Este jueves por la noche, el Senado de la Nación Argentina aprobó y convirtió en ley la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias que alcanzaba a los sueldos de más de 700 mil pesos.
La votación arrojó 38 afirmativos y 27 en contra. La medida había recibido media sanción la semana pasada en Diputados. Cuáles son las modificaciones.
Este jueves por la noche, el Senado de la Nación Argentina aprobó y convirtió en ley la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias que alcanzaba a los sueldos de más de 700 mil pesos.
La ley que modifica el impuesto a las Ganancias para los trabajadores crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vital y Móvil (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año. Los siguientes son los puntos principales del proyecto:
-Crea el nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".
-Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
-A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
-Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.
-Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.
-Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
-Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
-Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
-Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
-Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.
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