El ex presidente boliviano Evo Morales llegó este jueves a la Argentina en avión tras su estancia en México posterior a su derrocamiento y se le concedió asilo político a la espera de ser declarado refugiado, informó el canciller Felipe Solá.
El ex presidente boliviano Evo Morales llegó este jueves a la Argentina en avión tras su estancia en México posterior a su derrocamiento y se le concedió asilo político a la espera de ser declarado refugiado, informó el canciller Felipe Solá.
Solá afirmó este jueves por la mañana que brindó asilo a Morales para poder ingresar al país, pero precisó que el ex mandatario boliviano ya había completado el pedido de refugio, que es una condición diferente y debe ser aprobada por el Ministerio del Interior.
"La diferencia entre el asilo y el refugio es que este último está normado", explicó el ministro y agregó que "en cambio, el asilo no tiene normas, no está reglamentado".
Aunque la figura de asilo no está regulada por una ley propia, como es el caso del refugio, este está especificado dentro la Ley General 26.165 de reconocimiento y protección al refugiado sancionada en 2006.
Si bien ambos instrumentos tienen como fin la protección del solicitante, en la práctica tienen ciertas diferencias.
El asilo, por un lado, es un instrumento de carácter generalmente político y que es otorgado por un Estado a un individuo.
Puede ser asilo diplomático, brindando la nación asilante albergue en la embajada que tiene en el país del asilado, o el territorial, siendo el asilado sustraído por el Estado asilante para obtener refugio en su territorio.
El refugio, en términos generales, se refiere a la noción de una persona que pidió asilo y cuya solicitud fue aceptada.
Sin embargo, el concepto evolucionó con el tiempo y en la actualidad tiene un carácter humanitario, no limitado al hecho de ser perseguido, y suele otorgarse a grupos de personas que tuvieron que huir en masa de sus países por guerras o desastres naturales.
En Argentina, la Ley General 26.165 separa estas dos modalidades de protección internacional y establece que el refugio debe solicitarse en el territorio nacional, aunque también entiende al asilo como la petición que da lugar al refugio.
Mientras la norma especifica las condiciones para ser beneficiario de la protección de refugiado, deja al asilo abierto a otras posibilidades.
Basada en los principios ratificados en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su protocolo de New York de 1967, la normativa argentina establece los derechos del refugiado (no devolución, libre circulación en el territorio, reunificación familiar) y sus obligaciones (respeto de la Constitución y organismos, decir la verdad).
Si bien Solá declaró que el gobierno desea el "compromiso de Evo Morales de no hacer declaraciones políticas en la Argentina", lo cierto es que la ley 26.165 no lo determina.
La legislación es laxa al respecto y no define ningún tipo de prohibiciones políticas, por lo que Morales no cometería ningún acto ilegal si desea hacerlo.
Con información de Télam.