Por anacrónico, inconstitucional y discriminatorio
Cuestionamientos al sistema mixto en las listas de electores
Luego de varios años de aplicar el denominado Sistema de División de Géneros en las listas de electores, la realidad nos demuestra que no es constitucional ni necesari. Créditos: Manuel Fabatia
Luego de varios años de aplicar el denominado Sistema de División de Géneros en las listas de electores, la realidad nos demuestra que no es constitucional ni necesario. Los electores deben ser los ciudadanos y no está aclarado si el ciudadano debe ser mujer u hombre. Es una verdadera discriminación, en principio para las mujeres, que siempre son quienes más luchan por las igualdades de género, por lo que es raro que no hayan presentado un proyecto de ley, dada la experiencia adquirida, para que se elimine el concepto de "Una mujer, un hombre", o "Un hombre, una mujer". Esto es anacrónico, inconstitucional y, reitero, discriminatorio.
Supuestamente veníamos de una cultura de "candidatos hombres" lógica, por su participación en la política partidaria, hoy en día totalmente fuera de lugar ante la absoluta igualdad en la vida política de la mujer y el hombre. Por eso mismo, intentar hacer valer la prevalencia del hombre sobre la mujer significa no respetar ni los derechos humanos ni los derechos constitucionales, que determinan que todos somos ciudadanos con deberes y derechos en igualdad de condiciones.
La Ley de Partidos Políticos establecía la realización de elecciones internas, que fueron reemplazadas por las Paso, pagadas por el Estado. Como siempre, el desorden de los partidos políticos y la falta de un nivel de organización que muestre la idoneidad de los padrones partidarios, fue subsanado -lógica y oportunamente- por el gobierno de turno, que dispuso, con la lapicera rápida del Estado, la posibilidad de arreglar la situación. Entonces, ante la inexistencia de padrones veraces en los partidos políticos, se resolvió la aplicación de las Paso "a cargo del Estado", que es lo mismo que decir "a cargo del pueblo".
Simplemente analicemos el costo de la informalidad de los seudos "Partidos Políticos Argentinos", que con una ley de rápido proceso ahora han logrado que se autoricen los llamados "Frentes". Estos frentes no tienen la obligación de contar con afiliados y por eso cada dos años se renuevan, demostrando una total falta de continuidad, que a su vez es una clara muestra de que institucionalmente no cuentan con las condiciones o la capacidad para llevar adelante una administración coherente del Estado, porque -entre otras cosas- sus integrantes no dan garantía de unidad conceptual.
Espero que los legisladores, los actuales y los que se sumen a partir del 11 de diciembre próximo, tengan la suficiente sapiencia para respetar la Constitución Nacional y anulen la discriminatoria "Ley del Uno a Uno". Que El Señor nos custodie. Todavía tengo fe.
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