El gobierno nacional presentó entrado el mediodía de este viernes el documento con el que solicitó que sea rechazada la acción de amparo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) que pretende que se declare la invalidez del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei.
Este es uno de los pasos que debían darse para que la justicia pueda avocarse a analizar la validez del capítulo cuestionado: una vez que el ministerio público fiscal emita su opinión, y tras analizar la admisibilidad del planteo en cuestión, la justicia laboral estará en condiciones de dictar sentencia.
Mirá tambiénLlegó a la Corte Suprema el amparo de la CGT contra el DNU y la reforma laboral sigue suspendida"Solo persigue ni más ni menos que reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial", se sostuvo en el informe del Estado Nacional.
Fundamentos de la vía elegida
El documento lleva la firma de la abogada Jorgelina Sonzogno, abogada, en representación del Estado Nacional-Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del ministerio de Capital Humano, continuador del exministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Mirá tambiénLa Justicia confirmó que las causas contra el mega DNU tramitarán por separadoEn el informe, se señaló además que el gobierno eligió la vía del DNU 70/23 porque "resulta clara la severidad de la situación en la que se encuentra la República Argentina, afectada por una crisis tanto económica como social que puede derivar en un deterioro aún mayor y más grave si no se comienza a solucionar la enorme cantidad de problemas originados en esa crisis".
"Frente a este cuadro de situación resulta imperativo adoptar medidas urgentes que ayuden a poner en marcha al país, otorgando mayor libertad a las fuerzas productivas que caracterizan a nuestra República para lo cual la desregulación es una de las herramientas importantes a adoptar", se remarcó.
Sobre los alcances del DNU
En el texto de más de 90 páginas, al que accedió Télam, se señaló que las reformas laborales, en general, "consisten en dinamizar el crecimiento del empleo, formalizar el trabajo no registrado, promover la inserción laboral de colectivos de personas que presentan obstáculos para acceder al mercado de trabajo, incrementar el poder adquisitivo de los salarios e impulsar la participación de la población en el ámbito laboral".
Mirá tambiénLa CGT celebró la decisión judicial que suspende la reforma laboral del decreto 70No obstante, se aclaró que "en la Argentina contemporánea, las problemáticas habitualmente mencionadas para justificar las reformas no se verifican en su totalidad, a pesar de que es evidente que los déficits estructurales de trabajo decente son más que significativos".
"Esto significa que es necesario realizar un trabajo de selección de los indicadores (y las problemáticas) que formaran parte de los fundamentos de la política de reforma, con el propósito de evitar errores y falacias de diagnóstico", se sostuvo en el informe.
En ese sentido, se remarcó que los indicadores que justificarían una reforma como la pretendida en el DNU son, según la presentación del gobierno, los siguientes:
- El poder adquisitivo de los salarios del empleo asalariado registrado del sector privado se encuentra en uno de los niveles más bajos desde enero de 2009.
- La proporción de la población que ocupa un puesto de trabajo asalariado registrado del sector privado se encuentra por debajo de los porcentajes observados durante el período comprendido entre los años 2010 y 2018.
- La incidencia del empleo no registrado en el total del empleo asalariado es una de las más elevadas de los últimos quince años.
Además, el capítulo que objeta la principal representación sindical de los asalariados de la Argentina contempla, entre otras cosas, la ampliación del período de prueba hasta los ocho meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.
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