Por Javier Mendiondo (*)
Hace dos años se aprobaban dos ordenanzas estructurales para la construcción del futuro de la ciudad de Santa Fe, el Código de Habitabilidad (ordenanza 12.783) y el Código de Patrimonio urbano arquitectónico (ordenanza 12,784), que reemplazaron a las antiguas normativas en dicha materia. En los 450 años de su fundación, Santa Fe se proyecta con nuevos instrumentos de planificación que abrazan conceptos e ideas en las que se funda el futuro de una ciudad mejor.
Por Javier Mendiondo (*)
Antes que la ciudad construida existe una idea de ciudad. Esa idea es un acuerdo social en el cual participan los numerosos factores que inciden en su construcción. Las ciudades son ciudades pensadas e imaginadas en el contexto de un sistema de ideas que ordena cada una de sus pulsiones. En ellas el planeamiento es una dinámica permanente -y no fosilizada- que las acompaña a lo largo del tiempo en su desarrollo y que debe ser permanente revisada y actualizada.
Desde esta mirada, pensar la ciudad es conocerla e imaginarla. Pensar la ciudad además es abrazar las aspiraciones de una mejor calidad de vida en los espacios que se habitan. Los lugares donde vivimos representan la dualidad de conflictos y oportunidades que hay que conocer, pero también imaginar para transformarlas en los sitios donde se desplieguen las intensidades de la vida en sociedad. Conocer e imaginar son dos dimensiones necesarias para planificar la ciudad con el desafío de poder comprenderla y transformarla.
La Santa Fe actual contiene una complejidad de relaciones para su gobernanza urbana. Los mecanismos de administración urbana deben incorporar las cambiantes demandas que se derivan de la evolución y del cambio social y para ello es necesario incorporar activamente los paradigmas actuales: desarrollo con sustentabilidad ambiental e igualdad social, incorporando las temáticas actuales como la convivencia, el cuidado, las nuevas identidades ciudadanas, la innovación y tecnología, en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Nueva Agenda Urbana (Hábitat III).
¿Y cómo podríamos imaginar y acordar esa Santa Fe del futuro?
Que sea una Santa Fe próxima que permita a sus habitantes desplazarse menos para acceder a las necesidades básicas y los bienes que la ciudad ofrece. Que planifique su territorio desalentando la dispersión y garantizando el acceso a espacios públicos de calidad, equipamiento social y bienes culturares de manera cercana. Que fomente la mezcla de usos, haciendo una ciudad no sólo más eficiente sino también más humana. La proximidad como característica de valor asociada a los usos y protecciones en los espacios urbanos ahora tiene un rol activo en la estabilidad del conjunto social.
Que sea una Santa Fe integrada que garantice el derecho a la ciudad, procurando condiciones de integración social y urbana de calidad para la población residente en las áreas con menos desarrollo, contrarrestando las condiciones de relegación social y urbana que los afecta y favoreciendo la cohesión social de la ciudad en su conjunto.
Que sea una Santa Fe que nos cuide, nos deje cuidarnos y nos permita cuidar a otras personas; en la cual el foco sean las comunidades, sus relaciones, sus dinámicas y necesidades en el territorio. Con el objetivo de avanzar hacia una ciudad inclusiva y segura para nuestros niños, adolescentes y jóvenes, personas mayores y personas con discapacidad, desde una perspectiva de género, promoviendo el diálogo intergeneracional y el ejercicio de ciudadanía. Si ya eran altamente demandadas estas temáticas de cuidado y protección, el contexto de pandemia las hizo más urgentes
Que sea una Santa Fe próspera que potencie los entornos y disponga de infraestructuras para el desarrollo de su economía. Dotada de suelo e instalaciones para sus unidades productivas de diferentes perfiles, potenciando su perfil de ciudad puerto y fomentando con espacios acondicionados el espíritu emprendedor, la industria, la economía social, la innovación y los trabajos de base tecnológica.
Que sea una Santa Fe sustentable que afronte decididamente las vulnerabilidades de su territorio y que hoy se hacen más evidentes en un mundo impredecible y en el contexto de crisis climática. Que esté preparada para resistir y adaptarse a los efectos del cambio climático, garantizando la seguridad de sus habitantes, y avanzando hacia una ciudad más sostenible, más eficiente y con mayor calidad de vida, en la cual las soluciones basadas en la naturaleza sean siempre un camino posible de implementación.
