Dos proyectos de ley para los médicos y enfermeros que lucharon contra la pandemia
Con apoyo gremial y aplausos desde las barras ingresaron una iniciativa para crear un cómputo jubilatorio diferencial para quienes estuvieron en la atención efectiva del Covid-19 y otra para facilitar su nombramiento sin tener en cuanta edad y antigüedad laboral.
Dos proyectos de ley para los médicos y enfermeros que lucharon contra la pandemia
Con el compromiso de un rápido tratamiento en comisiones, ingresaron para su estudio al Senado de la Provincia de Santa Fe dos proyectos de ley que buscan otorgar beneficios a los médicos, enfermeros y otros trabajadores de los equipos de salud que enfrentaron la pandemia en el ámbito público.
En un caso, se trata de otorgar beneficios a la hora de la jubilación; en otro de hacerlo para facilitar el ingreso a planta permanente sin tener en cuenta las condiciones de edad y antigüedad laboral que hoy están vigentes, siempre que se trate contratados -profesionales o no- que fueron parte de las áreas Covid-19 donde todo era prevención extrema para evitar los contagios, mucho antes de que se llegara al desarrollo de las vacunas que permitieron superar un momento dramático para la humanidad.
Se trata de dos expedientes que fueron saludados desde las barras con aplausos. Dirigentes del Sindicato de Profesionales Universitarios de la Salud y de la Asociación de Médicos de la República Argentina, con sus banderas de Siprus y Amra estuvieron en la Cámara para apoyar desde su ingreso a las dos iniciativas.
Pocas veces presencian en las barras los directamente interesados el simple ingreso de un proyecto de ley. Ocurrió esta vez y eso generó algunas intervenciones más de los legisladores que los compromete con el tratamiento y la media sanción.
En un caso, Guillermo Cornaglia (PJ-Nes-Belgrano) se extendió sobre la necesidad de que se avance en "un acto de justicia" para que haya un reconocimiento con un cómputo diferencial para los trabajadores del ámbito de la salud que efectivamente estuvieron en la lucha contra el coronavirus. No solo por enfrentar más riesgos que los habituales en su labor, sino por haber tenido que pasar jornadas agotadoras con escasos recursos humanos de reemplazo y no menos angustias de llevar a sus familias, una enfermedad que aún no tenía una vacuna que prevenga sus peores efectos.
Pocos lo recuerdan pero hubo vacunas VIP para funcionarios políticos nacionales acomodados durante la gestión de Ginés González García, en febrero de 2021 y antes de ese escándalo, en enero de aquel año, El Litoral reveló que 30 dosis fueron utilizadas para inmunizar al personal de calle del Instituto Provincial de Estadística y Censos de la Provincia de Santa Fe. Y para entonces muchos médicos, enfermeros, personal de limpieza y administrativos en constante contacto con pacientes Covid no habían sido vacunados.
Para el ingreso
Por otra parte, un proyecto de ley impulsado por el representante por La Capital, Marcos Castelló busca crear beneficios extraordinarios para ingreso a planta permanente de los contratados que actuaron en contacto con el virus, para que su edad o su antigüedad laboral no limite su ingreso formal al sistema público de salud, en mérito a su labor en aquellas circunstancias extremas.
El músico y cantante destacó que su texto a debatir en comisiones debe ser visto como "una devolución a todo lo que han sufrido y trabajado en la pandemia" los equipos de salud. Habló de quienes ya no están y de los que no dudaron en sumarse aún sin ser personal de planta en los efectores públicos en el peor momento.
La ley impulsada por Castelló plantea exceptuar a los agentes dependientes del ministerio de Salud (alcanzados por los acuerdos paritarios celebrados antes del 15 de diciembre de 2022) en los cuales se dispusiere el pase a planta de personal permanente, de lo establecido en la Ley Nº 9282, que exige no tener más de diez años de graduado y cuarenta años de edad para ingresar en las funciones de Profesional Ayudante en las Unidades de Organización Asistencial y Sanitaria.
El proyecto contempla también, que dicha excepción no podrá extenderse más allá de la edad prevista por la Ley N° 6915 y modificatorias para obtener la Jubilación Ordinaria.