Oscar Blando es Doctor en Derecho. Profesor de grado y posgrado en Derecho Político, Constitucional y Electoral. Fue, además, director de Reforma Política y Constitucional de Santa Fe durante la gestión socialista de Miguel Lifschitz.
Una mirada crítica que se apoya en el proyecto gestado durante la gestión Lifschitz. Las novedades, las omisiones y las materias a definir. Advertencias sobre el Senado y la cuestión de la paridad de género, y las autonomías municipales.
Oscar Blando es Doctor en Derecho. Profesor de grado y posgrado en Derecho Político, Constitucional y Electoral. Fue, además, director de Reforma Política y Constitucional de Santa Fe durante la gestión socialista de Miguel Lifschitz.
Por eso, en esta entrevista, alude a los temas que se plantearon en aquel proceso para compararlos con la agenda que tendrán en sus manos quienes resulten electos convencionales reformadores el 13 de abril.
En este punto, señala que "la base de la propuesta es el proyecto que presentamos en 2018 en el gobierno de Lifschitz".
- ¿Cuáles son los temas que considera novedosos en la actual propuesta de reforma de la Constitución Provincial?
- La base de la propuesta es el proyecto que presentamos en 2018 en el gobierno de Lifschitz. Novedosos son algunos de los temas que ya estaban en aquel proyecto: la limitación en la duración de todos los mandatos a cargos legislativos y ejecutivos.
La supresión de la inmunidad de proceso de los legisladores; la incorporación del derecho al agua, la protección del medio ambiente, las formas de participación semi directa, el Ministerio de la Acusación y el Servicio Público de la Defensa, el derecho de las víctimas de delitos; la autonomía municipal, etc.
Lo que parece nuevo respecto de aquel, es la incorporación específicamente del tema de la seguridad pública; los derechos digitales; el derecho a la ciudad, la causa Malvinas, medidas de acción positiva, reconocimiento de colegios profesionales y entidades de previsión y seguridad social.
- ¿Cuáles son las reformas que considera más importantes o más urgentes, o que puedan significar un cambio con impacto directo en la sociedad?
- Digamos en primer lugar, que el contenido de la reforma está en disputa. Hay una elección de convencionales en donde el ciudadano deberá elegir entre propuestas y proyectos políticos antagónicos. El "resultado" sobre le "contenido de la reforma, no está dado".
Por ejemplo el tema del rol del Estado y el de la seguridad pública de la que el Gobierno y distintos sectores hablan, es una cuestión que llevará grandes debates. Veremos con qué alcance y contenido. Se habla de una constitución "no garantista". Un verdadero oxímoron.
¿Qué es una constitución si no promueve garantías de libertades y derechos civiles, políticos, económicos y culturales pero también garantías penales y procesales que deben estar en la misma dirección que la Constitución Nacional y los Tratados de DD.HH que tienen esa jerarquía? Y para garantizar derechos se necesita Estado. No hay derechos sin Estado que los proteja.
Pero hay temas que son reclamos ciudadanos de todos los días que deberán estar presentes en el debate público y en la nueva Constitución: el tema de los incendios en nuestras costas que lesionan el ecosistema y la salud: hay que discutir la prohibición de la contaminación.
El acceso a los servicios públicos esenciales donde puede discutirse la intransferibilidad a sectores privados, con audiencias públicas desburocratizadas; el tema candente de las jubilaciones y las obras sociales y ahí podría haber definiciones que mantengan el sistema público de reparto solidario; el tema del acceso a la salud y a los medicamentos, y ahí discutir el medicamento como bien social.
La matriz tributaria en la provincia haciéndola más equitativa y progresiva; la adopción de acciones positivas en defensa: niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, mujeres y disidencias.
Todos estos y muchos otros, son temas de agenda permanente de la sociedad que deben estar presentes en el debate y en la letra de la Constitución.
Debemos entender que están en juego los derechos, libertades y garantías ciudadanas que al estar inscriptas en la Constitución permiten luego la lucha por su efectivización en el campo social, político y también jurídico.
- ¿Qué cuestiones deberían estar incluidas pero no se tuvieron en cuenta?
- Un hecho negativo es que en la ley de necesidad de la reforma no se haya habilitado a discutir una de las instituciones tradicionales más importantes del poder (y más conservadora) en la Provincia y que ha obturado la aprobación de leyes importantes como la Ley de Educación o la ESI: el Senado, que parece, nunca se puede "tocar".
No se ha habilitado para su discusión el tema de la uni-bicameralidad (art. 31) ni la forma de representación de esa cámara que establece el sistema (mayoritario) uninominal: un senador por cada departamento (art. 36).
Pero lo más importante, se impedirá debatir una forma de representación distinta para ese cuerpo: la uninominalidad impide el pluralismo y la proporcionalidad e impacta gravemente en la representación de las mujeres en el acceso al Senado.
Con la uninominalidad no hay cuotas de género ni paridad (aunque se la incluya para todos los cargos) si el que gana es uno sólo, -y la evidencia lo demuestra en la Provincia- ese "solo", es siempre varón…
Nos encontramos aquí con la paradoja que señala Roberto Gargarella: la mujer, en este caso, "entra" a la Constitución a través de la sección de los derechos (que se amplían con la paridad), pero no puede ingresar a través de la "sala de máquina", al obstaculizar su acceso al Senado por un sistema (el uninominal) que lo dificulta e imposibilita "darle vida efectiva".
En ese sentido, también se ha omitido incluir la perspectiva de género (que esta en el Proyecto Lifschitz) como tienen la Constitución de CABA y la de Neuquén.
Asimismo, entendemos insólito y en gran medida antidemocrático, el artículo 3° de la Ley de Necesidad de la reforma que habiendo admitido la autonomía de los Municipios, dispone que el dictado de las Cartas Orgánicas lo harán los legislativos locales, es decir, los concejales, -el poder constituido que se transforma en constituyente- quienes sancionarán la primera Carta Orgánica Municipal.
Sería algo parecido a que haya sido la Legislatura actual quien reforme la Constitución y no los convencionales elegidos por el pueblo.
Dicha decisión va a contramano también con la tradición democrática y municipalista de Santa Fe: en virtud de la autonomía municipal consagrada en la Constitución santafesina de 1921, y que, en 1934, Rosario y Santa Fe dictaron sus Cartas Orgánicas, pero convocando a una Convención reformadora surgida del voto de los vecinos de ambas ciudades.
Nada justifica en pleno siglo XXI que el pueblo quede ajeno en la redacción de su "Constitución en pequeño": la Carta Orgánica Municipal.
- ¿Qué diferencias encuentra respecto de la convocatoria anterior, llevada a cabo durante el gobierno de Miguel Lifschitz?
- Me detendré en un solo aspecto: el proceso reformista actual no ha seguido el trayecto participativo y democrático que, bajo la decisión del gobernador Miguel Lisfschitz, propusimos a la sociedad oportunamente, con un proceso de diálogo institucional denominado "Bases para le Reforma".
No basta que haya legitimidad política, es necesaria legitimidad social. No ha habido voluntad política de abrir un proceso participativo amplio, plural e inclusivo.
Hasta ahora hablaron los legisladores cuando aprobaron la Ley de Necesidad y ahora hablarán los candidatos en la campaña.
¿Y el pueblo? El pueblo debió ser protagonista y no mero espectador del proceso constituyente y poder expresar sus preferencias, propuestas y también sus rechazos y críticas. Sólo así puede percibir que la reforma no es por y para "la política" sino en beneficio concreto para la (su) vida en una sociedad democrática.
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