Pedido de informes del PJ sobre los concursos para jueces de ejecución penal
El jueves 29 la Asamblea Legislativa tratará tres pliegos cuyo envío por parte del Poder Ejecutivo Provincial cuestiona la oposición. Primero hubo un comunicado del Partido Justicialista y de inmediato repercusiones en la Cámara alta.
El Bloque Justicialista del Senado de Santa Fe. En el centro, su presidente Rubén Pirola (Las Colonias), flanqueado por Armando Traferri (San Lorenzo) y Alcides Calvo (Castellanos). Abajo, Osvaldo Hugo Sosa (Vera) y Eduardo Rosconi (Caseros). Gentileza Cámara de Senadores
Mediante un pedido de informes, el bloque de senadores del PJ pide precisiones a la Casa Gris sobre el envío de tres pliegos de candidatos a jueces de ejecución penal. La minuta fue aprobada como es costumbre por unanimidad por la Cámara alta de la Legislatura el jueves 8, porque se parte de la base de que el control de los actos de gobierno por los legisladores requiere saber de ellos y preguntar.
El oficialismo tiene cómodos números (14 bancas sobre 19) y votó afirmativamente por respeto a esa sana tradición legislativa. Acaso como un gesto en el mismo sentido, desde la minoritaria bancada del peronismo se optó por no hacer comentarios sobre el texto votado. Ni siquiera cuando se leyó la convocatoria de la presidenta del Senado, la vicegobernadora Gisela Scaglia, para que el jueves 29 la Asamblea Legislativa trate, a las 13, "el pedido del Poder Ejecutivo de acuerdo legislativo para la designación de un Vocal de Cámara de Apelación de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria, Circunscripción Judicial N° 1, Tribunales con asiento en la ciudad de Santa Fe; y dos Vocales de Cámara de Apelación de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria, Circunscripción Judicial N° 2, Tribunales con asiento en la ciudad de Rosario".
Son breves los considerandos del texto firmado por los cinco senadores encabezados por el presidente de la bancada, Rubén Pirola. Indican que el bloque está al tanto del ingreso de los pliegos del Ejecutivo "para las vacantes judiciales que en el cuerpo en el pedido de informes se individualiza" y que "simultáneamente se ha recibido un pedido de la Presidencia del Partido Justicialista observando la existencia de posibles apartamientos al criterio de merito técnico de los postulantes propuestos, lo que afectaría la calidad de los pliegos y el principio de igualdad que asiste a los postulantes que superen las instancias de concurso sobre la base del merito de su desempeño y antecedentes".
Y sigue: "a efectos de no dar por supuestos los extremos mencionados se entiende necesario solicitar precisiones al Poder Ejecutivo para que sean evacuadas antes que esta Legislatura deba considerar los pliegos en la Comisión de Acuerdos".
"El principio de transparencia de los actos públicos, la igualdad de derechos y el merito técnico constituyen los pilares esenciales de la credibilidad del procedimiento de selección para la cobertura de cargos judiciales, por lo que la afectación de los mismos no solo conspira contra la credibilidad social de las instituciones sino también contra la voluntad manifiesta del Partido Justicialista de promover el acceso de los mas aptos para un mejor servicio de justicia".
El pedido de informes pide precisiones sobre cuatro aspectos, que a continuación se reproducen: "1) Desempeño técnico e instancias de aprobación de los postulantes Valeria Pia Haurigot, Horacio Hugo Pueyrredón y Mario Guedes Javier, correspondiente al concurso de Vocales de Cámara de Apelaciones de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria de la Circunscripciones 1 y 2; 2) Especifique si los mencionados han obtenido la condición de aprobado en cada una de las instancias de manera directa o en alguno de los supuestos la misma se ha adquirido por vía de recurso o reconsideración administrativa dispuesta por autoridad política o instancia superior del Consejo de la Magistratura o cualquier otra ajena a los Jurados de Evaluación dispuestos para los concursos. En su caso, especifique número de trámite de recurso interpuesto y acto administrativo o preveido que se hubiese dictado a tal efecto; 3) Indique si, fuera de los postulantes mencionados, existen otros que hubiesen recurrido (para los concursos de las citadas vacantes) las instancias de calificaciones y si el criterio y tratamiento respecto de estas peticiones ha sido idéntico; 4) De manifestarse por la afirmativa el Poder Ejecutivo respecto de las particulares condiciones de promoción de los citados pliegos sírvase explicitar los argumentos por los cuales considera que tal criterio repercute favorablemente en la calidad de los procesos de selección y del perfil de los cargos funcionales, excepción hecha de la simple cobertura de la vacante".
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