Podemos borrar un contenido de nuestras redes, pero ¿desaparece nuestro pasado digital? Un experto aporta estrategias para ejercer algún control sobre nuestras publicaciones, pero distingue entre derecho al olvido y derecho a la supresión de datos.
"El resguardo de la privacidad está en nuestras manos". Así podría resumirse el concepto que intenta transmitir Marcelo Temperini, abogado especialista en Cibercrimen, cada vez que se lo consulta sobre lo que hacemos (y sobre cómo podemos resolver los efectos de lo que hacemos mal) en ese mundo infinito que es el ciberespacio. El concepto suena a ciencia ficción pero no: es real. Es el entorno en el que nos movemos muchos de nosotros todos los días, mientras vamos dejando nuestra huella en fotos, comentarios, datos personales, opiniones y gustos.
El inminente debate por el derecho al olvido, en el marco de la audiencia convocada por la Corte Suprema de Justicia nacional para el próximo 17 de marzo, otorga contexto a este diálogo con el experto, socio de AsegurarTe: Consultora en Seguridad de la Información.
- Más allá de la información que pueda derivar en una estafa económica, ¿qué riesgo conlleva visibilizarnos, nosotros y a nuestros actos, en las redes sociales?
- Inicialmente hay que pensar en la privacidad, un concepto al que no se otorga, al menos en Latinoamérica, la importancia que debería tener. Cuando publicamos nuestros actos sin medir las consecuencias, lo que estamos cediendo es privacidad para que cualquier tercero, más allá de sus malas o buenas intenciones, tenga conocimiento acerca de nuestra vida. Desde el derecho, la privacidad ha sido originalmente definida como el "derecho a estar solo". Sería importante reflexionar sobre qué información es para mi, cuál para mis familiares y personas cercanas y que tipo de información accede cualquier extraño. Recomendamos googlear "privacidad" y mirar algunas de las tantas campañas existentes en internet.
Otro de los posibles riesgos de las publicaciones en redes sociales, tiene que ver con los posibles delitos sexuales. Muchos de los casos de corrupción de menores, como grooming, se inician con una investigación preliminar sobre la víctima, que tiene publicada información sobre sus intereses y gustos que permite que el groomer consiga ganarse la confianza de la víctima. De esta manera, el delincuente puede construir una identidad falsa que logra generar confianza para dar el siguiente paso que es conseguir el intercambio de fotos y videos íntimos, hasta llegar a lograr una extorsión. Ese trabajo de "inteligencia" es posible porque las personas publican demasiada información acerca de su vida privada.
- ¿Qué es lo que no deberíamos publicar nunca?
- Entre la información que no deberíamos publicar nunca, se encuentran las credenciales financieras (tarjeta de crédito, por ejemplo) y fotos del documento de identidad. Está muy instalado que para distintos trámites se pide la imagen de frente y dorso del DNI; y eso es algo que debería dejar de hacerse. En la actualidad, la digitalización de los trámites genera un problema extra para la ciudadanía porque los controles se suavizan en pos de esa virtualidad. Entonces, la persona ya no concurre a una oficina a mostrar el documento sino que lo manda por una vía virtual y eso puede dar lugar a estafas. En segundo lugar, en el documento está publicado el número de trámite que hoy permite hacer operaciones que, si son realizadas por un tercero con fines de estafa, pueden complicar la vida de una persona.
- Por otra parte, ¿cómo controlamos lo que se publica de nosotros?
- Cada cierto tiempo conviene hacer un egosearch que básicamente consiste en buscarse a uno mismo en Internet y tener cierto control de lo que hay allí. Hay información que puede aparecer como pública en las redes y al revisarla conviene observar si nos sentimos cómodos con lo que uno mismo publica. Pero también puede haber información publicada por terceros que nos puede afectar. La recomendación es que la persona ponga su nombre, apellido, correo y verifique dónde aparecen publicados sus datos. Google tiene una herramienta que son las alertas que envían un correo para avisar que hay un nuevo contenido indexado por ellos en el que aparece nuestro nombre. Así podemos entrar y verificar qué fue lo que se publicó.
