Eduardo Lorinz: "No hay causa alguna para intervenir la comuna de Arroyo Leyes"
El presidente de la comisión comunal señaló que Lorenzatto, miembro de la minoría, fue separado del cargo tras ocho meses de inasistencia a reuniones. También habla de la incompatibilidad en el cargo en el Ejecutivo provincial y en la administración local.
Eduardo Lorinz: "No hay causa alguna para intervenir la comuna de Arroyo Leyes"
El presidente comunal de Arroyo Leyes, Eduardo Lorinz, afirmó que "no hay causa alguna para pedir la intervención" de esa comuna del departamento La Capital al salir al cruce del planteo presentado en la Cámara de Diputados por el radical José Corral. En declaraciones a El Litoral, Lorinz defendió la decisión de haber destituido del cargo al miembro de la minoría de esa comuna, Alfredo Lorenzatto, al indicar que durante ocho meses no asistió a las dos reuniones semanales pautadas por actas al inicio de la etapa democrática en diciembre de 2023. Pero también habló de lo que entiende es la incompatibilidad de Lorenzatto quien desde diciembre de 2023 se desempeña como asistente técnico, nivel III en el ministerio de Justicia y Seguridad, de acuerdo al decreto N° 0185 del 27 de diciembre.
"La decisión no es arbitraria, ni autoritaria, es una decisión ajustada a derecho”, dijo Lorinz, presidente comunal de Arroyo Leyes. Foto: Gentileza
El Litoral informó que mediante un proyecto de comunicación, Corral pidió "al Poder Ejecutivo que intervenga, de acuerdo a los mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Comunas Nº 2439, para reestablecer el orden democrático e institucional en la localidad de Arroyo Leyes ante la destitución, ilegal y arbitraria, de Alfredo Lorenzatto como miembro representante por la minoría en la comisión comunal". En los fundamentos, Corral expuso la situación del miembro de la minoría que "ha sido objeto de maniobras de hostigamiento y persecución política", según dice en sus fundamentos.
Este miércoles, el diputado justicialista Marcos Corach se acercó a la comuna de Arroyo Leyes y fue recibido por las autoridades. Luego emitió una serie de tuits donde cuestionó el proyecto de su par radical. "Pará la mano Corral. La gestión de los municipios y comunas se ganan con el voto directo de los vecinos y no inventando excusas para intervenirlas", señaló. Recordó que los vecinos de Arroyo Leyes volvieron a elegir a Eduardo Lorinz para que los gobierne. "El candidato de Corral perdió y encima no honró los votos que tuvo de los vecinos y faltó a casi todas las reuniones de comisión. Ahora pretenden quedarse con la administración de la comuna de prepo. Falseando la realidad. Pidiéndole al gobernador que la intervenga", agregó.
“Nunca asistió”
Lorinz explicó a El Litoral cómo se dio la situación institucional en esa administración, entre ellas la resolución N° 35 del 26 de diciembre donde se establece que las reuniones de comisión comunal se harán los primeros y terceros miércoles de cada mes, desde las 8.30. "El miembro de la minoría nunca asistió a esas reuniones durante ocho meses, nunca aportó proyecto alguno", dice. En la documentación que exhibe Lorinz están las notificaciones enviadas a Lorenzatto sobre las reuniones pero también le hace notar la incompatibilidad del cargo con la función comunal de acuerdo al artículo 24 de la Ley 2439, la orgánica de comunas. "Nos costó encontrar el decreto de la designación como asesor y recién lo encontramos en abril", señala.
Corral expuso la situación del miembro de la minoría que "ha sido objeto de maniobras de hostigamiento y persecución política", según dijo en los fundamentos del proyecto de comunicación. Foto. Archivo
También exhibe la ordenanza N° 17 del 2 de agosto por cual la comisión comunal dispone la cesantía de Lorenzatto "por la incompatibilidad detectada de acuerdo a lo desarrollado en los considerandos y por la falta de asistencia a las reuniones de la comisión comunal por más de dos meses de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 2439" . La misma resolución fue notifica al Tribunal Electoral para que designe al miembro suplente que ocupará la silla por la minoría en esa comuna de cinco miembros titulares.
"Al no asistir a las reuniones, la mayoría de la comisión resolvió -por unanimidad- aplicar lo que señala la ley orgánica", resalta. "La decisión no es arbitraria, ni autoritaria, es una decisión ajustada a derecho. Lorenzatto faltó a las reuniones, no presentó proyecto alguno y no representó a la minoría. Para nosotros incumplió el proceso institucional" señala.
Nota a Ciancio
En las últimas horas se conoció la nota que el desplazado Lorenzatto presentó ante el secretario de Municipios y Comunas, Horacio Ciancio, dando cuenta de la situación que afronta en la comisión comunal de Arroyo Leyes "y la necesidad de que el Poder Ejecutivo tome intervención en el asunto". Allí da cuenta que el miércoles 2 de octubre "me enteré de lo que, considero, una ilegal y arbitraria destitución, hecho que vulnera mis derechos políticos y atenta contra el principio de representatividad y participación democrática garantizado en nuestra Constitución Provincial".
Señala allí que "a partir de las elecciones de 2023, en las cuales obtuve un caudal de votos significativo, he sido objeto de maniobras de hostigamiento y persecución política. Mis discusiones con el presidente comunal, Eduardo Lorinz, estuvieron siempre fuertemente relacionadas con el manejo de los recursos de la Comuna, ya que no existe un mecanismo real de transparencia para que el ciudadano de a pie pueda tener acceso a la información, incluyendo a quienes integramos la Comisión Comunal. Ejemplo de ello es, la página web de Arroyo Leyes, en donde no se han publicado aún balances de ingresos y gastos del año 2024 y las numerosas notas que presenté como miembro comunal".
Tras un largo relato de la situación, Lorenzatto solicito "que se dictamine sobre la arbitraria destitución sufrida -sin posibilidad alguna de defenderme y sin notificarme-, en miras a mi restitución como miembro representante de la minoría y, evalúe la posibilidad de intervención de la comuna para normalizar la situación institucional subvertida conforme al artículo 146 y, en particular, por la exclusión inmotivada de un miembro, previsto en el inciso d) del artículo 147 de la Ley Orgánica de Comunas N° 2439".