También fue sancionada la norma para el cuidado integral de la salud de personas con enfermedades poco frecuentes. Media sanción a tolerancia cero para alcohol y narcolemia en rutas santafesinas.
La Cámara de Diputados dejó de lado proyectos propios, terminó aceptando los criterios del Senado, y sancionó dos leyes: la adhesión a la Ley Micaela que obliga a la provincia a la capacitación obligatoria en género para todas las personas que ingresen a los poderes del Estado, y otra promoviendo el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes (EPF) mediante su acceso oportuno e igualitario a las prestaciones y servicios de salud.
También la Cámara votó en forma dividida, y giró al Senado, un proyecto de ley para establecer alcoholemia y narcolemia cero para conductores de vehículos en rutas provinciales. En cambio, no hubo acuerdo político entre el oficialismo y la bancada justicialista sobre Obras Menores. Todos están de acuerdo en habilitar hasta el 50% del fondo para gastos corrientes aunque hay diferencias sobre la inclusión de Rosario y Santa Fe en dicha partida. El tema sería definido el jueves venidero.
En primer término fue votada la ley de enfermedades poco frecuentes aceptando la postura del Senado que votó dos veces una iniciativa de Danilo Capitani mientras que en Diputados había votado una iniciativa de la radical Patricia Tepp adhiriendo a la norma nacional. “Aceptamos la postura del Senado y hacemos ley ante un reclamo de familiares de personas que padecen este tipo de enfermedades” señaló el socialista Rubén Galassi. “La diferencia entre los proyectos era sobre la aplicación de la norma” destacó Tepp cerrando un debate instalado desde 2015 en Legislatura.
El Senado propuso una ley con 17 artículos donde plantea nuevas obligaciones al Estado santafesino. El proyecto ata la definición de EPF a la legislación nacional, que considera una EPF, en aquellos casos que “tienen una prevalencia inferior a un caso cada 2.000 personas. Este tipo de patologías implica un alto nivel de complejidad en su diagnóstico y seguimiento, y conlleva múltiples problemas sociales”, señaló Capitani en los fundamentos.
Son pacientes que sufren patologías “potencialmente mortales, o debilitantes a largo o corto plazo, de baja prevalencia y alto nivel de complejidad, incluidas las genéticas, cánceres poco frecuentes, autoinmunitarias, malformaciones congénitas, tóxicas e infecciosas, entre otras categorías”.
La ley consagra la “aceptación por parte del Estado de la necesidad de diseñar políticas públicas para enfrentar las nuevas realidades sanitarias que emergen en nuestra sociedad”. Además crea un Registro Provincial de las EPF y su denuncia obligatoria, entre otros puntos.
Capacitar para la igualdad
También en el caso de la Ley Micaela, Diputados aceptó el criterio del Senado que votó un proyecto de Germán Giacomino (UCR - Constitución). Silvia Augsburger (Igualdad y Participación) había presentado el proyecto en diciembre del año pasado ni bien se sancionó la norma nacional. Después se sumó el justicialista Leandro Busatto y más tarde un mensaje del Poder Ejecutivo.
La norma crea un programa permanente de capacitación institucional en género y violencia contra las mujeres en los tres poderes del Estado. Lleva el nombre de Micaela, en recuerdo a la joven violada y asesinada en Gualeguaychú en 2017 por una persona que cumplía condena por delitos sexuales y cuya libertad condicional fue aprobada por un juez que desestimó los informes que desaconsejaban su libertad.
La formación en perspectiva de género y violencia contra las mujeres incluye como contenidos mínimos la legislación provincial, nacional y las convenciones en las que Argentina sea parte. También la comprensión del fenómeno de los estereotipos y discriminaciones de género por orientación sexual o identidad de género y la particular forma en que se expresan o impactan en cada área específica de actuación.
“¿Por qué es necesario capacitar en perspectiva de género al personal del Estado? Porque si se sigue actuando del mismo modo no van a obtenerse resultados diferentes. Hasta aquí no se ha logrado detener la epidemia de violencia contra las mujeres, lesbianas, trans, travestis y todas las identidades que no responden a la norma heteropatriarcal. No se ha logrado revertir las causas estructurales profundas de la desigualdad entre varones y mujeres que es el origen primero de la violencia de género. Han habido enormes avances en la condición de las mujeres, pero la lectura de las páginas policiales de los diarios en todo el país nos sigue mostrando la incapacidad del Estado para frenar la violencia. Hay que transformar el Estado, hacerlo eficaz, y la capacitación de las personas que actúan en su nombre es imprescindible para ello”, expresó Augsburger en el recinto.
La ley busca producir un impacto a corto plazo hacia el interior de las estructuras burocráticas, una toma de conciencia masiva de los agentes del Estado acerca de la gravedad que significa una mujer muerta cada treinta horas en Argentina.
Clara García (PS), Busatto, Cesira Arcando (Cambiemos), Alicia Gutiérrez (SI) y Mercedes Meier (Frente Social y Popular) sumaron argumentos. Arcando señaló en el recinto que “he sufrido acoso, incluso estando embarazada, fui amenazada con baja de calificación” por un funcionario de la delegación Rosario del Ministerio de Trabajo de la Nación ya fallecido y al que no identificó. “Yo pude resistir, pero no todas estaban en la misma situación” acotó.
Con cinco votos negativos, Diputados reformó la ley de tránsito para llevar al alcoholemia y narcolemia cero a los conductores de vehículos en rutas santafesinas al fusionar las iniciativas de Silvia Simoncini (PJ), Fabián Palo Oliver (UCR) y Héctor Caballero (PPS) y que pretende bajar las posibilidades de accidentes de tránsito.
Se determina que los conductores que sean hallados conduciendo en condiciones de alcoholemia o narcolemia positiva paguen de 300 a 1000 Unidades Fijas, (hoy 48,16$ la unidad), e inhabilitación para conducir entre 15 días y 2 años. Las sanciones son más duras para funcionarios del Estado provincial y pueden llegar a tres años de inhabilitación para conducir. Contempla el falso positivo por lo que el conductor con hasta 0,2 gramos de alcohol en sangre no deberá pagar multa, pero no podrá seguir manejando.
“Modificar un hábito cultural muy arraigado y aceptado es difícil, y representa un desafío colectivo”, dijo Simoncini.
Palo Oliver aseguró que en las seis provincias donde rige este sistema han bajado los indicadores de accidentes. Galassi, en tanto, explicó la inclusión de un artículo obligando a la Agencia de Seguridad Vial y al ministerio de Salud a elaborar protocolos de actuación donde se precisarán los consumos prohibidos para el manejo y los instrumentos de control.