Viernes 29.12.2023
/Última actualización 13:49
El Gobierno dio a conocer las fechas de los días feriados con fines turísticos para el año 2024, en un esfuerzo por impulsar la actividad turística interna del país. La medida, que se enmarca en la Ley N° 27.399, busca no solo fomentar el turismo, sino también distribuir estratégicamente los días de descanso para mitigar los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.
La legislación existente establece que los feriados nacionales trasladables que coincidan con los días martes y miércoles serán movidos al lunes anterior, mientras que aquellos que caigan en jueves y viernes se trasladarán al lunes siguiente. Además, la ley otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de fijar hasta tres días feriados o no laborables al año con el objetivo específico de promover la actividad turística. Estos días, según la normativa, deben coincidir con los días lunes o viernes.
Cuáles son los feriados
En el decreto recientemente 106/2023 y publicado este viernes en el Boletín Oficial, se especifica que para el año 2024, los días feriados con fines turísticos serán el 1° de abril, el 21 de junio y el 11 de octubre. Estas fechas fueron cuidadosamente seleccionadas para maximizar su impacto en la actividad turística y contribuir a la disminución de la estacionalidad en el sector.
De acuerdo a la norma vigente, el siguiente es el cronograma de feriados nacionales que rige para todo el país, con el correspondiente día en que caerían en 2024:
El siguiente es el cronograma de feriados nacionales que rige para todo el paísFeriados inamovibles
Lunes 1° de enero: Año Nuevo
Lunes 12 y martes 13 de febrero: Carnaval
Domingo 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Viernes 29 de marzo: Viernes Santo
Martes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Miércoles 1° de mayo: Día del Trabajo
Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
Jueves 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
Martes 9 de julio: Día de la Independencia
Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
Miércoles 25 de diciembre: Navidad
Feriados trasladables
Lunes 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Miércoles 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
Cuáles serían los fines de semana largos
Desde el 10 de febrero al 13 de febrero: 4 días de descanso.
Desde el 29 de marzo al 2 de abril: 5 días de descanso.
Desde el 15 de junio al 17 de junio: 3 días de descanso.
Desde el 20 de junio al 23 de junio: 4 días de descanso.
Desde el 11 de octubre al 14 de octubre: 4 días de descanso.
Desde el 16 de noviembre al 18 de noviembre: 3 días de descanso.
El presidente de la Nación Argentina, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Nacional y la Ley Nº 27.399, dejó en claro que la iniciativa tiene como objetivo principal promover el turismo interno y potenciar la economía relacionada con esta industria.
La legislación existente establece que los feriados nacionales trasladables que coincidan con los días martes y miércolesEste enfoque estratégico no solo busca incentivar a los ciudadanos argentinos a explorar su propio país, descubriendo nuevas regiones y destinos turísticos, sino que también tiene como objetivo atraer a visitantes extranjeros. La diversidad geográfica y cultural de Argentina, desde la majestuosidad de la Patagonia hasta la vibrante vida urbana de Buenos Aires, se presenta como un atractivo para turistas de todas partes del mundo.
La medida también tiene en cuenta la importancia del turismo como generador de empleo y motor económico. La distribución de los días feriados a lo largo del año contribuirá a una mejor planificación por parte de la industria turística, permitiendo la creación de ofertas y promociones específicas para cada período, lo que beneficiará tanto a empresas turísticas como a los turistas en busca de experiencias más accesibles.
La Ley de Ministerios N° 22.520, que establece las competencias del Ministerio del Interior, cobra relevancia en este contexto. Entre sus responsabilidades, el ministerio debe ocuparse de los actos de carácter patriótico, efemérides y feriados. La coordinación entre el Gobierno y el Ministerio del Interior es esencial para garantizar la implementación efectiva de estas medidas y su impacto positivo en la sociedad.