Juicio por jurados: "Implementarlo para todo tipo de delito hubiera generado el colapso del sistema"
El camarista Penal de Rafaela afirma que el primero “será a fin de año o a comienzos del año próximo”. Y asegura que la confrontación de poderes “en manera alguna puede afectar a los juicios que se puedan llegar a realizar”.
"Suelo decir que sería un grave error pensar que es un juicio común al cual le agregamos 12 personas más", señala el Dr. Cristian Fiz. Foto: Luis Cetraro
Cristian Pablo Fiz es camarista Penal en la ciudad de Rafaela, la ciudad cabecera de la Circunscripción Judicial Nº 5, donde desde el 1° de noviembre entró en vigencia, por primera vez en la provincia, la posibilidad de llevar adelante juicios por jurados. Lleva más de 30 años dentro del Poder Judicial y más de una década ejerciendo la magistratura. Además, es profesor de Derecho Penal, cátedra desde la cual forjó, junto a sus colegas Pablo Micheletti y Alejandro Otte, el libro “Jucio por Jurados en la provincia de Santa Fe. Ley comentada, anotada y concordada”.
"Esta etapa que se viene, para quienes siempre estuvimos a favor de su implementación va a ser toda una experiencia", destaca el magistrado. Foto: Luis Cetraro
-¿Cómo surgió la idea de escribir un libro sobre el juicio por jurado?
-Hace varios años que me viene interesando el tema, veía que casi la mitad de las provincias de nuestro país ya lo habían implementado y en muchos lugares con éxito. Hubo varios intentos de ponerlo en vigencia en nuestra provincia y finalmente se logró. A partir de ahí fue el puntapié inicial para el libro. Indudablemente que quería contar también con el apoyo de mis compañeros de cátedra de Derecho Penal, para tener otra visión, porque uno de los autores (Pablo Micheletti) trabaja en la Justicia Federal y el otro (Alejandro Otte) ejerce la profesión. Su visión y colaboración con el libro resultaba importante y el objetivo era justamente poder hacer algo que esté en la calle a disposición, antes que entrara en vigencia.
-Y la fecha llegó, pero además le toca vivirlo como protagonista y anfitrión, porque el primer juicio por jurado será en Rafaela,, donde es camarista…
-Todo parece indicar que eso va a ocurrir a partir de que el 1° de noviembre entró en vigencia para la Circunscripción Judicial Nº 5 con sede en Rafaela. Lo que trato de explicar es que a partir de ahí las causas que prevean los delitos a ser juzgados por juicio por jurado pueden llegar a definirse por esa vía. Puede ocurrir que por razones de tiempo quizás no sea en breve, es decir en el primer mes, porque primero habrá que hacer la audiencia preliminar donde se admite la prueba y se deben cumplir una serie de etapas hasta fijar la fecha del comienzo del futuro juicio. Así que en caso de que esto pueda ocurrir, será a fin de año o a comienzos del año próximo.
"Los delitos más graves"
-Los delitos que se prevén juzgar por esta vía son unos pocos… ¿Cuáles son y por qué?
-Son los delitos más graves que prevé el Código Penal, porque son los que afectan a la vida de las personas y para los cuales la única posibilidad de pena es la prisión perpetua. El homicidio en ocasión de robo y aquellas causas comúnmente denominadas de “gatillo fácil”, en las cuales se vería involucrado personal policial. Esto fue una virtud de nuestra ley, en el sentido de que no resultaba posible disponer el juicio por jurados para todo tipo de delitos, porque demanda muchos recursos y fondos y tampoco la capacidad judicial iba a resistir. Cosa que está pasando en provincias vecinas, que ahora están yendo para atrás.
-Se marcó especialmente que no será una opción para delitos de tipo sexuales.
