Jueves 1.7.2021
/Última actualización 18:41
La jueza laboral de Rosario, Paula Calace Vigo, hizo lugar al amparo presentado por el actual director del Organismo de Investigaciones, Marcelo Fabián Sain, y ordenó a la Comisión de Acuerdos de la Asamblea Legislativa dejar sin efecto, y archivar, el sumario que se le realiza en el Ministerio Público de la Acusación (MPA) al hoy funcionario judicial.
La decisión judicial -solicitada incluso por el Poder Ejecutivo- se conoció a 24 horas de la convocatoria a la sesión conjunta de ambas cámaras legislativas para tratar la suspensión de Sain con el recorte del 50% de sus ingresos. En Legislatura se suceden desde ayer reuniones y consultas para determinar el camino a seguir.
Sain recurrió ante una jueza laboral de Rosario cuando avanzaba la decisión política de la Legislatura de separarlo en el cargo mientras prosigue la investigación que lleva adelante el propio MPA a través del fiscal regional de Reconquista, Rubén Martínez. Pero además contó con el acompañamiento del Poder Ejecutivo que mediante un decreto (1024) del martes último, firmado por el gobernador Omar Perotti, ordenó al fiscal de Estado, Rubén Weder, allanarse al amparo.
La resolución de Calace Vigo dice entre sus fundamentos que "el allanamiento formulado por el Fiscal de Estado me exime de toda consideración sobre el caso concreto". Acota "porque aclara expresamente que excluye de sus fundamentos el agravio constitucional del sistema disciplinario del Ministerio Público de la Acusación y la aplicación retroactiva de la ley 14.006 "...ya que el decreto 1024/2021 que instruye a realizar dicho acto procesal consideró suficiente para ello la temporalidad de los hechos investigados". Por consiguiente la sentencia consecuente al allanamiento no supone ningún pronunciamiento de mi parte sobre el control de constitucionalidad o convencionalidad de la legislación provincial en cuestión".
Sain presentó la acción de amparo contra la provincia de Santa Fe para solicitar que se declara inconstitucional la aplicación retroactiva de la ley 14.016 (establece incompatibilidades y prohibiciones para magistrados del MPA) a fin de que la Comisión de Acuerdos se abstenga de tomar cualquier medida disciplinaria o precautoria dentro del sumario administrativo ordenado por el fiscal general, Jorge Baclini.
La jueza laboral se detiene en explicitar el planteo presentado por el ex ministro de Seguridad y hoy director del Organismo de Investigaciones (OI) quien en su presentación reitera que la ley 14.016 se la conocía como 'Anti Sain' "porque fue hecha a medida para que no pueda volver a ejercer el cargo de director del OI en consideración de la persecución política que vivió como ministro de Seguridad". El escrito de Sain advierte que la ley 14016 infringe directrices y normas del derecho internacional. La presentación hace reserva además de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En tanto, la provincia de Santa Fe compareció mediante el Fiscal de Estado quien informa que el gobernador Perotti emitió el martes el decreto 1024 por el que dispuso, en ejercicio de atribuciones constitucionales, "instruir el allanamiento a la acción de amparo interpuesta por Marcelo Fabián Sain". Manifesta además que la causa suficiente para la decisión que el procedimiento disciplinario iniciado al actor y que tramite ante la Legislatura "afecta derechos protegidos por el ordenamiento jurídico" y que "el juzgamiento disciplinario a un funcionario público por hechos cometidos en el ejercicio de una función política, y en uso de licencia en el organismo de origen, afectan hechos que son la causa del procedimiento disciplinario no necesitan de prueba alguna, ni bien se advierte que el actor renunció al cargo de ministro de Seguridad (19 de marzo), las denuncias son de fechas posteriores (22 y 23 de marzo) y fue reincorporado al cargo de director del OI el 31 de marzo.
Señala claramente la jueza que "la voluntad del Poder Ejecutivo en cuanto a la oportunidad y conveniencia de ponerle fin al litigio mediante el allanamiento con fundamento exclusivo en la ilegitimidad de perseguir disciplinariamente al director del OI del MPA por hechos ocurridos en el uso de licencia en dicho cargo y cumpliendo funciones políticas como Ministro de Seguridad. Aclara el Fiscal de Estado que quedan excluidos de los fundamentos del allanamiento los otros agravios traídos a la causa por Sain.
El decreto de Perotti que esgrime el Fiscal de Estado en el juzgado hace hincapié en la responsabilidad patrimonial del Estado ante los organismos internacionales por violación a los tratados incorporados a la Constitución Nacional. Dice allí el gobernador que corresponde al Poder Ejecutivo "la valoración de la sustantiva trascendencia que la cuestión judicializada reviste, que determina expedirse en resguardo de la legalidad y el orden institucional, lo que tiene preeminencia a cualquier otra cuestión". Agrega Perotti que el amparo se encuentra comprendido en una serie de conflictos que trascienden a las partes, y están afectando el funcionamiento normal de las instituciones.
Entre las denuncias presentadas contra Sain y que están en análisis del MPA y de la Legislatura se destacan:
Denuncia del fiscal regional Carlos Arietti por la falta de respuesta a resoluciones del ex ministro de Seguridad ante hábeas corpus, omitiendo tomar medidas respecto de los presos en comisarías en Santa Fe, lo que, se entiende, implica una convalidación de trato inhumano a detenidos.
Denuncia del diputado Pablo Farías sobre manifestaciones discriminatorias y de odio en contra del pueblo santafesino.
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