Anulan el cierre de la causa en el juicio por contaminación de la ex Petroquímica Bermúdez
Para la Justicia penal de San Lorenzo, es inaceptable que la investigación “no siga adelante”. Un nuevo fallo considera que al juez anterior “le ocultaron información”.
Gentileza
18:23
El juez penal de San Lorenzo Carlos Andrés Gazza resolvió hacer lugar al pedido de los fiscales y declaró nula la resolución que hace dos años dio por cerrada la causa por contaminación contra la ex Petroquímica Bermúdez. “El tribunal no puede aceptar que la investigación no siga adelante”, sostiene el fallo en uno de sus apartados.
La causa se cerró el 8 de marzo de 2019, y de acuerdo a los testimonios que se volcaron en las audiencias, fue por orden del ex fiscal regional Patricio Serjal. La decisión fue trasladada por el fiscal de San Lorenzo, Juan Carlos Ledesma, al juez Juan José Tutau. Sin embargo, el fallo no cuestiona el accionar de Tutau: considera que ordenó la medida porque le ocultaron información.
Por este caso se encuentran imputados por incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento el propio Serjal y el ex fiscal Gustavo Luzzini.
De acuerdo a los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery -quienes llevaron adelante la investigación y pidieron la nulidad del cierre de la causa-, Serjal y Luzzini actuaron para favorecer los intereses del dueño de la empresa, el empresario Sergio Taselli. “El Estado no puede archivar una causa de esta forma”, dijo Schiappa Pietra en su alegato. La defensa de la empresa había apelado al concepto de cosa juzgada, que fue rechazado por el juez.
El juicio oral se desarrolló en los tribunales de Rosario durante cuatro audiencias y posteriormente se escucharon los alegatos de las partes. En el transcurso de las audiencias prestaron testimonio el fiscal general de la provincia, Jorge Baclini; el ex fiscal de Estado, Pablo Saccone; el ex secretario de Medio Ambiente del Frente Progresista, César Mackler; el fiscal Juan Carlos Ledesma y el juez Tutau, entre otros.
En su declaración, Serjal dijo que fue hablando con Baclini -quien era su superior- sobre las determinaciones que se iban adoptando y sugirió que éste estuvo de acuerdo en aplicar el criterio de oportunidad, el argumento jurídico al que se apeló para cerrar la causa. No obstante, de todos los demás testimonios vertidos en las audiencias, surge que Baclini era partidario de la probation, no del archivo de la causa. La investigación que llevaron adelante los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery terminó con una denuncia contra los dueños de la empresa por “contaminar dolosamente de un modo peligroso para la salud y el medio ambiente con residuos peligrosos”.
Se presume que en la planta había sustancias contaminantes como amoníaco, amianto y ácido sulfúrico y que la ex Petroquímica Bermúdez no tomó ninguna medida para evitar el grave daño ambiental que estaba produciendo. Para los delitos de esta naturaleza las penas oscilan entre tres y diez años; si por causa de esos delitos se produce una muerte, pueden llegar a 25 años.
En el transcurso del juicio quedó claro que el gobierno del Frente Progresista detectó que la ex Petroquímica no cumplía con los estándares de seguridad y estaba contaminando; varios testimonios de funcionarios provinciales de ese momento, entre ellos Saccone y Mackler, revelaron detalles que eran desconocidos; por ejemplo, admitieron que el gobierno de Lifschitz y la ex Petroquímica firmaron varios convenios para que la planta realizara un cerrado seguro y dejara de contaminar, no obstante dijeron que esos convenios “no se cumplían o se cumplían sólo en parte”. Por ello, en determinado momento las actuaciones fueron canalizadas por la vía judicial.
El fallo que se conoció este martes sostiene que “con todo lo que significa el grado de contaminación existente al momento de aquella resolución, está en juego el interés de toda la comunidad, pero no solamente de Capitán Bermúdez sino de toda la región” y agrega: “El Tribunal como último eslabón de una cadena llamada Justicia, no puede aceptar que la investigación no se siga adelante en torno a estas acciones que violentan bienes jurídicos colectivos, supraindividuales, que están por encima de cualquier protección individual que se intente hacer valer, para determinar quién tiene la responsabilidad, sin dejar de mencionar que esta contaminación había comenzado mucho tiempo atrás”.
También sostiene que “resulta claro a partir de las declaraciones de (el juez) Tutau que no se le expusieron las circunstancias claras” antes de que ordenara el cierre de la causa. “En tal sentido, si la resolución ha sido dictada como resultado de un proceso en el que se ha producido un vicio fundamental que trae como consecuencia que no trasluce la verdad jurídica subyacente, esa resolución no puede ampararse en la seguridad jurídica de cosa juzgada para permanecer inalterable, debiendo la instancia judicial ser el camino para buscar la verdad histórica y con ella encontrar la verdadera administración de justicia”.