Punto por punto, todas las claves de la condena a Cristina Kirchner
Los jueces hablan de un "plan criminal" para beneficiar a Lázaro Báez, y también beneficiarse, con fondos de obras públicas. Sobreprecios, cartelización, obras inconclusas y exorbitancia patrimonial.
Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión y quedó inhabilitada para ejercer cargos.
El Tribunal Oral Federal 2 consideró que existió un "Plan criminal" por parte de la vicepresidenta, Cristina Kirchner, en favorecer durante su Gobierno al empresario Lázaro Báez con la cesión de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz para también enriquecerse ella misma, y por la cual estimó que hubo en total una defraudación al Estado de 84.335 millones de pesos.
A partir de la resolución, corre el tiempo para las apelaciones a la Cámara Federal de Casación Penal, pues la condena y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, quedan en stand by hasta que el fallo quede firme, esto es hasta que resuelva la Corte Suprema de Justicia.
Licitaciones fraudulentas: "Podemos afirmar que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal para habilitar una respuesta punitiva", sostuvo el Tribunal 2 con la firma de los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
Direccionamiento de obras: Las obras fueron "sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción".
Vínculos corruptos: Para los jueces hay evidencias de "la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes" y en esa lógica "ha sido dirimente la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, puesto de relieve a través de su participación en los beneficios económicos -producto del delito- obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra".
Crecimiento patrimonial: Luego, analizan el crecimiento económico de Lázaro Báez, también condenado a seis años de prisión, y la conformación de su grupo empresario "de indudable cercanía con los responsables del diseño de esa política pública". En ese sentido, focalizan que en 2003 cuando asumió la presidencia Néstor Kirchner, el ahora empresario era "monotributista" y empleado del Banco de Santa Cruz para luego crear su emporio de empresas. A tal punto que pasó de declarar en 2002, unos 333,28 dólares, a 16.065.176 dolares en 2014. Esto es, un 4720 % más.
Competencia simulada: Hubo -según los jueces- "cartelización de obra pública vial" en Santa Cruz a favor de Báez y se buscó "mejorar engañosamente las posibilidades de éxito de una única persona enmascarada detrás de sus empresas". "En la provincia de Santa Cruz Lázaro Báez competía contra él mismo", añadieron.
Pagos anticipados: Las empresas de Lázaro Báez recurrieron "de forma sistemática a pagos anticipados" de la Dirección Nacional de Vialidad sobre las obras que le eran encargadas, que muchas de las licitaciones no se concluyeron por lo cual las obras no se hicieron y que, tanto el empresario como "Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, y José Francisco López planificaron, decidieron y ejecutaron el abandono de las obras adjudicadas a las empresas del Grupo Báez, y contaron para ello con la asistencia de Nelson Guillermo Periotti y José Raúl Santibáñez", estos últimos de la Dirección Nacional de Vialidad.
Sobreprecios: Los jueces los señalaron en al menos tres expedientes de vialidad con diferencias de valor de hasta 95 millones de pesos.
Lucro indebido: "La ex presidenta de la Nación contribuyó a la causación acumulativa del hecho defraudatorio único en sentido jurídico, es decir, la defraudación en perjuicio de la administración pública cometida a través de la obligación abusiva de los recursos públicos, en procura de un lucro indebido para Lázaro Báez y sus allegados, entre ellos, la propia Cristina Fernández de Kirchner", dijo el Tribunal sobre el rol de la vicepresidenta.
Patrimonio de Cristina: Incluso, los jueces evalúan el crecimiento económico de Cristina Kirchner de manera contemporánea a la defraudación investigada: "Empresas comandadas por el sujeto con quien la propia ex presidenta y su familia realizaban negocios inmobiliarios y hoteleros mientras, en forma simultánea, se ejecutaba la maniobra de defraudación en perjuicio de los fondos públicos nacionales destinados a dichas obras públicas".
Asociación ilícita
Los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu entienden que no existió una asociacón ilícita porque los hechos investigados no cuadran en esa figura penal porque no existió "pluralidad de planes delictivos indeterminados" y también en lo que hace "a la cantidad de personas que habrían integrado la organización".
Andrés Basso sí votó por la condena por asociación ilícita, al considerar que "se ha demostrado que ante la inminente asunción presidencial de Néstor Carlos Kirchner su amigo, Lázaro Antonio Báez, quien hasta ese entonces había desarrollado su actividad profesional en el sector bancario alcanzando ciertas posiciones jerárquicas -pero sin salir de ese ámbito-, constituyó la firma Austral Construcciones SA y, sin experiencia en la materia y sólo con el beneplácito de quienes comandaban la voluntad política del país, conformó un grupo empresarial que finalmente concentraría la mayor parte de la obra pública vial llevada a cabo en la órbita de la provincia de Santa Cruz, ello en el período comprendido entre los años 2003 a 2015".
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