Como breve referencia histórica, se señala que durante el gobierno de Julio Argentino Roca, se promulga la Ley de Educación Común (Ley Nº 1420, de 1884). La descentralización educativa presenta como antecedente histórico, a principios del siglo XX, la Ley Lainez (Ley N° 4874, de 1905) que habilitaba la creación de Escuelas nacionales en los territorios de aquellas provincias que lo requiriesen, sancionada durante el gobierno de Manuel Quintana.
En la segunda mitad del siglo XX, durante dictaduras militares que combinan la descentralización educativa con la aplicación políticas económicas liberales, se pudo observar que: a) La llamada "Revolución Libertadora" restauró el Consejo Nacional de Educación, que posee la facultad de transferir escuelas nacionales a las provincias (Decreto-Ley PEN N° 7977, de 1956); b) Juan Carlos Onganía comenzó la ejecución de la transferencia de escuelas primarias nacionales a las provincias (Ley N° 17878, de 1968); c) Jorge Rafael Videla continuó con el proceso de transferencia de escuelas primarias nacionales al ámbito provincial, por medio de la Ley de Transferencia de Servicios Educativos a las Provincias (Ley N° 21809, de 1978), incluyendo a Santa Fe.
Continuando con la política económica liberal de la dictadura 1976-1983, los gobiernos justicialistas de Carlos Saúl Menem en la nación y Carlos Alberto Reutemnan en la provincia de Santa Fe avanzaron en la concreción del proceso de transferencia de servicios educativos nacionales a la provincia, instrumentado a través de la Ley de Transferencia de Servicios Educativos (Ley N° 24049, de 1992). El 30 de diciembre de 1992 se firmó el Primer Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la Provincia de Santa Fe. Luego, el Congreso Nacional promulgó la Ley Federal de Educación (Ley Nº 24195, de 1993).
Con fecha 11 de marzo de 1994 entre la nación y la provincia firmaron el Segundo Convenio de Transferencia de Servicios Educativos Nacionales a la Provincia de Santa Fe, rubricado entre el ministro de Cultura y Educación de la nación y el gobernador de la provincia de Santa Fe.
La provincia se comprometía a reglamentar orgánicamente las Escuelas Normales Superiores a fecha 31 de diciembre de 1994. En aquella época, fueron múltiples los reclamos gremiales debido a falta o demora en el pago de los sueldos del personal docente y asistentes escolares. La finalidad de esta etapa de la Transferencia educativa era la reducción del gasto público nacional junto con privatizaciones de los servicios públicos, sistema de jubilaciones, etc. por lo que se conocía que luego de la descentralización, seguía la privatización.
Este proceso neo-liberal privatizador pudo frenarse en el ámbito educativo por la dura resistencia de los sindicatos docentes, Ctera a nivel nacional y Amsafe en la provincia de Santa Fe. A pesar de la obligación de legislar sobre las Escuelas Normales Superiores con un plazo cierto, la situación en la actualidad, casi treinta años después, no ha sido resuelta, lo que implica una mora de los sucesivos gobiernos de la provincia de Santa Fe.
Se presentan dentro de las temáticas principales a abordar: 1) Normativa orgánica Escuelas Normales Superiores y Órganos de Supervisión; 2) Sueldos (grillas salariales en función de los códigos de liquidación salarial del personal en general y del personal docente de gestión Nivel Superior en particular); 3) Tiempo de trabajo del personal docente con cargo (Nación 5 horas, Provincia 6 horas); 4) Estructura de cargos de Nivel Superior (rectoría, vicerrectoría, regencia, secretaría, prosecretarías, jefe y jefa de preceptores, bedel y bedela, preceptores y preceptoras, etc.); 5) Precarización laboral: situación de revista interina y reemplazante del personal jerárquico de Nivel Superior (inexistencia de concursos de titularización, probablemente por falta de reglamentación de la estructura de cargos, cese en cargos de gestión Nivel Superior interinos/ reemplazantes como consecuencia del paso a realización de tareas pasivas definitivas, etc.); 6) Nomenclador docente (códigos de cargo y volumen de cargo); 7) Incompatibilidad docente; 8) Régimen escalafonario según decreto 3029 de 2012 y anexos (ofrecimiento supervisores/as cargos directivos de los cuatro niveles, cómputo antigüedad directiva cargo Regente, desestimación vicerrectoras/es escalafón complementario de Supervisión, etc.); 9) Régimen de Licencias por cargo jerárquico artículo 41 decreto 4597, de 1983 (debido a la falta de compatibilización de nomenclador nacional y provincial); 10) Régimen jubilatorio; 11) Obra social; 12) Responsabilidad administrativa (sumarios administrativos según decreto N° 7249/50), civil y penal de los cargos directivos de Nivel Superior.
Producto de la falta de reglamentación de las Escuelas Normales Superiores por parte de los sucesivos gobiernos provinciales, se han presentado a través del tiempo una serie de cuestiones tales como: sueldos, régimen de ingreso a carrera docente: ausencia de concursos de titularización para personal de gestión Nivel Superior con la consecuente precarización laboral que acarrea y/o democratización del sistema de acceso a través del voto y escalafones públicos para interinatos y suplencias; tiempo de trabajo del personal con cargo; ausencia de cargos específicos; obra social (Osplad e IAPOS), regímenes jubilatorios nacional y provincial, competencia material de los cargos de gestión en Nivel Superior, incompatibilidad docente, responsabilidad administrativa, penal y civil del personal de gestión de Nivel Superior, creación de órganos colegiados de Supervisión, creación de órgano político competente, etc.
La falta de definición política sobre las Escuelas Normales Superiores produjo como consecuencia que algunos de estos temas han derivado en la presentación de reclamos y/o recursos administrativos, los cuales han llegado de modo directo por vía de amparo o de modo indirecto luego del agotamiento de la vía administrativa a los fueros judiciales.
Las Escuelas Normales Superiores son unidades académico-pedagógicas que tienen como finalidad la formación de maestras y maestros, extendiéndose su objeto hasta ocuparse de formar formadores en los Profesorados de Educación Primaria e Inicial en nuestros días, contando con cuatro niveles: inicial, primario, secundario y terciario.
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