Lunes 20.6.2022
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La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en el marco del Convenio de Cooperación "Santa Fe + Justicia" firmado con el Poder Ejecutivo Provincial, hizo saber que desde este martes 21 de junio, todas las inscripciones de Declaratorias de Herederos que ordenen los juzgados de la provincia al Registro General (Registro de la Propiedad Inmueble) se llevará adelante a través de formularios y comunicaciones digitales - correos electrónicos con firma digital-.
Ambas partes acordaron que la implementación de este proyecto se materializará de manera progresiva, comenzando por las Oficinas de Procesos Sucesorios de Santa Fe y Rosario. Posteriormente y luego de una evaluación puntual de su desempeño, se hará extensivo al resto de los Juzgados de la provincia con competencia en materia sucesoria.
En este contexto el Alto Cuerpo destacó en la acordada que dispuso el plazo de operatividad para el inicio del trámite en cuestión que, los avances producidos por ambos organismos estatales en lo que hace a Tecnologías de la Información, han logrado plasmar un fructífero escenario de trabajo conjunto; hecho que, por su parte, trajo aparejada la posibilidad de vincular digitalmente a diferentes dependencias del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial.
En tal sentido, la Corte ha señalado que, en el caso concreto, se ha consensuado una nueva metodología de trabajo a los fines del trámite de inscripción de declaratorias de herederos en el Registro General, por parte de los órganos jurisdiccionales de los tribunales santafesinos. Dicho procedimiento agilizará los tiempos de materialización del referido trámite, provocando una deseable optimización de los recursos de todas las dependencias involucradas en el mismo.
Procedimiento
El Poder Judicial, a través de sus Juzgados y dependencias remitirá al Registro General, la solicitud de inscripción de Declaratoria de Herederos que tramite en los diferentes expedientes jurisdiccionales. Dicha solicitud se confeccionará en el formulario standard que al efecto diseñó el referido Registro. Se aclara que el mismo estará disponible para su descarga en la página web del Poder Ejecutivo Provincial.
La remisión del formulario indicado, se efectuará por correo electrónico desde la unidad jurisdiccional, y será firmado digitalmente. Asimismo, el documento en cuestión, se acompañará como archivo adjunto al mail y deberá contar también con la firma digital del actuario responsable. Una vez recepcionado el pedido por parte del Registro General, éste le dará curso al mismo y, de considerarlo pertinente, procederá a inscribir la respectiva declaratoria de herederos. En este punto, comunicará tal hecho por correo electrónico firmado digitalmente al Juzgado o dependencia requirente, y al profesional interviniente en el proceso. Por el contrario, de detectarse algún error o inconsistencia, el Registro comunicará la misma por similar metodología digital al órgano jurisdiccional.
Los correos electrónicos hacia donde deberán efectuarse los requerimientos al Registro General son:
- rgsantafe-declaratoriadeherederos@santafe.gob.ar (para las inscripciones de Santa Fe y Zona Norte)
- rgrosario-declaratoriadeherederos@santafe.gob.ar (para las, inscripciones de Rosario y Zona Sur).
Los profesionales del derecho podrán abonar los sellados de ley, a través de las plataformas Santa Fe Servicios, Red Link y Mercado Pago. Este requisito es imprescindible para que cada unidad jurisdiccional de curso al trámite de inscripción requerido, debiendo estar acreditado fehacientemente en el expediente judicial.
Firma electrónica
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe hizo saber que el próximo 1° de julio de 2022 será obligatorio el uso de la firma digital para la presentación de escritos y demandas electrónicas, por los profesionales del derecho en el ámbito del sistema de autoconsulta de expedientes (SISFE). Dicho plazo, que había sido ampliado de manera excepcional y única en el mes de febrero a pedido de los Colegios de Abogados, vence el jueves 30 de junio de 2022, de conformidad a lo dispuesto por la propia Corte en Acta – Acuerdo n°. 5 del 22.02.22.
En razón de eso, desde el viernes 1° de julio de 2022, la presentación de escritos y demandas, deberá efectuarse estrictamente con lo regulado en los "Reglamentos para la inicio electrónico de demandas y las pautas de funcionamiento para la presentación electrónica de escritos", disponibles en www.justiciasantafe.gov.ar.
A propósito, la Corte recordó que el servicio para la obtención y tramitación del certificado de firma digital y token se puede llevar a cabo en las oficinas dispuestas tanto en los Tribunales de Santa Fe como en los de Rosario, de manera presencial y de forma gratuita. En las sedes del interior los oficiales de registro atienden según el cronograma oportunamente difundido.
Así, el pasado jueves 16 de junio se atendió en los Tribunales de Rafaela y se hará lo propio el martes 21 en Reconquista; y el 23 y 24 del cte. en los Tribunales de San Jorge. En tanto, para obtener turnos o más información, se puede recurrir a la página web del Poder Judicial: www.justiciasantafe.gov.ar