Establecen los lineamientos operativos del programa Potenciar Trabajo
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El Ministerio de Desarrollo Social oficializó este miércoles los lineamientos operativos del programa nacional Potenciar Trabajo, de inclusión socio-productiva y desarrollo local, que precisan los alcances de sus beneficios y los requisitos que deberán reunirse para acceder a sus prestaciones, destinadas a sectores vulnerables.
Se trata de uno de los programas lanzados desde la cartera encabezada por Daniel Arroyo tras la llegada de la pandemia de coronavirus a la Argentina, a fines de marzo pasado, como parte del paquete de medidas para atender su impacto en los sectores más postergados de la sociedad.
La Resolución 285/2020 de Desarrollo Social publicada este miércoles en el Boletín Oficial, precisa que el programa busca "contribuir al mejoramiento a la generación de nuevas propuestas productivas, a través de la terminalidad educativa y la formación laboral, así como la creación de unidades productivas que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica".
Se establece también que la implementación del programa será facultad de la Unidad Gabinete de Asesores para "impulsar la inscripción de las personas que por su situación de vulnerabilidad deban ser incluidas en el mismo".
La iniciativa, de alcance nacional, comprende dos tipos de prestaciones: una económica individual, de percepción periódica y duración determinada, denominada Salario Social Complementario, destinada a mejorar los ingresos de personas de alta vulnerabilidad social y económica, en contraprestación por la tarea realizada por cada titular del programa en las líneas previstas.
La otra prestación implica el otorgamiento de subsidios y/o crédito ministeriales a las unidades de gestión y asociadas para realizar proyectos socio-productivos, socio-laborales y socio-comunitarios que se ejecuten en el marco del programa.
La cuantía inicial del salario social complementario corresponderá al cincuenta por ciento del salario mínimo, y su pago se realizará mensualmente.
Dentro de las actividades y las obligaciones que se hayan acordado en el marco del proyecto socio-productivo, los titulares podrán percibir un incentivo adicional que se determinará en cada caso particular conforme las características de las actividades y obligaciones, establece la norma.
Asimismo, se dispone que podrán ser titulares del programa aquellas personas físicas que se encuentren en situación de "alta vulnerabilidad social y económica", y es compatible con quienes perciban la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, y de otras prestaciones económicas o materiales.
También será compatible con quienes tengan prestaciones de carácter alimentario y para trabajadores independientes que se encuentren inscriptos en el monotributo social y el monotributo autónomo categoría A, trabajador independiente promovido y del servicio doméstico; y con quienes posean hasta un bien inmueble.
En tanto, entre las incompatibilidades para recibir el programa se encuentran: poseer empleo formal registrado, ser prófugo de la justicia, propietario de cualquier tipo de establecimiento abierto al público, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.
Tampoco podrán ser beneficiarios de Potenciar Trabajo quienes perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgados por el Estado, o posean un auto cuya antigüedad sea menor a 10 años, embarciones y/o aeronaves.
Lo mismo para quienes perciben jubilaciones, pensiones y prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección.