Nuevo planteo por una banca de la minoría en la Cámara de Diputados de Santa Fe
El Frente Amplio por la Soberanía entiende que le corresponde al sector e ingresó un planteo de inconstitucionalidad ante el Tribunal Electoral. Para este cuerpo, la banca le pertenece a Igualdad.
Nuevo planteo por una banca de la minoría en la Cámara de Diputados de Santa Fe
El Frente Amplio por la Soberanía presentó ante el Tribunal Electoral un recurso de inconstitucionalidad pidiendo declare nulo el acta de distribución de bancas por la minoría para la Cámara de Diputados que se constituirá en diciembre por los próximos cuatro años y que resuelva un planteo de fondo de ese sector político.
El Tribunal Electoral adjudicó una banca a Rubén Giustiniani (Igualdad) siguiendo los criterios del sistema D'Hont y sin umbral de votos mientras que el Frente Amplio por la Soberanía entiende que el umbral de votos está vigente y que esa banca le corresponde a Fabián Palo Oliver, el tercero de su sector.
El nuevo escrito pide al Tribunal que no le entregue el diploma ni se le permita asumir a Giustiniani hasta tanto se resuelva en forma definitiva el planteo judicial. "Por efectuadas reservas de derechos y acciones de todo tipo, en particular las de la ley provincial 7055 y de la ley nacional 48, así como para ocurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la prevista en los artículos 2/10 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe", advierte.
Fabián Palo Oliver (Frente Amplio por la Soberanía) y Rubén Giustiniani (Igualdad). Crédito: Mauricio Garín - Luis Cetraro
Exige al Tribunal que disponga la nulidad del Auto N° 0971/2023 del Tribunal Electoral y se ordene la asignación de escaños en la Legislatura provincial de acuerdo a lo normado por el conjunto de normas vigentes del sistema normativo santafesino, y consecuentemente proceda a asignar a. Claudio Fabián Palo Oliver la banca 50° (22° de la minoría), y quedando Rubén Héctor Giustiniani fuera de la lista de diputados electos".
En el escrito deja efectuada la reserva del Recurso Directo (Queja), asimismo, efectuada la reserva del Recurso Extraordinario Federal (ley 48) para acudir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación si fuese denegado en la instancia provincial el pedido formulado. "Dejamos también reservada la vía para acudir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos de San José de Costa Rica por violación de los artículos 23 y 30 de la CADH". Por último, dejan efectuada la reserva de ocurrir ante la comisión correspondiente de la Cámara de Diputados en sesiones preparatorias a impugnar el título del Giustiniani "en el hipotético e improbable caso de que todas las instancias judiciales rechazaran nuestro legítimo reclamo".