La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la elevación a juicio oral y público de la Causa Odebretch, la investigación por el presunto pago de unos 35 millones de dólares en sobornos entre 2007 y 2014 por parte de la empresa brasileña para quedarse con al menos tres contratos de obra pública en la Argentina.
El máximo tribunal penal rechazó dos planteos de nulidad de elevación de la causa a juicio formulados por Gustavo Dalla Tea, presidente de la empresa Supercemento, y el ex ministro de Planificación Julio De Vido.
La Sala Tercera de la Cámara, en un fallo firmado por los jueces Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, también declaró "inadmisibles" los recursos de queja interpuestas por las defensas de Eduardo Miguel Blomberg y Lucas Patricio Cesa, quienes también se habían opuesto a la clausura del sumario y el pase a la etapa de debate.
Mirá tambiénEl capítulo argentino del caso OdebrechtLa objeción central de las defensas se basaba en que el juez instructor, Sebastián Casanello, no había respondido los cuestionamientos ni la evacuación de citas como pruebas de descargo. ampoco esos planteos habían sido atendidos en la etapa de "instrucción suplementaria", previa al juicio oral, adujeron.
"La decisión impugnada no es, por su naturaleza ni por sus efectos, sentencia definitiva ni a ella equiparable", sostuvo la Cámara de Casación. "Las resoluciones que deniegan nulidades, por regla, no constituyen sentencia definitiva, pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictivo. Tampoco se acreditó en el caso, la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara de Casación como tribunal intermedio", resumieron los fundamentos del fallo.
Efectos
La decisión de la Casación despeja el camino para que el Tribunal Oral Federal número siete, que también tiene asignada la Causa Cuadernos, avance con la convocatoria al debate oral.
En la Causa Odebretch se investigan las adjudicaciones de obra pública llevadas adelante para la planta potabilizadora Paraná de las Palmas y la planta depuradora de Berazategui o "Planta del Bicentenario".
Las empresas que resultaron beneficiadas por la licitación fueron, por un lado, la UTE integrada por Norberto Odebrecht S.A. -Sucursal Argentina-, Benito Roggio e Hijos S.A., Supercemento S.A.I.C. y José Cartellone Construcciones Civiles S.A. y, por otro, la UTE conformada por Construcciones e Comercio Camargo Correa S.A. y Esuco S.A.
En detalle
Según recuerda un artículo de Clarín firmado por Lucía Salinas, Odebrecht (implicada en el proceso por corrupción brasileño Lava Jato) admitió haber pagado coimas por 35 millones de dólares en nuestro país para obtener contratos de obras públicas durante el gobierno kirchnerista.
Mirá tambiénCausa Odebrecht: declaran que le dieron a Arribas U$ 8,5 millones para pagar coimasEl primero de los proyectos bajo la lupa era la construcción y puesta en marcha de la planta potabilizadora "Paraná de las Palmas", que fue adjudicada a la Unión Transitoria de Empresas conformada por las firmas Odebrecht -50%-, "Supercemento" -16,66%-, "Benito Roggio e Hijos" -16,67%- y "José Cartellone Construcciones Civiles", con una participación de 16,66%.
El segundo de los contratos cuestionados consistía en la construcción de la planta depuradora "Sistema Berazategui", en la que resultó ganadora la unión conformada por las empresas "Camargo Correa -60%- y "Esuco" -40%-. Luego Odebrecht ocupó el lugar de Camargo Correa.
Cuando el juez federal Sebastián Casanello dio por clausurada la investigación y elevó el caso a juicio oral, dio por corroborado que se "celebró un acuerdo espurio entre funcionarios púbicos y empresarios, motivado en el pago de sobornos, que implicó concesiones indebidas en beneficio de los contratistas y que derivó indefectiblemente en una defraudación al Estado como consecuencia de la administración infiel de los recursos públicos".
Convalidando estos planteos, dos organismos del Estado bajo la actual gestión pidieron que los 26 imputados vayan a juicio oral, y en base a eso se formuló la acusación que se leerá en el juicio oral y que los llevó a todos a dicha instancia.
Implicancias
Cuando se elevó a juicio el expediente Odebrecht-Aysa, Casanello dio por "acreditado que las UTE conformadas por Odebrecht, Supercemento, Roggio y Cartellone -en el caso de Paraná de las Palmas-; y Camargo Correa y Esuco -en Berazategui- resultaran adjudicadas" para luego "otorgarles, además -en ambos casos-, beneficios tales como obras adicionales, redeterminaciones de precios, adelantos financieros y extensiones en los plazos de ejecución, causándose un perjuicio en el Estado Nacional".
Es ésta la primera parte de la acusación, vinculada a la defraudación al Estado, al manejo irregular de los contratos para la construcción de la planta potabilizadora. Ese circuito de direccionamiento de los contratos y costos por encima de lo determinado inicialmente, dijo el juez del caso, generó que el Estado se vea "privado de obtener mejores ofertas por la ausencia de competencia, debió afrontar mayores costos finales y soportar graves dilaciones en la entrega de las obras".
Todo ese mecanismo tuvo como protagonistas a los funcionarios que "apartándose de los principios elementales que rigen las contrataciones públicas y en clara violación a los deberes impuestos por las normas que rigen su actuación". Por eso se dijo que en este caso, "nos encontramos ante licitaciones simuladas que funcionaron como un disfraz para dar apariencia de legalidad formal a decisiones que se habían concebido con anterioridad".
El mecanismo
El circuito de coimas es otra parte de este expediente. Durante la instrucción se indicó que que las irregularidades detectadas en ambas licitaciones "desnudaron el actuar interesado de los funcionarios en favor de las empresas adjudicatarias de las obras, todo ello en perjuicio del Estado quien debió afrontar mayores costos e injustificados retrasos en la entrega de las obras".
Esto tenía otra finalidad, ya que según el juez el "direccionamiento de las licitaciones" comenzó "antes de que se formularan los requerimientos de contratación por parte de la empresa AYSA, en tanto que los beneficios y ventajas ilegales acordadas entre funcionarios y particulares de las empresas se extendieron durante la ejecución de las obras".
Odebrecht confesó que utilizaba un mecanismo sofisticado para efectuar los pagos ilegales, es decir, coimas. "Dicho mecanismo estaba conformado por una contabilidad paralela y un sector de la empresa dedicado sólo a la gestión de los pagos ilegales que eran mayormente canalizados a través de cuentas y sociedades offshore, ello con el fin de dificultar la trazabilidad del dinero", resaltó el juez.
Los pagos espurios se realizaron a través de la División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht y tuvieron como "destinatarios finales funcionarios públicos argentinos. Los pagos, según la prueba colectada. se realizaron en dos etapas: la primera con el propósito de obtener la adjudicación de los contratos y la segunda con el fin de destrabar pagos adeudados".