El juicio por jurados empezaría a aplicarse este año en Santa Fe
Será entre agosto y septiembre, de manera progresiva en las distintas circunscripciones, y sólo para cuatro figuras delictivas. Definen cómo se conformará el padrón de candidatos y las cuestiones operativas.
El juicio por jurados empezaría a aplicarse este año en Santa Fe
El secretario de Justicia de la Provincia, Santiago Mascheroni, confió en que en la segunda mitad del año comenzará a aplicarse en el territorio santafesino el trámite de juicio por jurados. En diálogo con El Litoral, se centró en las implicancias del nuevo mecanismo y en los avances de la Mesa de Implementación para definir los aspectos operativos.
“Hay que asumirlo como parte del desafío de encarar la administración de justicia de un modo democrático y participativo”, sostuvo Santiago Mascheroni. Foto: Flavio Raina/Archivo
Esta Mesa de Implementación está conformada por representantes del Poder Ejecutivo, concretamente Ministerio de Gobierno, y de Seguridad y Justicia, del Poder Judicial, de los colegios de Abogados y Magistrados, y del ámbito académico vinculado al Derecho.
"Hemos avanzado en distintas cuestiones. Una es la elaboración de la matriz de padrón sobre la cual oportunamente se van a tener que sortear los eventuales jurados. Se trabajó con el Padrón Electoral de la Provincia, a través de la Secretaría Electoral. El padrón debe contemplar paridad de género y proporcionalidad de la circunscripciones a la que refiera. No se elige en conjunto: si es Santa Fe, hay que hacer la elección en proporción a la cantidad de habilitados que hay, y lo mismo si es Reconquista, Rafaela, Venado Tuerto o Rosario. Son distintos los universos en cada una de las circunscripciones. Y también proporcionalidad en las edades, en la franja de entre 18 y 75 años.
- Este sería el primer filtro para determinar quiénes podrías participar.
- Así es. Se hace en el padrón, y eso va a ser trabajado con la Secretaría Electoral. Ahí se elimina por incompatibilidad, por una inhabilitación que la ley establece, a todos los profesionales del Derecho, abogados, escribanos, procuradores de ese campo; incluso a quienes enseñen Medicina Legal, aunque no sean abogados.
- Y los abogados, incluso los que no ejerzan, porque aquí se trata de la formación…
- Exactamente. Algunos lo podremos determinar pidiendo información al Colegio. Pero en otros casos puede surgir la incompatibilidad por declaración jurada del interesado, que plantea eso con honestidad, o por que puede operar como causal de tacha en el momento de constituir el jurado propiamente dicho.
- ¿Cómo se van a enterar los ciudadanos?
- Es un padrón que se va a poder consultar, como el electoral. Y a la vez, se celebró con el Poder Judicial un convenio que nos permitirá hacer las notificaciones a jurados y postulantes con el Sistema de Información Judicial, con oficiales de Justicia que explicarán con un instructivo específico las características, el alcance, las modalidades de este sistema.
La Mesa de Implementación está conformada por representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial, pero también de los colegios de Abogados y Magistrados, así como la universidad. Foto: Archivo El Litoral
- ¿Y quienes tengan alguna otra razón para no participar?
- Tenemos también elaborado un modelo de declaración jurada para que el ciudadano o la ciudadana que esté incluido y quiera excusarse o plantear que tiene alguna de las incompatibilidades que la ley establece, lo pueda informar. Porque hay cosas que no las vamos a poder determinar a priori. Por ejemplo, personas que pueden cambiar su estado y ser incompatibles después de que fueron sorteadas. Y otras cuestiones que podemos tener registradas, pero ir variando. Por ejemplo, no podrán ser jurados tampoco los funcionarios nacionales, provinciales o municipales a partir de determinadas categorías. Tampoco los ministros de cualquier culto, las autoridades ejecutivas de las organizaciones o partidos políticos, los condenados, los deudores morosos alimentarios, etcétera. Hay cuestiones que son información sensible, que tampoco la vamos a andar manejando públicamente, y eso quedará cifrado en la información de la que pueda disponer el Poder Judicial. Esto ya está en marcha.
- ¿La aplicación va a comenzar de manera progresiva?
