La Corte Suprema resolvió en su primer acuerdo del año convocar a una audiencia pública para determinar qué hacer con los embriones congelados cuando quienes los preservaron deciden prescindir de ellos.
La fecha aún no está definida. Como en todas las audiencias del órgano judicial nacional, el debate se basa en una demanda en particular, pero oficia como "caso testigo" en un tema que desde hace años requiere un encuadre.
La Corte Suprema resolvió en su primer acuerdo del año convocar a una audiencia pública para determinar qué hacer con los embriones congelados cuando quienes los preservaron deciden prescindir de ellos.
Lo hizo para resolver el caso de una pareja que había criopreservado tres embriones, pero, ante su separación, resolvieron que querían interrumpir ese procedimiento.
Los embriones habían sido concebidos a través de técnicas de reproducción asistida y su preservación estaba, en principio, establecida por tiempo indeterminado.
La clínica en la que los embriones permanecían congelados rechazó el pedido argumentando que existía un vacío legal y que la interrupción de la conservación podría constituir un delito.
La Justicia, en primera instancia, les dio la razón a los dueños del centro de salud, pero la Cámara revirtió el fallo y autorizó a la interrupción de la conservación, lo que en los hechos frustraba cualquier posibilidad futura de esos embriones.
El debate que se avecina gira en torno a si el embrión detenta la condición de humanidad y cuenta con protección establecida en la Constitución Nacional.
Además, el caso obliga a definir e interpretar el alcance del Código Civil y Comercial, que reconoce la existencia de la persona "desde su concepción".
No obstante, en lo específico, indica que "la protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial", que nunca fue sancionada por el Congreso.
En ese escenario, el fallo de Cámara reconoció la validez expresada del "cese de la voluntad procreacional".
"La voluntad procreacional es un elemento central y fundante para la determinación de la filiación cuando se ha producido por técnicas de reproducción humana asistida, con total independencia de si el material genético pertenece a las personas que, efectivamente, tienen la voluntad de ser padres o madres", sostuvo aquel fallo.
La fecha de realización de la audiencia pública será anunciada en los próximos días.
Temas en agenda
Además del caso de los embriones congelados, la Corte resolvió tratar en audiencia pública (aún sin fecha definida) otros dos casos de fuerte impacto jurídico, económico y social.
Así, el máximo tribunal también escuchará públicamente a los protagonistas de una demanda ambiental: dos vecinos de Jujuy que se oponen a la explotación petrolera en el Yacimiento El Caimancito, que explota YPF, dentro del Parque Nacional Calilegua.
Para los demandantes, esa explotación afecta la reserva de biosfera que fue declarada patrimonio natural por la Unesco. Por tal razón, piden que se anule el permiso, el cese de la explotación y la reparación del daño causado.
La tercera de las causas tiene que ver con la polémica sobre el uso de marcas: se trata de una demanda de la firma Veraz, que hace informes crediticios, contra una competidora que había logrado quedarse con muchos clientes usando la palabra “veraz”. La demandante obtuvo fallo favorable en primera y en segunda instancia, pero la empresa competidora apeló ante la Corte.
Como en los otros, se trata de un caso particular que, a la vez, afecta a miles de personas. Pero que, a la vez, tiene las condiciones para ser tomado como referencia en muchos otros casos.