Exactamente. Justamente en la presentación (del libro) hablaba con un colega de la provincia de Entre Ríos y nos contaba que allá están tratando de modificarlo, porque ellos prevén que los delitos de abuso sexual sean juzgados por juicio por jurados. En el caso nuestro eso hubiera hecho explotar el sistema. Pongo el ejemplo de una persona que habitualmente hace una caminata breve, alrededor de una plaza y de pronto se anota para correr en una maratón. Indudablemente que el físico no le va a dar. Es decir, pasar de caminar a correr una maratón es imposible, nos pasaría más o menos lo mismo a nosotros en el Poder Judicial. Tenemos la gran ventaja de tener un sistema acusatorio, pero de ahí a dar el salto de implementarlo para todo tipo de delito hubiera generado el colapso del sistema.
-¿Qué hechos van a ir a juicio, cuáles serán los primeros a partir del 1 de noviembre?
-Son hechos que ya han ocurrido. Uno de ellos refiere a un hecho en la ciudad de Rafaela y el otro en la ciudad de San Cristóbal. Lo que va a determinar que se aplique el juicio por jurados, es que la acusación va a ser presentada por el Ministerio Público de la Acusación después del 1° de noviembre.
Un nuevo actor
-¿Qué qué va a cambiar en cuanto a infraestructura y asignación de recursos para llevar a cabo un primer juicio por jurados?
-A nivel jueces, van a ser los mismos que actualmente integran el tribunal. Es un solo juez por caso porque como el veredicto lo va a dar el jurado, el juez estará exclusivamente para impartir las instrucciones, para que a partir de ellas pueda el jurado alcanzar un veredicto. En la ciudad de Rafaela hay tres jueces, más un juez en San Cristóbal y otro en Tostado.
-Igualmente las partes van a tener que tener en cuenta, a la hora de litigar, un nuevo actor que es el ciudadano común que estará en el lugar del jurado.
-Sí, suelo decir que sería un grave error pensar que es un juicio común al cual le agregamos 12 personas más. Porque cambia sustancialmente el juicio, la preparación que van a tener las partes y con mayor responsabilidad para los jueces porque un mal proceder puede determinar eventualmente que ese juicio pueda ser anulado, con todo lo que implica tener que volver a hacerlo. Y con respecto a la preparación, nos ha obligado a capacitarnos aún más.
Mirada retrospectiva
-En su recorrido en el Poder Judicial pasó por el viejo sistema como juez, trabajó durante la transición y actualmente lo hace como camarista. ¿Cuál es su mirada retrospectiva?
-Son más de 30 años dentro del Poder Judicial, como juez son menos de 20 años pero indudablemente que he vivido todos los cambios. Ya en el 2010 me tocó presidir el tribunal junto a los doctores Norberto Nisnevich y Dardo Rosciani, del primer juicio oral durante la transición. Fue un caso muy grave de esa época, un abuso sexual seguido de muerte. La víctima era una menor de edad que la pareja de su madre la había accedido y resultó condenado por abuso sexual seguido de muerte. Fue el que marcó la transición, fue el primer juicio oral de lo que después vendría. En lo profesional, entiendo que soy afortunado porque me ha permitido ir viendo los distintos cambios -para bien-, de saltar de lo que antes era un sistema de tipo inquisitivo al acusatorio. Fue un cambio trascendental y ahora ésta tercera etapa que se viene, para quienes siempre estuvimos a favor de su implementación va a ser toda una experiencia.
El libro “Jucio por Jurados en la provincia de Santa Fe” fue presentado el martes pasado en la UNL, por el el fiscal general Julio de Olazabal. Foto: Luis Cetraro
-¿Con qué se va a encontrar el lector, ya sea operador judicial o no, en su libro que se propone como una herramienta para el juicio por jurados?
-Lo escribimos para que sirva a los distintos operadores del sistema: abogados, defensores, fiscales y jueces. Hay jurisprudencia y doctrina, pero hemos variado ante la curiosidad o el interés que se advierte en personas que piensen que efectivamente pueden llegar a ser convocados como jurado. El libro está escrito en un lenguaje entendible para todo el mundo, dejamos abierta la posibilidad de que cualquiera que lo quiera lo pueda adquirir si le interesa el tema, porque lo va a entender perfectamente, la terminología utilizada y los ejemplos que se dan son muy claros, incluso explicando determinados artículos que están destinados al público en general.
