Faltan reglamentar dos artículos de la vigente ley de Presupuesto
Anses reanudará pagos de anticipos de déficit a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de provincia de Santa Fe
El organismo nacional dictó la resolución que habilita transferencias a niveles históricos. Restan aún acuerdos de pagos de los tres últimos ejercicios.
Anses aún no respondió sobre si está o no de acuerdo con la liquidación de déficit del sistema santafesino. Crédito: Flavio Raina
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dispuso la vuelta de los giros de fondos a las provincias que no han transferido sus regímenes previsionales al Estado Nacional (entre ellas Santa Fe). Será por el equivalente mensual de una doceava parte del último monto del déficit convenido, en concepto de anticipo para el ejercicio 2023 y a cuenta del resultado definitivo del Sistema Previsional Provincial.
La decisión implica que Santa Fe volverá a percibir una suma algo superior a los 990 millones mensuales a cuenta del déficit, pagos que se habían cortado en diciembre último. El pago es "a cuenta del resultado definitivo del Sistema Previsional Provincial, hasta tanto se dicten las normas aclaratorias de los artículos 92 y 93 de la Ley N° 27.701". Esta última es la ley de Presupuesto General de la Nación y desde la provincia se entiende que las transferencias deberían tener una actualización debido a que el monto de 990 millones es por el último convenio entre las partes y que está referido al ejercicio 2019.
"Para Anses, no está claro lo que dice la ley de Presupuesto y pagarán al valor histórico del último convenio que es 2019", señaló Humberto Giobergia, director de la Caja de Jubilaciones y Pensiones a El Litoral. "Según nuestros cálculos la actualización debería llevar la cifra mensual a 4.000 millones de pesos". No obstante, ahora ya está determinado que debe pagar los anticipos de enero, febrero y la semana próxima marzo del corriente año.
Caja de jubilaciones de la provincia de Santa Fe. Crédito: Mauricio Garín
Santa Fe ya remitió toda la documentación relativa al ejercicio 2020 y Anses aún no respondió sobre si está o no de acuerdo con la liquidación de déficit del sistema santafesino y la parte que le corresponde enjugar por no haber sido transferida la Caja santafesina.
"Están pendientes los acuerdos de 2020, 2021 y 2022", señaló Giobergia reconociendo que sobre el último ejercicio recién se enviará la documentación a mediados de año. Anses transfiere anticipos por el financiamiento a provincias y luego debe acordar un plan de pagos sobre el déficit de caja ejercicio.
En el Presupuesto, el artículo 92 ordena a Anses transferir "antes del día 20 de cada mes a aquellas provincias que no transfirieron sus regímenes previsionales al Estado nacional, en concepto de anticipo a cuenta del resultado definitivo del déficit correspondiente a cada sistema previsional, un importe equivalente a una doceava parte del monto total del último déficit anual, provisorio o definitivo, conformado para cada una de ellas". Acota que "cada anticipo mensual incluirá su actualización conforme con las variaciones en el índice de movilidad jubilatoria del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Para calcular dicha actualización se considerará la variación del índice entre el mes de julio del año al cual corresponde el último déficit, provisorio o definitivo, determinado y el mes anterior al del pago de la cuota". En el siguiente artículo se ordena que "una vez determinado el resultado definitivo del déficit previsional anual, se deducirán del monto total a transferir por el Estado nacional los anticipos a valores históricos. La diferencia resultante se actualizará considerando la variación del índice de movilidad jubilatoria del SIPA entre el mes de julio del año que se está cancelando y el mes anterior al del pago". Pero otro artículo, el 94, faculta al Poder Ejecutivo nacional a dictar las normas aclaratorias al régimen dispuesto en los dos artículos anteriores.
En su resolución, Anses señala que "estima necesario el dictado de una norma a efectos de garantizar un piso mínimo de fondos para cubrir las necesidades financieras en la materia, a cuyo efecto, las transferencias mensuales en concepto de anticipo a cuenta del resultado definitivo del déficit del Ejercicio 2023 serán el equivalente a una doceava parte del último déficit total anual, provisorio o definitivo, convenido para cada Provincia de acuerdo con el Decreto N° 730/18 y sus normas complementarias y modificatorias".
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