Por Ana María Cecchini de Dallo (*)
Por Ana María Cecchini de Dallo (*)
Contextualizar históricamente un acontecimiento del cual fuimos testigos interesados tiene sus dificultades; los historiadores hablaban de cincuenta años, como mínimo, para realizar una evaluación despojada de subjetividades. A pesar de estas consideraciones, vamos a intentar la descripción de la coyuntura de crisis económico-financiera (1989 y 2001), en cuyo transcurso se decidió y concretó la reforma de la Constitución en 1994.
Durante el gobierno de Raúl Alfonsín (1983-1989), la situación económico-financiera del país hizo crisis y, a pesar de los planes sucesivos para resolverla, muy cerca del final del período presidencial, una incontenible hiperinflación desembocó en la salida anticipada del gobierno.
Durante la gestión inicial de Carlos Menem (1989 - 1999), luego de intentos frustrados para sortear la crisis, en abril de 1991 con la Ley de Convertibilidad de la moneda (1$ =1dólar) comenzará un tiempo de progresiva bonanza económica que generará un ambiente esperanzado para los argentinos.
La idea de abordar una reforma de la Constitución ya se había esbozado durante el gobierno de Alfonsín. El instrumento para gestarla había sido el Consejo para la Consolidación de la Democracia, integrado por dirigentes de los partidos políticos tradicionales y conducido por el jurista y filósofo Carlos Nino, de prestigio nacional e internacional. Ese Consejo había producido dos informes con sendas propuestas. De ellas se destacaba la promoción de un sistema parlamentario con un primer ministro, idea que representaba un cambio institucional importante que, en teoría, podía conferirle al gobierno una mayor plasticidad para capear las crisis al diferenciar las funciones del presidente, que aseguraba la continuidad del ciclo institucional, de la del primer ministro, removible por un voto de censura del Congreso.
Aquel conjunto de propuestas, también buscaba darle mayor efectividad al federalismo y acentuaba la autonomía de los municipios. Pero, acertadamente, concluían estimando que lo fundamental era que se cumpliera la Constitución vigente. En cualquier caso, aquellas propuestas no prosperaron porque el justicialismo les negó su apoyo.
Con Carlos Menem en el ejercicio del poder, la tranquilidad aparente lograda por la puesta en marcha de la Ley de Convertibilidad de la moneda y su influjo positivo en la consideración social, expresada en el triunfo obtenido por el oficialismo en las elecciones de 1991, el gobierno se sintió habilitado para acelerar las privatizaciones y concesiones, que afectaron a más de 65 empresas o sociedades estatales, con el proclamado objetivo de disminuir el déficit y mejorar el servicio a los usuarios.
En 1993, el justicialismo volvió a ganar las elecciones -de diputados nacionales, algunos legisladores de provincia y otros cargos-, y ese éxito estimuló la ambición de Menem y su entorno para permanecer en el poder otra gestión. La Constitución Nacional lo prohibía, de modo que era necesario reformarla para habilitar la reelección consecutiva. La estrategia orientada a ese objetivo comenzó con la declaración, por parte del Senado, de la necesidad de la reforma, en tanto se trabajaba la idea de convocar a un plebiscito para que la ciudadanía se manifestara sobre esa cuestión.
Al mismo tiempo, se impulsaba en la Cámara de Diputados una ley interpretativa del artículo 30 de la Constitución Nacional, sesgada en función del propósito reeleccionista. Los promotores sostenían que para declarar la necesidad de la reforma sólo hacía falta contar con el apoyo de dos tercios de los legisladores presentes, cuando el texto constitucional expresaba con claridad que se requería el voto de los dos tercios de los integrantes de cada una de las cámaras. El resguardo de la Ley Fundamental respondía a la trascendencia de un acto de ese calibre.
En aquellas circunstancias, el presidente Menem, sus legisladores y la mayoría de los integrantes de la Corte Suprema, estaban dispuestos a lograr su reelección "a como diere lugar". Ante aquella arremetida, que comportaba una manifiesta gravedad institucional, Alfonsín decidió abrir un camino de diálogo entre los dos partidos mayoritarios. En esas conversaciones cada uno expuso sus objetivos y el resultado, conocido vulgarmente como Pacto de Olivos, se tradujo formalmente en el denominado "Núcleo de Coincidencias Básicas", firmado el 14 de noviembre de 1993. Ese acuerdo obligaba a los constituyentes de los partidos firmantes a votar positivamente en bloque esas reformas durante las sesiones de la Convención, sin lugar para la discrepancia.
