Justicia aún no ha determinado la verdad histórica del hecho. En el medio, un juez destituido, manifestaciones, pancartas, repudios públicos, polémica y un gran despliegue institucional, mientras la justicia se ve negada.
¿Será porque el 'común' puede esperar en prisión durante años o ser humillado por la duda toda una vida, mientras la lucha ideológica dicta su 'parecer'? Sin solidaridad para la presunta víctima, sin piedad para el supuesto agresor.
El martes 21 de noviembre pasado, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dio lugar al recurso de queja interpuesto por la defensa del imputado Leandro Exequiel Spies. Reconoció que, durante el proceso del juicio contra Mingarini, se tomó posición sobre un caso aún en etapa penal inicial.
En ese sentido, el propio presidente de la Corte, Dr. Daniel Erbetta, reconoce que 'la defensa tiene razón en que al decidir la destitución del Juez Rodolfo Mingarini, el Tribunal de Enjuiciamiento -en el que participé- hizo consideraciones sobre los hechos y evidencias de la presente causa penal contra Leandro Exequiel Spies, por lo que corresponde dar lugar al pedido formulado y apartarme'.
Asimismo, el pleno del tribunal reconoce que “la Defensa tiene razón al argumentar que al resolver la destitución del Juez Rodolfo Mingarini, el Tribunal de Enjuiciamiento -integrado por quienes suscriben- hizo consideraciones sobre los hechos y evidencias del caso penal contra el acusado, que afectan las garantías invocadas. Específicamente, se determinó que se había obviado evidencia disponible y se cometió un error trascendental en la valoración del testimonio de la víctima al evaluar los requisitos legales para una medida cautelar”
En una conversación con el programa radial Notife - transmitido por Sol Play y Cable y Diario - el defensor de Spies, el Dr. Julián Sain, expresó: “La gravedad de este proceso radica en que la Corte, a través de sus fallos, establece jurisprudencia que influye en los jueces de instancias inferiores. De manera sistemática, nos han negado las solicitudes relacionadas con el ocultamiento de pruebas fiscales y las revisiones de la detención preventiva basadas en nuevas pruebas”, afirmó.
“Ahora, la propia Corte reconoce la violación al principio de presunción de inocencia establecido en nuestra constitución. El prejuzgamiento realizado por la Corte durante el juicio a Mingarini contamina todas las instancias inferiores. Esta es la gravedad del perjuicio causado a mi defendido durante más de dos años, sufriendo la privación de su libertad”, concluyó Sain.