Por ley, quieren que la tarjeta ajena "se mire y no se toque"
Ya son dos las provincias que han fijado reglas para evitar duplicaciones y robos en los comercios sobre el llamado dinero plástico. Primero lo hizo Neuquén y su experiencia positiva se trasladó a Río Negro. En Santa Fe el debate recién comienza.
Por ley, quieren que la tarjeta ajena "se mire y no se toque"
En los asuntos entrados de la próxima sesión de la Cámara alta santafesina figurará una iniciativa que busca regular la "manipulación" del dinero plástico a fin de evitar que sean clonados sus códigos e información para habilitar las transacciones. El tema estaba en los Asuntos Entrados de la reunión convocada para el pasado jueves 24 pero la cuestión fue postergada, al igual que la sesión.
Quien lea el texto propuesto por el senador justicialista por el departamento Castellanos, Alcides Calvo, verá que, en pocas palabras, en adelante ni los clientes podrán entregar sus tarjetas de crédito o débito a los empleados de un comercio al momento de pagar, ni mucho menos estos solicitarlas para llevarlas a otro ámbito.
Es más, deberá ser el propio usuario de ese sistema de pago quien, sin soltar su tarjeta, sea quien la pase por el equipo lector de bandas magnéticas o chips. Va a regir un liso y llano "se mira y no se toca" y nadie deberá hacerse el ofendido.
En los fundamentos de la iniciativa, el jefe del bloque Lealtad dice que "el mundo ha cambiado la forma de las relaciones comerciales incluyendo sistemas de facilidad de pago" y que "las legislaciones de los países se han ido aggiornando a estas nuevas acciones, con el objetivo de facilitar el flujo de dinero tanto en las operaciones de compraventa como en el sistema del pago de servicios", y que las regulaciones deben evitar las "acciones delictivas y fraudulentas" y "proteger a los consumidores y usuarios de bienes y servicios.".
Procedimiento
Cuando no se paga con efectivo, regirá la ley propuesta cuyo objeto es "regular la manipulación en el uso de tarjetas de crédito y débito en la Provincia de Santa Fe".
El segundo artículo describe cómo deben llevarse el cobro de un bien o servicio, con dinero plástico: "las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los titulares a cuyo nombre se han emitido, para que puedan visualizar la operación comercial desde el inicio de la misma, con el pase de la tarjeta de crédito o débito, hasta la emisión del ticket de pago".
A los fines del cumplimiento de la norma, "el posnet o dispositivo de cobro debe estar ubicado en un lugar visible que permita su fácil y cómoda utilización de parte del titular de la tarjeta", no del empleado del comercio.
El tercer artículo indica que para la "constatación de datos" los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito "deben requerirle al titular que las exhiba de modo que puedan verlas adecuadamente para constatar que los datos y la firma contenidos en ellas coincidan con los del documento nacional de identidad de quien las porta", no que las entregue.
En cuanto a la autoridad de aplicación, se establece que la Secretaría de Comercio Interior y Servicios de hacer cumplir la norma y también "instrumentar una campaña de concientización, información y capacitación respecto al uso de las tarjetas, exhibiéndose en un lugar visible de los comercios".
Luego, en su artículo 5to, el proyecto indica que "a los efectos de cumplir con la presente ley, el proveedor o comercio adherido al sistema de tarjetas de débito o crédito debe acondicionar, en el plazo de noventa días a partir de la entrada en vigencia de esta ley, sus dispositivos de cobro electrónico". El texto no fija sanciones pero deja establecido que la autoridad de aplicación deberá establecerlas "en forma gradual"
En los fundamentos, Calvo explica que "la iniciativa presentada tiene por objeto evitar lo que en el mundo se llama 'skimming', que es un delito que consiste en extraer los datos de la tarjeta de crédito o débito en el punto de venta, y usar esos datos para fabricar tarjetas de crédito falsas o comprar artículos utilizando los datos y garantizar la transparencia en las transacciones. Ello con la finalidad de mejorar el sistema de relaciones de pago electrónico y seguir afianzando los derechos que le competen al consumidor o usuario y las obligaciones del proveedor propendiendo al bien común comercial con la consecuente búsqueda de reducción de denuncias por cobros indebidos por el uso del sistema".
Desde el sur
Primero la provincia de Neuquén y luego de la Río Negro a partir de aquella experiencia vecina regularon por ley cómo debe manipularse el dinero plástico en los comercios.
La provincia de nombre capicúa fue la primera en legislar la cuestión, en enero de 2022, bajo una fórmula más que clara: "Se prohibe a los proveedores de servicios o comercios adheridos al sistema de tarjetas de débito o crédito requerir su entrega, a los titulares o adicionales para realizar operaciones. Las tarjetas deben ser manipuladas únicamente por los titulares usuarios a cuyo nombre se han emitido", en una norma de 7 artículos.
Luego, en julio pasado, con bastante más repercusión pública nacional por el aumento de las estafas con tarjetas los rionegrinos copiaron la norma exitosa al otro lado del Río Colorado (entre otros límites interprovinciales de esos estados patagónicos).
En ambas hubo campañas de difusión en medios de comunicación para que sea parte del pasado el hábito de los clientes de entregar a otras personas sus tarjetas. Y de los comercios de requerirlas.