- ¿Estás de acuerdo con que exista una suerte de formulario para eliminar información de particulares en la web, como en países europeos? ¿Técnicamente es viable?
- Hay que tomarlo con cierta precaución. Por un lado me parece bueno que las empresas tengan una "ventanilla virtual" donde cada uno pueda ejercer su derecho y pedir la supresión de determinado dato. El tema es que no cualquier dato debería poder borrarse tan sencillamente con un pedido privado. Hay distintas posturas en el mundo al respecto, pero Argentina funciona bajo la modalidad de "Notice and take down", que básicamente significa que es un juez quien debe ordenar dar de baja un contenido (por ejemplo una noticia) que tiene determinada información sobre mi persona. Por ejemplo, si El Litoral quedara obligado a eliminar una noticia en la que aparece mi nombre porque no me gusta lo que se dijo sobre mi, Internet pasaría a ser una especie de centro de información recortado según el gusto de las personas. Esa es la peligrosidad: me parece riesgoso que quede en manos de un privado la decisión de qué información corresponde eliminar o no porque para eso está la justicia. Por eso creo que la opción Argentina es más adecuada ya que pide un previo análisis legal para establecer si es viable o no el pedido de eliminación de información.
Con respecto al aspecto técnico, es posible su eliminación siempre que exista algún responsable del envío o publicación del contenido. Por ejemplo, cuando una empresa manda publicidad, generalmente da la opción de "darse de baja", algo que legalmente es obligatorio. Sin embargo, puede ser mucho más problemático cuando me interesa que se eliminen mis datos de un blog o sitio web anónimo, que es definitiva gran parte del problema que ha disparado los conocidos casos judiciales en Argentina contra Google.
- ¿Conocés algún caso en Santa Fe de una persona que haya pedido que se eliminen archivos o datos suyos?
- Hemos participado en algunos casos de supresión de información, no por vía judicial sino por vía privada, ya que algunas veces en las redes sociales se puede dar de baja (una información) si se justifica la afectación a la privacidad o se puede demostrar propiedad intelectual sobre el contenido (como una foto, por ejemplo). No tengo conocimiento cierto de casos que hayan seguido el camino legal como en los fallos judiciales que se conocen a nivel nacional (N. de la R.: el caso de Natalia Denegri).
- ¿Todo queda guardado en la memoria informática? Cuando borramos una foto, un posteo o un tuit, ¿realmente lo borramos?
- La verdad es que es muy difícil que se borre definitivamente. Imaginemos un libro con un índice que nos lleva a los distintos capítulos. Cuando se borra un archivo lo que se hace es quitarlo del índice, pero las hojas siguen existiendo en el libro. Por eso siempre es posible hacer procesos de recuperación de información que es lo que hacemos cuando trabajamos en pericias informáticas. Cuando Twitter te dice que borró tu cuenta, es técnicamente incomprobable que se haya borrado. De hecho, si das de baja a tu cuenta en Facebook y al mes volvés a entrar, sigue teniendo toda tu información y, además, te dice "gracias por volver". Por eso uno de los grandes desafíos es demostrar que la información fue definitivamente eliminada. En el caso de Cambridge Analytica y Facebook se planteó ese problema por la venta de una base de datos que luego fue utilizada para manipular las elecciones en Estados Unidos. Por eso una de las cosas que se reclamó a Facebook y de ahí a los programadores fue que se demuestre que la información había sido borrada en forma definitiva. En muchos casos, la información que se sube a internet, nunca más se puede bajar (o garantizar su eliminación), ni aún con sentencias judiciales firmes.
En definitiva, es importante considerar que se debe analizar cada caso en concreto, en concordancia con la normativa vigente en materia de datos personales y no generar en la gente la falsa ilusión de que por mi "derecho al olvido" puedo hacer borrar cualquier información que no me gusta de internet. Por eso es necesario distinguir entre derecho a la supresión de datos y el derecho al olvido; ambos muy parecidos, pero desde lo jurídico, distintos.