Límites a las contrataciones y pasantías en el Ministerio Público de la Acusación
La autolimitación impuesta por la fiscal general, María Cecilia Vranicich, es para familiares de funcionarios del MPA. Varias normas confluyen en los considerandos de la medida.
Límites a las contrataciones y pasantías en el Ministerio Público de la Acusación
La fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), María Cecilia Vranicich dispuso poner límites familiares a la contratación de servicios profesionales y al régimen de pasantías que funciona dentro de ese instituto, clave en la persecución del delito.
"Disponer como límite para la vinculación de personas con el MPA en el marco del Régimen de Contratación de Servicios Profesionales y/o Régimen de Pasantías Educativas -Ley N° 26.427- la existencia de un vínculo de matrimonio, convivencia o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad respecto de todos los funcionarios jerárquicos de este Ministerio" establece el artículo uno de la resolución 262 que tiene fecha 24 de agosto de este año, día en que sesionó la Asamblea Legislativa y rechazó varias propuestas de candidatos a fiscales en toda la provincia.
También Vranicich requirió a la Dirección de Recursos Humanos que en cada acto administrativo relativo tanto al régimen de contratación de servicios profesionales como pasantías "se emita informe a la Administración General, debiendo notificar de forma fehaciente respecto de la existencia de vínculos de parentesco mencionados", señala en el punto segundo.
La Ley 13.013 que regula el MPA determina que la Fiscal General es la responsable de la organización y funcionamiento del organismo y el artículo 16 de la norma señala que "corresponde a la Fiscal General determinar la política general de la institución y velar por el cumplimiento de las misiones y funciones institucionales e impartir las instrucciones de carácter general que permitan un mejor desenvolvimiento del servicio".
En los considerandos de la resolución, Vranicich expone desde el inicio del funcionamiento del MPA y a los fines de contar con recursos humanos acordes a las necesidades instituciones se promovió la contratación de profesionales mediante la modalidad locación de servicios, enmarcado en las regulaciones establecidas en el artículo 169 de la Ley 12.510 (de Administración, Eficiencia y Control del Estado), y las pasantías educativas para estudiantes avanzados, reguladas por el régimen estipulado por la Ley nacional 26.427, el que fuera aprobado por el MPA mediante una resolución del año 2020 del entonces fiscal general Jorge Baclini. Se trata de la resolución 235 de dicho año.
La actual fiscal recuerda en los considerandos que la Ley 13.013 "establece como principio de actuación a la transparencia y en su artículo 8 dispone que los miembros del MPA no tendrán privilegios personales y que las únicas prerrogativas admisibles son las previstas por la ley".
También toma la ley provincial 13.230 (Ética en el ejercicio de la función pública) que dispone la observancia y el respeto de los principios de honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana, así como privilegiar el interés públicos sobre el particular.
Con esos considerandos, Vranicich considera "pertinente estipular una autolimitación por parte de esta fiscalía general en relación a las personas a vincularse con el MPA en el marco de los regímenes referidos de contratación y pasantías cuando exista un vínculo de matrimonio, convivencia o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en relación a los funcionarios jerárquicos de este ministerio, entendiéndose como tales a la fiscal general y a los directores de cualquiera de los órganos de apoyo, a los fiscales regionales, secretarios regionales y demás órganos de apoyo de las fiscales regionales, fiscales y fiscales adjuntos.
Irán nuevos pliegos a Legislatura
El Poder Ejecutivo trabaja en el envío de al menos 40 pliegos de jueces para ocupar vacantes en toda la provincia. El objetivo es remitirlos en las próximas horas ante el pedido de la Corte Suprema de Justicia, el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y los cinco colegios de abogados nucleados en la Federación de Colegios de la Abogacía.
La semana pasada en la Asamblea Legislativa, el diputado radical Fabián Bastia, pidió que no envíen nuevos pliegos y que en caso de que esto ocurra serían rechazados por la mayoría de los integrantes de ese cuerpo.
Cabe acotar que por la propia mecánica parlamentaria, la convocatoria a la Asamblea Legislativa será para después de las elecciones del 10 de septiembre. Es más, ninguna de las dos cámaras será convocada antes de esa fecha a las sesiones ordinarias.
El gobernador Omar Perotti tiene múltiples ternas de candidatos seleccionados en diferentes concursos por el Consejo de la Magistratura tanto para jueces y camaristas como para jueces de pequeñas causas, los viejos jueces de paz o comunales.
Trascendió que los pliegos a enviar Legislatura comprendería diez jueces de circuito para distintos puntos de la provincia; cinco jueces penales e igual número de magistrados en civil y comercial de distrito. La nómina contendría tres jueces de cámara civil y comercial; otros tantos jueces civil, comercial y laboral; civil y comercial y jueces penales de menores. Además incluirían dos jueces de cámara civil, comercial y laboral; otros tanto de cámara laboral. En tanto, se completaría con un juez de cámara de circuito, otro de familia, otro laboral y finalmente otro de responsabilidad extracontractual.
Colapso
El Colegio de Abogados de Rafaela, con las delegaciones de abogados de San Cristóbal, de Tostado y de Ceres, más la Asociación de Abogados y Procuradores de Villa Trinidad, Suardi y San Guillermo, enviaron una nota al gobernador Omar Perotti comunicándole que "los departamentos San Cristóbal y 9 de Julio se encuentran en situación de colapso judicial en materia civil, comercial, laboral y de familia".
La nota da cuenta de las vacantes producidas por el acogimiento jubilatorio de Graciela Gutscher, el traslado a un juzgado de Santa Fe de Marisa Malvestiti y del fallecimiento de Haydeé Regonat.
Tras recordar las gestiones realizadas ante el Poder Ejecutivo, la nota afirma que "la realidad es que existe una mora evidente y denegación del servicio de justicia que están padeciendo todos los ciudadanos de los departamentos San Cristóbal y 9 de Julio. En ambos departamentos existen tres juzgados de distrito en el Civil, Comercial y Laboral (Tostado, San Cristóbal y Ceres), y uno de distrito de Familia (San Cristóbal) de los cuales solo hay un solo magistrado en funciones, recordando además que el juzgado de fuero pleno de Tostado asume competencia de causas de un circuito".
En base a esta situación es que los firmantes solicitan se arbitren los medios conducentes a la pronta cobertura de los cargos "a fin de resolver el colapso, que hoy es una realidad, en el sistema judicial de los departamentos San Cristóbal y 9 de Julio".