Una forma efectiva de incorporar estos cinco pilares del Plan Urbano a la administración de la ciudad es integrarlos a la planificación urbana con instrumentos jurídicos concretos en forma de ordenanzas que perduren por años y que sean lo suficientemente flexibles como para adaptarse a los tiempos cambiantes que se avecinan.
En este contexto, el 28 de septiembre de 2021 el Concejo Municipal escribió una página importante en la historia de la planificación de esta ciudad aprobando dos ordenanzas estructurales que reemplazaban al antiguo Reglamento de Edificaciones y a la Ordenanza de Patrimonio, de 1976 y de 1996 respectivamente. Con unos meses de anterioridad el intendente Emilio Jatón había enviado sendos proyectos de ordenanza que fueron el fruto de un trabajo sincero y profundo con colegios profesionales, universidades, organizaciones sociales y cámaras empresariales. Ese día histórico nuestra ciudad decidió poner en orden y proyectar hacia futuro una manera de construir la ciudad. Se hizo con una profunda madurez democrática en el debate y con una convicción de responsabilidad hacia las generaciones próximas.
En primer lugar, el Código de Habitabilidad (Ordenanza 12.783) proyecta hacia el futuro el paradigma de una ciudad que incorpora las nuevas agendas y que cambia la visión de una normativa que regule la construcción edilicia de la ciudad. Ahora en el centro está la vida de las personas, migrando desde el anterior paradigma físico-material hacia una mirada más humana, en la cual la garantía de derechos encuentra a los ciudadanos amparados en cada uno de los artículos de esta nueva ordenanza. El Código de Habitabilidad establece lineamientos concretos respecto a la accesibilidad para todas las personas, delimita la necesidad de espacios de expansión al aire libre y transiciones ambientales para una mejor calidad de vida en las unidades habitacionales, incorpora una visión integrada entre el espacio público y los lotes privados con diferentes herramientas de integración, minimiza el impacto de los automóviles en su interacción con las personas y fundamentalmente instaura estrategias ambientales invitando a la una construcción de una ciudad en armonía con el clima y la naturaleza. Además, proyecta hacia el futuro una gobernanza participativa de esta normativa mediante la constitución de una comisión integrada por todos los actores de la sociedad santafesina que participan con sus intereses y agendas, cuyas funciones son la propia actualización de manera permanente de la ordenanza.
Asimismo, la nueva normativa de patrimonio urbano arquitectónico (Ordenanza 12.784) establece en primer lugar un catálogo abierto, flexible y público de todos los bienes patrimoniales de la ciudad de Santa Fe, reemplazando el anterior e inadecuado principio de valoración patrimonial por su antigüedad mayor a 80 años. Desde esta nueva perspectiva, se determina el valor patrimonial de unas quinientas edificaciones en la ciudad de Santa Fe ordenadas en tres categorías de protección directa, además de unas novecientas construcciones que de manera cautelar requieren un tratamiento adicional para luego ser definitivamente catalogadas o descatalogadas mediante la intervención de la Comisión de Patrimonio. Esta ordenanza estuvo fundamentada en un preinventario que había sido elaborado en 2011 por un equipo de la Facultad de Arquitectura de la UNL, el cual establecía los lineamientos basales respecto al tratamiento de estas cuestiones. Asimismo, esta ordenanza instituye nuevas herramientas para apoyar a los edificios patrimoniales como la creación de un Fondo Especial para la Preservación del Patrimonio Urbano, la transferencia de edificabilidad para aquellos bienes protegidos que no puedan edificar en su propio lote, los convenios de ayuda a la conservación patrimonial y el asesoramiento técnico municipal para los bienes catalogados. Además, la Ordenanza 12.784 establece por primera vez un régimen de sanciones que esta ciudad no tenía para quienes agredan a los edificios tutelados. Finalmente, este Código de Patrimonio establece la noción de paisaje como valor patrimonial mediante la creación genérica de las Áreas de Protección del Paisaje Urbano quedando a futuro el desafío abierto en el avance en la determinación específica de dichas áreas mediante distintos formatos de participación ciudadana.
La ciudad del futuro ya cuenta con ideas y herramientas para ser proyectada de una manera virtuosa y con una perspectiva de desarrollo para muchos años. Es una buena oportunidad para construirla entre todos.
(*) Secretario de Desarrollo Urbano Municipalidad de Santa Fe