En la Cámara de Senadores, un proyecto de ley plantea una política activa para que Santa Fe respalde a sus empresas frigoríficas exportadoras de carnes, a las que el gobierno nacional ha privado de sus mercados externos.
El Senado santafesino acordó tratar en su próxima sesión un proyecto de ley del senador Lisandro Enrico (UCR-General López) para que mientras la Casa Rosada sostenga la decisión de impedirles a los frigoríficos acceder a los mercados internacionales, la provincia de Santa Fe los exima del pago del impuesto a los ingresos brutos. La preferencia fue votada por unanimidad.
En la Cámara de Senadores, un proyecto de ley plantea una política activa para que Santa Fe respalde a sus empresas frigoríficas exportadoras de carnes, a las que el gobierno nacional ha privado de sus mercados externos.
La iniciativa fue presentada por el senador radical Lisandro Enrico (General López) y, con acuerdo de todos los bloques, recibió la aprobación unánime para que el expediente ingresado el jueves 10 se trate en la próxima sesión.
El compromiso es estudiar en comisiones y avanzar con la sanción de un "régimen de exención transitoria del impuesto sobre los Ingresos Brutos a la industria frigorífica radicada en la Provincia de Santa Fe durante los periodos en los que se encuentren suspendidas y/o Interrumpidas las exportaciones de carne como resultado de decisiones del Gobierno Nacional".
La intensión es que, dentro del sector y en los límites del mapa de la bota, sean alcanzados "aquellos contribuyentes cuyas exportaciones de carnes representen más del treinta por ciento (30%) de las ventas totales de carnes del contribuyente"
Dicho porcentaje "será calculado considerando los montos acumulados de exportaciones de carnes y de ventas totales de carnes, respectivamente, durante los últimos 3 ejercicios fiscales finalizados. En el caso de contribuyentes que posean menos de 3 ejercicios fiscales finalizados se tomarán los montos acumulados de exportaciones de carnes y de ventas totales de carnes, respectivamente, desde el inicio del primer ejercicio fiscal finalizado hasta el mes inmediato anterior a la fecha en que se solicite el beneficio", define el proyecto de ley.
En esos casos, las empresas exportadoras de carnes "gozarán de la exención del impuesto sobre los ingresos brutos sobre las ventas de carnes que realicen en el mercado interno durante el periodo en que se encuentren suspendidas y/o interrumpidas las exportaciones de carnes como resultado de decisiones del Gobierno Nacional o el por el término de ciento ochenta 180 días, el que resulte mayor".
La iniciativa deja en manos del Poder Ejecutivo los procedimientos y mecanismos necesarios para la instrumentación de los beneficios dispuestos.
Mercados y costos diversificados
Los considerandos citan la resolución 75 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, que suspendió la exportación de carne bovina con el declamado propósito de contener los precios de la carne en el mercado interno. Y advierte que aunque temporal "por las posiciones de las autoridades nacionales se deduce que tal temperamento podrá materializarse en otras ocasiones".
"Sin perjuicio de los disensos que se pueden expresar respecto a la relación entre el propósito perseguido y los medios aplicados por el Gobierno Nacional, debe advertirse que la suspensión de exportaciones de carnes posee efectos colaterales de significación", señala.
"Contra los que suele expresarse desde híper simplificaciones o enfoques apriorísticos, la industria frigorífica no se caracteriza actualmente por una homogeneidad en la mezcla de productos finales sino que dichas mezclas poseen una alta diferenciación según los distintos mercados de destino. No solo que las mezclas de productos que demanda el mercado externo no coinciden con las del mercado interno, sino que tal diferenciación también se observa hacia el interior del propio mercado externo, donde cada uno de los sub-mercados externos posee mezclas de productos específicas".
"Dicha característica pone un límite a la posibilidad de canalizar los excedentes de un mercado hacia otro. Tal dificultad resulta mucho mayor cuando se trata de canalizar las mezclas de productos demandados por el mercado externo hacia el merado interno", explica Enrico.
Su estructura productiva y comercial "de tipo diferenciada según el tipo de mercado de destino, con estructuras productivas y comerciales diferenciadas, implican costos fijos específicos de la organización productiva y comercial correspondiente al mercado de destino". Y tales especificidades de costos requieren que sean absorbidos "con las ventas en el tipo de mercado respectivo".
"Cuando por alguna circunstancia alguno de dichos mercados sufre una disrupción, los costos fijos propios de la estructura de tal mercado deben ser absorbidos por las ventas en los restantes mercados. Al estar afectadas todas las ventas al exterior, "tal necesidad de absorción de costos específicos recaen sobre las ventas del mercado interno".
"Lo procesos antes expuestos derivan en el riesgo de que una disrupción en el mercado externo no genere el efecto esperado desde una mirada simplista sino que, por el contrario, implique tensiones sobre los precios del propio mercado interno" alerta.
"Ante tal riesgo, desde la política pública debe acometerse con instrumentos idóneos en el marco de aquellos que se disponen en el nivel de Estado respectivo, en este caso el Provincial. Se entiende que la asistencia mediante una descompresión del costo tributario provincial en forma temporaria mientras duren los episodios disruptivos constituyen una medida propicia".
Para el senador, "al analizar la estructura tributaria del Estado Provincial surge que el impuesto sobre los ingresos brutos constituye el único tributo con potencia suficiente para incidir como política pública desde el campo tributario".