Si un ciudadano no se presenta a votar, deberá justificar el motivo para no recibir sanciones. Al respecto, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.
Por otra parte, quienes hayan ido a votar y en el colegio presenten algún síntoma compatible a Covid-19 o de un caso sospechoso también estarán exceptuados de votar.
A su vez, si una persona no concurrió a votar porque se encontraba enferma, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia.
Por otra parte, si el votante se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.
En este sentido, quienes tuvieron que cumplir tareas laborales durante la jornada electoral, tienen derecho a que sus empleadores le otorguen una licencia especial sin descuento salarial alguno para que puedan cumplir con la obligación del voto.
Por otra parte, hay que recordar que el voto es voluntario para los jóvenes de 16 y 17 años y para los mayores de 70.
Vale aclarar, que hay 60 días para realizar estos trámites y justificar la ausencia.
Las personas que no fueron a votar y no tengan justificación, deberán abonar una multa de 50 pesos.
Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación de cada ciudadano.