Miércoles 24.5.2023
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Un proyecto de ley que primero aprobó Diputados y luego el Senado sin tocarle una coma, debe sin embargo volver a la Cámara baja para su sanción definitiva. El tema tiene un amplio consenso en la Legislatura santafesina y de hecho ya logró en sendos cuerpos deliberativos la media sanción, pero debió ser reiniciado porque venció su plazo para el tratamiento y su expediente pasó al archivo.
Se trata de una modificación de fondo a la Ley Nº6896 que le otorga un beneficio especial a los llamados escribanos adjuntos para quedarse con el registro del titular (en caso de muerte, incapacidad o renuncia por jubilación), sin tener que afrontar un concurso. Es decir, sin tener que competir con otros postulantes.
Hoy la norma dice que ese concurso debe celebrarse e incluso que en caso de empate en los puntajes máximos lo gana el escribano adjunto con cuatro años en esa tarea (a la que se accede tras ganar otro concurso) por sobre alguien que aspira a ingresar a esa profesión. En cambio, si el proyecto de ley de modificación prospera (como se supone que ocurrirá en Diputados), con haber ganado el concurso de escribano adjunto y acreditar un correcto desempeño de cinco años en esa labor, en caso de vacancia de ese registro, la titularidad estará asegurada sin concursar nuevamente. Obviamente los actuales escribanos adjuntos gozarían de un beneficio extra, que para los legisladores que han votado la iniciativa significa una reparación.
Texto y proyecto
El expediente 45.507 llegó al Senado a mediados del año pasado. Había sido aprobado por Diputados el 23 de junio de 2022. Como tenía media sanción por unanimidad en la Cámara baja, se suponía que pronto sucedería lo mismo en el Senado, pero no fue así. Con el paso del tiempo, pasó al archivo por falta de tratamiento.
En la sesión del 18 de mayo pasado, sin votos en contra ni objeciones en las bancas, la Cámara alta tomó el texto de aquel expediente archivado y lo aprobó con el consiguiente pase al otro cuerpo. Armando Traferri (PJ-Nes-San Lorenzo), titular de la bancada Juan Domingo Perón, explicó lo que se había conversado antes con los demás bloques en la reunión de labor parlamentaria: "vamos a cumplir con la palabra empeñada y a producir la media sanción de un texto que no nos pertenece: fue elaborado por las diputadas Georgina Orciani y Silvia Ciancio", ambas de UCR-Evolución. "Es un proyecto con el que habíamos comprometido en su momento la aprobación pero que, por razones de agenda legislativa, no pudimos llevar a cabo". El asunto fue resuelto en la primera oportunidad de 2023, es decir, en la segunda sesión ordinaria del año (la primera es el acto del 1ro de Mayo, con el mensaje del gobernador a la Legislatura).
En síntesis, se trata de igual texto con otro proyecto y un nuevo número de expediente. La salida adoptada por el Sendo provocó consultas en el reglamento, ya que la Constitución en nada limita una acción de este tipo.
Fundamentos
Tanto los diputados como los senadores recibieron los fundamentos y pedidos del colegio profesional interesado en la modificación normativa, que en parte se reflejan en el proyecto que comenzó a debatirse en octubre de 2021 en el expediente iniciado por Orciani y Ciancio.
Dice que "en el presente proyecto de ley nos hacemos eco de un fuerte reclamo por parte de los Colegios de Escribanos de Santa Fe, representados en su Consejo Superior, pero sobre todo de los jóvenes profesionales que viven una inestabilidad a largo plazo en sus espacios de trabajo".
Expresa que con el ejercicio de la profesión como escribano adjunto, puesto al que se accede mediante concurso, se perfecciona esa actividad. Y luego considera "una deficiencia susceptible de ser subsanada" el mantener al adjunto en "una constante situación de inestabilidad para su permanencia en el ejercicio de la función notarial, aún luego de haber demostrado su idoneidad en el respectivo concurso y en el desempeño de su trabajo sin sanciones".
Y siguen las diputadas, que citan arguementos del colegio notarial: "en la práctica se transforma en una injusticia que debe ser superada, dado que, acaecida la vacancia del registro, el adjunto deberá postularse a la titularidad en igualdad de condiciones con el resto de los que fueren aspirantes, contando solamente en su haber con la prioridad de 'los mayores puntajes' que resulten de la comparación de puntos alcanzados con otro concursante".
De inmediato interpretan que el artículo a reformar "crea una situación de absoluta incertidumbre para los adjuntos y vulnera sus derechos constitucionalmente determinados, dado que, en caso de cese por cualquier causa del titular, se los instala como regente interino hasta el llamado del próximo concurso del Registro Notarial donde actúan perdiendo por completo su estabilidad laboral y la de los y las trabajadores de dicha escribanía".
Tras mencionar que otras provincias siguen el modelo propuesto, opina que no se debe "someter" al adjunto a un "concurso igual, esta vez para acceder a la titularidad, del mismo registro donde actúa". Y afirman "aparece como un despropósito y genera una situación de desigualdad manifiesta entre quienes acceden a la titularidad de un registro rindiendo concurso similar, pero una sola vez y no dos como le impone actualmente al adjunto, el art. 44 de la ley 6898".