El Ente Regulador de los Servicios Sanitarios recordó que hasta el viernes de la semana en curso está vigente el plazo para participar como oyente u expositor. Habrá dos reuniones: una el 6 en Rosario y otra el 7 en Santa Fe.
El Ente Regulador de los Servicios Sanitarios recordó que hasta el viernes de la semana en curso está vigente el plazo para participar como oyente u expositor. Habrá dos reuniones: una el 6 en Rosario y otra el 7 en Santa Fe.
El Directorio del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress) recordó su convocatoria a Audiencia Pública, con el objeto de escuchar y recabar las opiniones de los interesados sobre la solicitud de aumento tarifario efectuada por Aguas Santafesinas SA.
Como se sabe, la empresa estatal ha pedido un incremento del 80%, lo que según sus voceros para el 74% de sus usuarios residenciales las boletas serán de menos de $2.600, con los impuestos incluídos para los servicios de agua potable y cloacas.
Como es habitual, ante el pedido de la empresa el Enress llamó a celebrar la instancia mencionada, con los siguientes días, horarios y lugares: el 6 de marzo, a partir de las 10, en la ciudad de Rosario, , en la sede de la Casa de Gobierno, Salón Rodolfo Walsh, Santa Fe 1950; el 7 de marzo, en el mismo horario, en la ciudad de Santa Fe, en el Auditorio del Enress, 25 de mayo 1951.
El Registro de Participantes fue habilitado el 23 de febrero y seguirá abierto hasta el 3 de marzo. En todos los casos la inscripción es libre y gratuita, a través del siguiente link: https://forms.gle/nfbZRwibrVk72jEN7
El Registro de oradores será comunicado públicamente con 48 horas de antelación a la Audiencia, junto a la nómina de participantes, el orden de las exposiciones, así como el de los funcionarios que actuarán como coordinadores de la Audiencia.
Se ha fijado un tiempo máximo de 5 minutos para hacer uso de la palabra por cada orador particular, y de 10 minutos para quienes lo hagan en representación de asociaciones u organizaciones. Este tiempo máximo no rige para la autoridad convocante, ni la empresa solicitante.
Quienes participen en representación de personas jurídicas, deberán acreditar haber sido designados para representarlos en esta Audiencia, para tales fines. De no ser así, se considerará como intervención de un particular.