El conflicto entre los jueces federales de San Luis y Córdoba por la prohibición de ingreso a su provincia que hizo el gobernador puntano Alberto Rodríguez Saá por el coronavirus llegó este martes a la Corte Suprema de Justicia de La Nación.
El conflicto entre los jueces federales de San Luis y Córdoba por la prohibición de ingreso a su provincia que hizo el gobernador puntano Alberto Rodríguez Saá por el coronavirus llegó este martes a la Corte Suprema de Justicia de La Nación.
El pedido lo hizo el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, quien había fallado a favor de los productores cordobeses y ordenado levantar el bloqueo de las rutas, pero su par de San Luis, Juan Esteban Maqueda había fallado a favor de Rodríguez Saá.
Entonces, como no hay una Cámara Federal que sea el superior de estos dos jueces, el conflicto fue directamente a la Corte Suprema.
En una nota Ochoa dispuso: "rechazar el planteo efectuado por la demandada no aceptando la competencia que se arroga el Tribunal Federal de San Luis, debiendo elevarse la presente a la Corte Suprema de Justicia por ser el tribunal competente para entender".
Por su parte, las entidades ruralistas representadas por el abogado, constitucionalista y ex diputado de la UCR, Antonio Hernández, pidieron a la Corte que “se avoque de inmediato a la consideración de este conflicto de competencias”. “Así no se puede ejecutar la medida cautelar del Juez de Río Cuarto que dispuso el levantamiento del bloqueo de esas rutas, que ha producido desde hace ya varios meses la violación de gran cantidad de derechos fundamentales de los vecinos del sur de la Provincia de Córdoba, estrechamente vinculados a localidades de la Provincia de San Luis”.
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Además, “se están violando los Artículos. 9 a 12 de la Constitución Nacional que impiden la existencia de aduanas interiores o de prohibiciones que impidan el tránsito de personas o mercaderías en el único territorio de la Nación. Están en juego normas y principios esenciales del federalismo argentino”, agregó Hernández.
En un escrito, Hernández sostuvo que “la emergencia no está por encima de la Constitución ni la suspende. La restricción de derechos debe ser razonable para no destruirlos. Esa es la esencia de nuestro Estado constitucional y democrático de Derecho. Y eso debe ser garantizado por los Jueces de la Nación”.
“La competencia federal en este caso es indudable por aplicación del Art. 116 de la Constitución Nacional, ratione materiae y ratione personae”, fundamentó el constitucionalista.
Hernández y su colega Javier Quiroga, en representación de las sociedades rurales de Río Cuarto, de Vicuña Mackenna y la Asociación Civil de transportistas de Achiras denuncian que se trata de una medida inconstitucional que afecta el transporte y la producción de la zona e incluso dejó bloqueada a una iglesia.
Por su parte, El Juez Federal de San Luis, Juan Esteban Maqueda había avalado la medida cautelar impuesta por el Gobierno provincial de Rodríguez Saá y dictaminó que “se respeten todas las medidas adoptadas por el Ejecutivo puntano para el ingreso y egreso de los camiones a la provincia debido a la pandemia de coronavirus”.
El dictamen destaca que “el Estado Provincial tiene el deber de establecer su accionar frente a la pandemia de Covid-19 teniendo en cuenta dos conceptos fundamentales: por un lado, que el derecho a la vida constituye un primer derecho natural de la persona, preexistente a toda legislación positiva; a lo que deben sumarse los deberes del Estado Provincial: combatir las pandemias y garantizar el derecho a la salud" .
La resolución de Maqueda choca con la medida cautelar presentada por los ruralistas cordobeses donde solicitaron que la Justicia Federal intervenga y declare inconstitucional el Decreto 1894/2020 del gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá que restringía con controles el paso por los puntos limítrofes entre San Luis y Córdoba por la pandemia de coronavirus y consiguieron una medida cautelar.