- Estamos analizando por dónde empezar. Porque se acordó en la Comisión que el inicio del proceso sea en alguna de las tres circunscripciones que no tienen tantos casos como Santa Fe o Rosario, es decir, Rafaela, Venado Tuerto o Reconquista. Lo que estamos haciendo ahora es ponderar la existencia de infraestructura adecuada, capacitación del recurso humano y cantidad de casos. Sobre capacitación, la Corte ya nos notificó que ha puesto en marcha el Instituto de Capacitación del Poder Judicial para vincular a los que son los operadores directos de la Justicia que puedan actuar en el juicio por jurado. Lo mismo del MPA y el Servicio de Defensa.
- ¿Y a partir de cuándo comenzaría la implementación?
- Según nuestro criterio, pasado julio, en agosto o septiembre podríamos estar marchando en una o dos circunscripciones, empezando por una. Naturalmente, con los juicios que puedan ser tratados con este sistema, que son solamente los referidos a homicidio calificado, abuso sexual seguido de muerte, robo seguido de muerte o enfrentamiento entre fuerzas de seguridad o penitenciarias con delincuentes. Y esto restringe bastante la actuación. Porque tomando lo que son valores del año 2023, prácticamente la única causa que ha existido es la de homicidio calificado, con lo cual de mantenerse esa situación sería prácticamente la única figura penal que se resolvería en el marco de juicio por jurado. Pero este es un tema que obviamente se va a resolver a partir de los legajos que existan en cada circunscripción.
Padrón y excusaciones
- La excusación tiene que ser por una causal prevista, o una circunstancia razonable, porque se trata de una carga pública...
- Exacto. Los mayores de 70 años pueden por causas fundadas, enfermedad, imposibilidad, solicitar al juez la liberación de la responsabilidad. También las mujeres que estén este el período de lactancia pueden solicitar ser excluidas en el caso de ser sorteadas. Esto la ley lo prevé. Y obviamente cuestiones que pueden ser sobrevinientes. Por ejemplo, un estudiante de abogacía, que en el momento en que sale sorteado ya se recibió.
- Sí. Uno, cuando se es incluido en el gran padrón de jurados y postulantes, y después, el sorteo que se hace específicamente para un juicio. Que después incluye un proceso con observaciones, recusaciones, hasta conformar un cuerpo de 12 miembros titulares y dos suplentes, es decir, 36 personas en total.
Para su conformación “se celebró con el Poder Judicial un convenio que nos permitirá hacer las notificaciones a jurados y postulantes”, apunta el secretario de Justicia provincial. Foto: Archivo El Litoral
- También habrá que resolver otras cuestiones operativas, como el alojamiento de los jurados, la custodia, la reserva de identidad...
- Sí. Con respecto al alojamiento, la ley lo prevé, no como una obligación, sino para el caso de que el juez determine el aislamiento del jurado; que en algunos casos puede no ser necesario. Naturalmente, eso corre por cuenta del Estado. Del mismo modo, hay una remuneración de 1,5 jus por día, que el jurado puede solicitar si quiere. Hay que recordar que el carácter de carga pública aplica también para el empleador de la persona que haya sido sorteada para integrar a un jurado. En cuanto a la custodia no hay un régimen especial, corresponde en general al Estado al igual que para jueces y fiscales. Y obviamente rige la reserva de identidad, y el secreto absoluto respecto de la votación o de la deliberación: nadie puede conocer lo que discutieron o votaron los jurados.
- Hay que comenzar a hacerse a la idea de que le puede tocar a cualquiera, y sin muchos más puntos de referencia que la literatura o las películas…
- Es así. Pero a la vez, podemos tomar como referencia a Entre Ríos, donde ya se está aplicando, al igual que en otras varias provincias. Vamos a hacer acciones conjuntas con ellos y capacitaciones. Pero hay que asumirlo como parte del desafío de encarar la administración de justicia de un modo democrático y participativo. Es la comunidad que juzga a su par, y no tiene que hacer un juicio de naturaleza jurídica, sino determine culpabilidad o no culpabilidad en base a los hechos que se discutieron en el proceso y la prueba que se aportó en el mismo. No existe otra cosa. El marco jurídico lo va a dar el juez en función del veredicto del jurado.