Créditos de los '90, usados para construir cloacas
Promulgan ley que beneficia a 4 ciudades santafesinas endeudadas en dólares
Las municipalidades de Carcarañá, Coronda, Fray Luis Beltrán y San Carlos Centro cuentan con el alivio que votó la Legislatura provincial y derogó un decreto de la Casa Gris que imponía condiciones más duras para la devolución de esos préstamos.
Promulgan ley que beneficia a 4 ciudades santafesinas endeudadas en dólares
Fue registrada con el número 14.084 la ley que crea mejores condiciones de financiación para cuatro municipalidades que aún deben créditos que tomaron en dólares, en la década del '90, para construir cloacas. Carcarañá, Coronda, Fray Luis Beltrán y San Carlos Centro cuentan ahora con un esquema de pagos que termina con el decreto 457 del gobernador Omar Perotti que era rechazado por esas administraciones y que los senadores provinciales primero y los diputados santafesinos luego entendieron que debía ser superado por una norma que termine con la cuestión.
En 2015, luego del fracaso de algunos proyectos legislativos, el entonces gobernador Antonio Bonfatti dispuso por decreto suspender el cobro de esas deudas de las cuatro ciudades con el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (Enhosa) hasta que en abril de 2022 el Poder Ejecutivo Provincial consideró necesario recuperar esos montos que fueron detraídos por la Nación a Santa Fe, que era garante de la operación.
Con la publicación de la mencionada ley en el Boletín Oficial, este 8 de julio, la cuestión tiene un cierre definitivo. El artículo primero que "los importes retenidos a la provincia de Santa Fe de la Coparticipación Federal de Impuestos, en su carácter de avalista" de los préstamos a esas ciudades por deudas con el Banco Interamericano de Desarrollo "serán descontados de la coparticipación de impuestos provinciales que corresponda a los citados municipios "conforme a las siguientes determinaciones, procedimientos y condiciones financieras: a) El total del capital adeudado a retener a cada uno de los municipios surgirá de la suma de los importes que haya pagado la Provincia, convertidos a moneda nacional aplicando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente a la fecha en que la Provincia haya realizado dicho pago, y sin aplicar ninguna actualización ni Intereses; y b) El monto resultante de la determinación conforme al inciso a) se descontará, mediante retención de la coparticipación de impuestos provinciales que le corresponda a cada uno de los municipios mencionados, en ciento veinte (120) cuotas mensuales, iguales y consecutivas".
Para ello, "el Poder Ejecutivo verificará el cumplimiento de las obligaciones específicas que correspondieren a los municipios en función de las cláusulas de los Acuerdos Complementarios celebrados".
La propia ley dispone que para que sean efectivos sus beneficios para las cuatro ciudades sus municipios "sancionarán a través de sus Concejos Municipales las respectivas ordenanzas de adhesión".
La norma promulgada ordena que "las disposiciones del Decreto N° 457/2022, de fecha 22 de marzo de 2022, no serán aplicables para las condiciones de recupero de los importes adeudados y el Poder Ejecutivo deberá adecuar los procedimientos respectivos conforme se dispone en la presente ley".