Patentes: recomiendan no pagar aún la primera cuota
Funcionarios de API y Economía evalúan cómo hacer operativo el tope estipulado por la Legislatura a los aumentos. Estudian imprimir y distribuir nuevas boletas; se le devolverá el dinero o compensará a quien ya pagó.
Aun cuando difiera del proyecto propio que había remitido a las cámaras, el Poder Ejecutivo promulgará en las próximas horas la ley que sancionó este jueves la Legislatura para poner un tope al aumento a las patentes. Así lo confirmaron a El Litoral fuentes de la Casa Gris, en tanto se aguarda para las próximas horas una serie de reuniones en el ámbito de la Administración Provincial de Impuestos (API) y de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión. Serán encuentros esencialmente operativos para definir, precisamente, cómo se lleva a la práctica el texto de la nueva ley. Porque, como se sabe, el gobierno ya emitió e incluso distribuyó en las principales ciudades la primera cuota de la Patente con los valores originales. Es allí donde se registraron los incrementos abusivos que superaron, en algunos casos, el 120 por ciento.
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No pagar
Si bien el vencimiento de esa primera cuota opera el próximo 15 de marzo – esto, después de que se prorrogara la fecha original que estaba prevista para el 22 de febrero-, la recomendación es no pagar aún. Ésa es la sugerencia vertida desde el Ministerio de Economía y que recogió El Litoral ante las consultas pertinentes.
En las conversaciones de estas horas, la autoridad de aplicación de la nueva ley debe definir de qué manera instrumenta el tope. Es necesario decidir si se realiza una nueva impresión y distribución de boletas, si se carga la información actualizada para que el impuesto se pueda bajar y pagar en su versión on line, o si se opta por un mix que contemple las dos opciones. Ante cualquiera de los escenarios que se elija, la recomendación es la misma: no pagar aún. Las fuentes consultadas advirtieron, incluso, que si es necesario volver a prorrogar el vencimiento de la primera cuota hasta tanto se defina operativamente cómo aplicar la norma, así se hará.
Respecto de los contribuyentes que ya efectivizaron el pago inicial del impuesto, API definirá si establece una compensación a través de los sucesivos que resten cancelar, o si se devuelve el dinero. Lo propio sucederá con quienes hayan pagado todo el año; si los aumentos superaron el tope establecido ahora por ley, se realizará una "reliquidación" y se establecerá un "saldo a favor" del contribuyente.