-¿Que tiene el sistema judicial en Rafaela para haber sido considerado el mejor lugar para empezar?
-No puedo saber cuál fue la motivación que ha tenido el Poder Ejecutivo para emitir ese decreto y elegirnos como el primer lugar. Para nosotros es un orgullo y evidentemente hubo aspectos que los han llevado a inclinarse por nuestra jurisdicción sobre otras. En primer lugar, porque lo ideal era una jurisdicción chica en relación a Rosario y Santa Fe como para comenzar su implementación. Por otro lado, es una jurisdicción ordenada, que funciona bien, cuyos jueces a su vez están preparados para el cambio y es un desafío su implementación en nuestra jurisdicción.
-¿Este contrapunto o enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Poder Judicial puede condicionar la puesta en marcha de los juicios?
-Como juez y como ciudadano no puedo estar ajeno a la situación que estamos transitando, es un momento institucional delicado. Pero soy optimista y considero que el obrar con prudencia y responsabilidad, que es lo que nos exige la sociedad a todos los actores, de alguna manera va a permitir superar esta situación delicada. En cuanto a tu pregunta puntual, entiendo que ni afecta y en manera alguna puede afectar a los juicios que se puedan llegar a realizar. En particular, en el ámbito judicial venimos manteniendo reuniones con el Ministerio Público las Acusación y con la Defensa como para que la implementación sea un éxito. Y vemos también por parte del Ejecutivo ese compromiso para que sea de esta manera. Se vienen cumpliendo todos los plazos que ellos mismos han previsto, por eso entiendo que de ninguna manera puede afectarse este proceso.
Tips para entender el cambio:
El juicio por jurados es una forma de participación ciudadana en la justicia penal.
El Jurado se integra por sorteo público. Lo conforman doce ciudadanos que decidirán, en juicio oral y público por delitos penales, si un acusado es culpable o no lo es.
La participación en los jurados no requiere conocimientos específicos legales ni de ninguna otra índole, aunque es una carga pública.
Para el desempeño de su rol el jurado recibe instrucciones generales del Juez penal quien es el responsable de guiar el proceso judicial.
El jurado presencia las diferentes audiencias de un juicio donde se exponen las acusaciones, defensas y declaraciones de los testigos.
Para lograr el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad el jurado delibera de forma secreta hasta obtener una decisión unánime. Tras la decisión del jurado el juez es el encargado de continuar los pasos del juicio: a) si el veredicto es “no culpable” el juez dictará la absolución del acusado; b) si el veredicto es “culpable” el juez determinará la pena correspondiente.
La Ley Nº 14.253 que instituye el juicio por jurados en la provincia de Santa Fe fue promulgada el 27 de marzo de 2024. Foto: Archivo
Implementación progresiva:
La Ley Nº 14.253 que instituye el juicio por jurados en la provincia de Santa Fe fue promulgada por el gobernador Maximiliano Pullaro, el 27 de marzo de 2024 y prorrogada en su implementación el 17 de septiembre para las siguientes fechas:
Circunscripción Judicial N° 5 (Rafaela): 1° de noviembre de 2024
Circunscripción Judicial N° 4 (Reconquista): 1 0de diciembre de 2024
Circunscripción Judicial N° 3 (Venado Tuerto): 1 0de febrero de 2025
Circunscripción Judicial N° 1 (Santa Fe): 1° de junio de 2025
Circunscripción Judicial N° 2 (Rosario): 10 octubre de 2025.
Delitos: En cuanto al ámbito de competencia, serán juzgados obligatoriamente en Juicio por Jurados, incluyendo los que fueran cometidos en grado de tentativa o en cualquier forma y grado de participación criminal, como así también los delitos conexos o cuyo juzgamiento fuera unificado, los siguientes delitos: 1) Homicidios calificados, 2) Abusos sexuales seguidos de muerte, 3) Robo calificado por homicidio, 4) El personal policial o penitenciario que hubiera actuado en situación de enfrentamiento, incluso encontrándose en retiro o franco de servicio; .
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