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De cara a la votación del martes

El presupuesto relanzó el debate de si los jueces deben pagar Ganancias

La ley vigente establece que deben hacerlo quienes ingresaron a partir de 2017. La cláusula incorporada se extiende a todos y alcanza también a los empleados del Poder Judicial. Consensos políticos, resistencias judiciales, pulseada en los tribunales y conversaciones para acotarlo al básico.

El presupuesto relanzó el debate de si los jueces deben pagar GananciasEl presupuesto relanzó el debate de si los jueces deben pagar Ganancias

Viernes 21.10.2022
 16:11
Emerio Agretti
Emerio Agretti

En medio de la discusión del Presupuesto 2023 en la Cámara de Diputados de la Nación, que el martes llegará al recinto, el oficialismo incluyó un artículo para que todos los jueces e integrantes del Poder Judicial comiencen a pagar el impuesto a las Ganancias. Algo resistido, incluso mediante amparos, por las agrupaciones de magistrados, con el argumento de la "intangibilidad" salarial dispuesta por la Constitución Nacional. Y que se hace extensiva también a funcionarios y empleados de los tribunales.

"Los trabajadores que ganan más de $ 330.000 pagan Ganancias, y los Jueces de la Corte Suprema y menores niveles, que ganan $ 1.000.000 o $ 2.000.000 mensuales no pagan. El Presidente de la Nación y sus Ministros, y los Legisladores, PAGAMOS", argumentó el diputado entrerriano Marcelo Casaretto, impulsor de la incorporación. Que tomó como base argumentativa, además, una "separata" incluida por Sergio Massa en proyecto de Presupuesto, donde se indica cómo impactan sobre las cuentas públicas las distintas exenciones impositivas que benefician a algunos sectores. Según el Ministerio de Economía, cobrando Ganancias a jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial se podrían sumar $237.000 millones a la recaudación. "A esta altura, eso es un PRIVILEGIO inaceptable en la sociedad argentina. Todos tenemos que ser IGUALES ante la Ley", disparó Casaretto en su cuenta de Twitter.

Apoyos y rechazos

La iniciativa recogió apoyos en la oposición, aunque los distintos bloques no acordaron con todo el contenido del dictamen de la mayoría (que tampoco estaba completamente definido), y se reservan la decisión de acompañar o no los distintos artículos del presupuesto. Sobre éste en particular, advirtieron acerca de la necesidad de ver cómo queda la redacción final y también que no exponga a toda la norma a la paralización por vía de amparos judiciales. Desde la Coalición Cívica fueron más allá, y lo consideraron como una disposición sin viabilidad de aplicación práctica, y una mera maniobra distractiva "para que nadie hable de que metieron un artículo para elevar los impuestos internos de los productos electrónicos, a las prepagas y la facultad que se le da al Poder Ejecutivo para modificar las retenciones hasta diciembre de 2023″.

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Las distintas agrupaciones de jueces, que en la elecciones del Consejo de la Magistratura fueron representadas en tres listas con mayor o menor grado de afinidad o distancia con el Poder Ejecutivo, coinciden en términos generales en el rechazo a la iniciativa, lanzaron críticos pronunciamientos e iniciaron conversaciones con legisladores. En algunos casos, para anticipar un cerrado rechazo por la vía de la presentación de amparos, en otros para habilitar la posibilidad de discutir que la aplicación sea extendida en cuanto a los sujetos alcanzados, pero acotada en la base imponible. Y que no tome la totalidad de los ingresos salariales, como dice hoy la cláusula, sino solamente el sueldo básico.

Antecedentes

El debate sobre si los jueces deben o no pagar Impuesto a las Ganancias es repuesto reiteradamente en la agenda pública, tomando como base criterios de fondo, como la intangibilidad de las remuneraciones de los jueces o la existencia de un "privilegio", y pasando por el rechazo a que el propio salario como tal sea base imponible de este gravamen.

En el año 1973, siguiendo el criterio sentado por el Máximo Tribunal de la Nación en diversos fallos, el Congreso nacional sancionó la ley 20.628 que eximió del impuesto a las ganancias a los jueces y funcionarios equiparados. En 1996, el Congreso sancionó la ley 24.631 que eliminaba el artículo de la ley Ganancias que eximía del pago a los sueldos de los magistrados. Sin embargo, la Corte Suprema de entonces dictó una acordada y declaró inaplicable la norma, amparándose justamente en el artículo 110 de la Constitución, que establece que los jueces recibirán una compensación por sus servicios que "no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones".

En diciembre de 2016, impulsada por el diputado y consejero de la Magistratura Pablo Tonelli (PRO) se sancionó la ley 27.346, por la cual pagan Ganancias todos los magistrados que asumieron a partir del 1º de enero de 2017.

Sin embargo, su aplicación para quienes ya se desempeñaban en la Justicia (y fueron nombrados en otro cargo en la fecha fijada) fue frenada por un amparo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia nacional. La Corte Suprema revocó esa medida cautelar y resolvió la constitucionalidad de la norma. En su acordada sostuvo que todos los que juraron a partir del 1 de enero de 2017 – no solo los que vienen del ámbito privado, sino también los de carrera judicial–, debían pagar el gravamen.

Perspectivas

El texto incluido ahora en el Presupuesto establece que "en el caso de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, la totalidad de sus ingresos se incluirán dentro de los ingresos gravados, independientemente de la fecha de su nombramiento, y por todos los conceptos que integran sus remuneraciones", agregó.

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Con 300 jueces que pagan y unas 200 vacantes, los que no pagan son menos de la mitad, de un total de cerca de 700 magistrados nacionales y federales de todo el país.

"La ley va a dar lugar a un planteo de inconstitucionalidad. Los jueces (también los empleados judiciales) consideran que tienen un derecho adquirido a no pagar Ganancias. Si le aplican el impuesto entienden que es una disminución del sueldo y la Constitución establece que no se le puede disminuir el salario a los jueces. Es muy probable que haya una defensa corporativa de esto. Pero hay que ver si finalmente la Corte Suprema se bancaría ratificar un fallo que defiende privilegios", señaló el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, en diálogo con TN.

"El momento es apropiado para que avance el tema. Porque hay una situación económica y una crisis social muy grande y va a ser un costo político enorme para el Poder Judicial defender el no pago de impuesto, cuando hay sueldos bien arriba de un millón de pesos. Puede demorar, pero si el Estado eventualmente va con un per saltum, la Corte podría tener que pronunciarse medianamente rápido", agregó Gil Domínguez.

Por su parte, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay consideró que "es muy difícil saber el desenlace. Tal vez, en este momento a diferencia de otros, sea más difícil declararlo inconstitucional por el efecto que podría tener en la sociedad en contra de los jueces. Pero hasta ahora siempre lo han declarado inconstitucional. Es difícil de vaticinar".

#TEMAS:
Cámara de Diputados de la Nación

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