¿Cuáles fueron esas "coincidencias básicas"? El período presidencial de 4 años con reelección por un solo ciclo consecutivo; elecciones nacionales mediante el voto directo con balotaje; la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y la creación de varios órganos con rango constitucional, entre ellos, el Consejo de la Magistratura, la Jefatura de Gabinete y la Auditoría General de la Nación. Asimismo se instituía el tercer senador para representar a la minoría de cada provincia y se regulaban los decretos de necesidad y urgencia. Los partidos políticos que quedaron fuera del acuerdo se manifestaron en contra, en especial del sistema estipulado por las mayorías respecto de la votación obligatoria en bloque.
El 10 de abril de 1994 se eligieron los convencionales constituyentes. El Partido Justicialista obtuvo el 38,5 por ciento de los votos, equivalente a 137 convencionales. El radicalismo, con el 19,74 por ciento, logró 74 representantes. El Frente Grande, con el 13 por ciento de los sufragios obtuvo 31 constituyentes, en tanto que el Movimiento por la Libertad y la Independencia (MODIN), consiguió el 13 por ciento del respaldo popular y 21 convencionales. Las otras fuerzas políticas que lograron representación fueron: Fuerza Republicana, 7 representantes; Unión de Centro Democrático, 4; Partido Autonomista Liberal y Partido Demócrata Progresista de Corrientes, 5; Partido Demócrata Progresista y el Partido Socialista, 3 cada uno. Finalmente, varios partidos provinciales obtuvieron los restantes 23 sitiales.
La sede de la convención fue compartida entre Santa Fe y Entre Ríos. Se inauguró el 25 de mayo de 1994, en el Teatro 3 de Febrero de Paraná, y luego los convencionales se trasladaron a Santa Fe para sesionar en la sede de la Universidad Nacional del Litoral hasta el 22 de agosto, cuando la nueva Constitución fue sancionada. El cierre, con la jura, se realizó en el Palacio San José, Entre Ríos, residencia del primer presidente confederal, Justo José de Urquiza, y lugar donde fue asesinado.
La nueva Constitución habilitó un período de reelección consecutiva de Menem por cuatro años, sumado al anterior de seis años iniciado con la norma vigente al momento de su asunción. A partir de entonces, el mandatario retomó el denominado proceso de reforma del Estado, cuestionado por procedimientos a menudo teñidos de irregularidades, actos de corrupción e improvisaciones en los mecanismos empleados. Baste mencionar el caso de los ferrocarriles, cuyo cierre generalizado resultó dañino para muchas poblaciones del interior del país, resultados que fueron visualizados en el mediano y largo plazo.
A pesar de los datos oscuros que afloraban ante los ojos de la sociedad, tales como el creciente desempleo y la pérdida de competitividad de las exportaciones por una paridad cambiaria que permanecía fija pese al creciente déficit en las cuentas fiscales, amplios sectores sociales manifestaban su entusiasmo por el curso de los acontecimientos, incluidos importantes sectores de la prensa que elogiaban el rumbo tomado y las medidas que lo sostenían.
La creciente inestabilidad derivada de la compleja coyuntura económico-financiera continuó con la presidencia de Fernando de la Rúa (1999-2001), cuando eclosionaron los desvíos hasta entonces contenidos por una Convertibilidad fisurada en su ecuación básica, y los ahorristas se enteraron de golpe que los dólares de respaldo de sus cuentas a la vista ya no estaban.
La dolorosa experiencia, que se proyectó a los años posteriores, debería haber generado conciencia y anticuerpos en la sociedad respecto de la necesidad de leyes bien fundadas y de conductas consecuentes en el plano de la administración del Estado.
(*) Licenciada en Historia, miembro de número de la Junta Provincial de Estudios Históricos y del Centro de Estudios Hispanoamericanos de Santa Fe, ex directora del Archivo General de la Provincia de Santa Fe y ex secretaria de Cultura de la Provincia de Santa Fe. Artículo producido por la Asociación Museo y Parque de la Constitución Nacional para El Litoral, con motivo del trigésimo aniversario de la Reforma Constitucional de 1994.