La Corte Suprema de Justicia validó el control legislativo sobre la conducta de fiscales
El pronunciamiento del Alto Tribunal fue dividido. Falistocco, Gutiérrez, Spuler y Gastaldi conformaron el voto de mayoría. La Comisión de Acuerdos seguirá entendiendo en los casos graves derivados por la Auditoría de Control de Gestión del MPA.
Finalmente este martes, la Corte Suprema de Justicia de la provincia se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley que otorga a la Legislatura el control disciplinario de los fiscales y defensores del sistema penal vigente en la provincia. Tal como venía señalándose en el Palacio de Tribunales, cuatro ministros formaron la mayoría: Roberto Falistocco (actual presidente), María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuler. En tanto, Mario Netri y Daniel Erbetta consideraron inconstitucional el procedimiento derivado de la ley 13.807, sancionada a fines de 2018. Antes, el procurador general de la Corte, Jorge Barraguirre, también se había pronunciado por la inconstitucionalidad de la norma.
En el acuerdo virtual se confirmó lo que se venía anticipando en ámbitos tribunalicios y hoy se conocerán los fundamentos de cada uno de los votos. Este martes por la noche, las partes estaban siendo notificadas de la decisión del máximo tribunal santafesino.
La ley ahora avalada -13807- fue iniciativa propia de la Legislatura, sancionada sobre fines del año ordinario parlamentario en 2018 tras un rápido tratamiento en el recinto de ambas cámaras y promulgada por el entonces gobernador Miguel Lifschitz el 17 de diciembre pese a planteos en contrario del propio titular del Ministerio Público de la Acusación, Jorge Baclini, y de los cinco fiscales regionales, entre ellos el hoy renunciado y detenido en prisión domiciliaria Patricio Serjal (Rosario).
En la ley que reguló el funcionamiento del MPA, -13.013 del año 2009- las faltas graves de los fiscales debían ser analizadas por un tribunal colegiado. El cambio, fue la decisión legislativa de noviembre de 2018 cuando se sancionó la ley 13.807 que se otorgó para la Legislatura esa potestad para todo tipo de conductas que ameritaran una investigación o análisis. La norma fue declarada inconstitucional por la Cámara Laboral de Rosario. Hubo luego otra sanción legislativa que dejó en manos de las cámaras únicamente los casos considerados graves por la Auditoria de Control de Gestión del propio MPA.
La norma vigente fue denunciada por inconstitucional por el fiscal rosarino Adrián Spelta, que tiene abierto un proceso disciplinario en la Legislatura por haber acordado una excarcelación a Emanuel 'Ema Pimpi' Sandoval, implicado junto a su hermano en un intento de triple homicidio en un incidente con un contexto de narcomenudeo. Sandoval fue asesinado cuando cumplía prisión en un domicilio en octubre del año pasado.
Cuando la Legislatura se avocó al caso Spelta, éste objetó la ley reformulada y la consideró inconstitucional. En septiembre de 2020 la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario le dio la razón indicando que esa ley suponía la invasión de jurisdicción de un Poder del Estado por sobre otro. Ante esta decisión de alzada, ya durante el gobierno de Omar Perotti, Fiscalía de Estado presentó el recurso de queja ante la Corte, para defender la legalidad de la norma, algo que terminó de plasmarse este martes con el voto favorable de cuatro ministros.
En estos tres años de vigencia de la ley, la Legislatura ya sancionó e incluso destituyó a varios fiscales, mientras que todavía no entendió en ningún caso sobre defensores. Entre los casos más resonantes está la remoción del fiscal de Rosario, Gustavo Ponce Asahad, implicado en una organización de juego clandestino mientras que el fiscal regional de esa ciudad, Patricio Serjal renunció antes de ser destituido.
Los casos remitidos por la Auditoría de Control de Gestión llegan a la Comisión de Acuerdos que designa un instructor del caso y luego se emiten los dictámenes de los miembros de ese grupo que integran diputados y senadores para luego ser votadas las proposiciones por la sesión conjunta de ambas cámaras.
Este jueves, sesión conjunta
La sesión conjunta de senadores y diputados está citada para este miércoles, a las 13, para considerar la suspensión del director del Organismo de Investigaciones (OI) Marcelo Sain. El funcionario judicial envió una nota el lunes a la vicegobernadora, Alejandra Rodenas, pidiéndole la suspensión de la reunión a la espera de la resolución del amparo presentado ante una jueza laboral de Rosario. Hasta el momento, la jueza Paula Calace Vigo no se pronunció y requirió incluso opinión del Poder Ejecutivo que iba a ser elevada este miércoles por Fiscalía de Estado.
Para la sesión conjunta hay una mayoría que se pronunciará por suspender a Sain en el cargo y recortarle el 50% del ingreso mientras se sustancia la investigación de su conducta.
Al funcionario judicial y ex ministro de Seguridad se le observan la infracción a cinco normas legales.
"No se le imputa lo buena o mala que haya sido su gestión como ministro, sino las faltas cometidas en su condición de Director del Organismo de Investigaciones y de funcionario del Poder Judicial" señalaron a El Litoral legisladores que sostendrán la necesidad de suspender a Sain. "Haber estado de licencia en el Poder Judicial no lo excluye del régimen disciplinario", se acotó.
Sain asumió como director del Organismo de Investigaciones del MPA tras ganar el concurso respectivo. Tuvo una licencia cuando asumió como ministro de Seguridad en el inicio de la gestión de Omar Perotti y tras renunciar en el medio de las filtraciones de audios despectivos para ciudadanos de Santa Fe, volvió al cargo en el Organismo.
El fiscal general, Jorge Baclini, designó al fiscal regional de Reconquista, Rubén Martínez, para que investigue la conducta de Sain ante denuncias de Carlos Arietti, Pablo Farías así como una causa penal por irregularidades en la compra de armas para la Policía, proceso licitatorio que debió ser corregido.