Proponen que no sea excarcelable la portación ilegal de armas en Santa Fe
El gobernador Perotti remitió el proyecto con las reformas al Código Procesal Penal. Lo había anunciado horas antes en Rosario. Una iniciativa similar ingresó el diputado Oscar Martínez en septiembre del año pasado y no tuvo avances en comisiones.
Archivo El Ejecutivo quiere endurecer la sanción a los que porten armas en forma ilegal.
El Poder Ejecutivo ingresó por la Cámara de Diputados un proyecto con modificaciones parciales al Código Procesal Penal santafesino con el objetivo de evitar la excarcelación de personas detenidas por la portación ilegal de armas de fuego. "La modificación del marco legal nos permitirá acciones de prevención más fuertes en resguardo de la población", sostuvo este martes en Rosario el gobernador al confirmar la decisión que se plasmó a última hora de la tarde. "El hombre que va armado y no tiene autorización, es porque está en acción de robo o está listo para un enfrentamiento entre bandas o para participar en una balacera. Queremos que la modificación de ese marco legal nos permita tener una acción fuerte de prevención en resguardo de la población", acotó en mandatario en la ciudad del sur.
"Con esta iniciativa del Poder Ejecutivo, a través de la modificación del Código Procesal Penal pretende modificar la dimensión procesal de la prisión preventiva -donde la provincia tiene competencia en virtud del reparto federal de atribuciones que realiza la Constitución Nacional-, procurando que aquellos delitos que se realicen con la utilización de armas de fuego sean susceptibles de prisión preventiva, independientemente de la cuantificación en abstracto que se pueda hacer de la pena que corresponda al caso en el momento de dictarse sentencia definitiva" explica en el comienzo del mensaje. Sabiendo la polémica que el tema suscita, agrega la introducción que "el proyecto no desconoce el principio básico constitucional de presunción de inocencia del imputado durante la sustanciación del proceso sino que, en virtud de las atribuciones que tiene el legislador, busca limitar el principio razonablemente cuando los delitos importen una lesión mayor al ordenamiento jurídico en virtud de los medios que se emplean para realizarse".
Los artículos a modificar serían el 219 y el 220. El primero refiere a las medidas cautelares no privativas de la libertad y el segundo a la procedencia de la prisión preventiva.
En la Cámara de Diputados fue Oscar Martínez (100% Santafesino) quien propuso discutir el tema e ingresó en septiembre del año pasado un proyecto para modificar el artículo 221 que refiere a la peligrosidad procesal pero que nunca tuvo dictámenes de las comisiones. Semanas atrás pidió el tratamiento preferencial pero no tuvo apoyo del pleno del cuerpo.
El mensaje enviado a Legislatura cita legislación comparada de otras provincias argentinas e incluso de países europeos para afirmar que "en todos los casos la facultad de elegir por un mecanismo u otro es del legislador provincial que se encuentra constitucionalmente facultado para hacerlo".
Agrega en los considerandos que "la norma propuesta es constitucionalmente posible en virtud de encontrarse dentro del marco epistemológico donde el legislador puede decidir con validez. Pero también es constitucionalmente posible en virtud de no eliminar el principio de libertad sino que se limita razonablemente en virtud de un fin constitucionalmente válido como es el de 'afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad' y, su razonabilidad consiste en limitar el principio a una especie concreta de modalidad de perpetración de delitos que, por su gravedad, asiduidad y violencia hacia las personas queda palmariamente justificado".
Así la propuesta del Poder Ejecutivo pasa por agregar un párrafo final al artículo 219 sobre medidas cautelares no privativas de la libertad. Ese inciso diría: "Sin perjuicio de lo establecido previamente, no procederán las medidas cautelares no privativas de la libertad cuando el hecho haya sido cometido con arma de fuego y en caso de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre, si el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento. Siempre y cuando existan elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho".
La otra reforma es un párrafo en el artículo 220 sobre la procedencia de la prisión preventiva.
Entrevistas y Asamblea
Para este jueves está citada la Asamblea Legislativa para considerar los primeros catorce pliegos para jueces de primera y segunda instancia en distintos asentamientos judiciales de la provincia. Este miércoles están citados los postulados por el Poder Ejecutivo para la entrevista con los integrantes de la Comisión de Acuerdos. No obstante, la Asamblea Legislativa pasará para la semana próxima, adelantaron dos integrantes de la Comisión de Acuerdos a El Litoral. "No habrá dictámenes para la Asamblea del jueves" se señaló.
Tomaremos acciones que tienen que ver con las balaceras. Tenemos un proyecto de ley para promover modificaciones legales. La persona que esté transitando con un arma de fuego sin autorización no podrá quedar en libertad. Ese delito no puede ser excarcelable".