Emergencia por Sequía: media sanción para diferir impuestos al transporte de cargas del agro
A fines de marzo de este año, cuando se creía que el fin de la sequía era cuestión de meses, se propuso un mecanismo para asistir a los transportistas cuyas cargas están directamente vinculadas a la suerte del campo. Finalmente, el tema logró avanzar y ahora resta su aprobación en Diputados.
Emergencia por Sequía: media sanción para diferir impuestos al transporte de cargas del agro
Rara vez proyectos de ley vinculados a una declaración de emergencia siguen teniendo sentido tras el paso del tiempo. Es el caso de una iniciativa para favorecer a los empresarios del transporte de cargas cuyos clientes están en el campo: el Senado agregó a su agenda esa declaración a fines de marzo de este año, hace ya siete meses. Ahora, se aprobó con media sanción y sin embargo -por lo interminable del drama de la sequía- la cuestión no ha perdido vigencia.
Resta que se complete su sanción definitiva en Diputados, durante las sesiones que quedan para la finalización del período ordinario de sesiones que fue extendido a noviembre.
El texto fue impulsado por el jefe de la bancada del radicalismo, Lisandro Enrico, que ingresó el asunto cuando todavía se creía que la inusual ausencia de lluvias iba a atenuarse en cuestión de unos pocos meses, pero no fue así. A los argumentos expuestos por entonces por el legislador reelecto ahora habrá que agregar todo del retroceso en la actividad de medio año.
La norma tiene aval político de sobra: Enrico es mencionado como parte del futuro gabinete de la próxima gestión en la Casa Gris como ministro de Obras Públicas y además un proyecto similar se originó en la otra Cámara, firmado justamente por el gobernador electo Maximiliano Pullaro.
Según el texto votado por unanimidad el 19 de octubre pasado la emergencia sería por un año con la posibilidad de que se extienda por otro si así lo considera el Poder Ejecutivo, con el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología como su autoridad de aplicación.
En cuanto a los beneficios, enumera: "a) Diferimiento sin intereses, por el término que dure la emergencia declarada mediante el artículo 1 y sus eventuales prórrogas, para el pago de los siguientes tributos: 1. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 2. Patente Única sobre Vehículos; b) Exención de pago de impuesto de sellos correspondiente a los actos, contratos y operaciones realizadas; c) Exclusión de los regímenes de retención y/o percepción de impuestos provinciales; d) Suspensión de la iniciación o la sustanciación de acciones administrativas iniciadas por el cobro de Impuestos; e) Otorgamiento de subsidios o aportes no reintegrables con el fin de solventar el mantenimiento y/o gastos de funcionamiento de la o las unidades de carga. El Poder Ejecutivo podrá otorgar subsidios o aportes con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas por montos de hasta $300.000 por unidad; f) Acceso a líneas de crédito con subsidio de tasa, utilizando esquemas de financiamiento que permitan adaptar las demandas existentes generadas por la emergencia, destinadas a: 1. Recambio de cubiertas 2. Reparación de vehículos y/o equipos 3. Inversiones de capital fijo y capital de trabajo u otros".
Fondos
Plantea que el Estado destine $ 22 mil millones a un Fondo de Asistencia Financiera a la Emergencia del Transporte cuyo destino será financiar y atender las erogaciones que demande al propia norma.
"De las últimas décadas, ésta fue la sequía más dura. Bajaron los rindes de cultivos, y no solo la economía de los productores agropecuarios es alarmante, también las consecuencias llegan a otros sectores como los transportistas de cereal y ganado. Por eso vamos a pedir ante el Gobierno Provincial que se generen herramientas para ayudar a estas familias perjudicadas que tendrán un año complejo respecto a sus ingresos que dependen exclusivamente de los viajes que puedan realizar", señaló el legislador radical en los considerandos que contenían la esperanza de que el clima mejorase. No fue así y la declaración de emergencia -aunque tardía- es prioritaria.
Más provincias bajo el estado de emergencia agropecuaria
El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Buenos Aires y Santa Cruz, a raíz de la sequía.
La decisión se plasmó en dos resoluciones del Palacio de Hacienda publicadas este viernes en el Boletín Oficial.
En el caso de Buenos Aires, la medida alcanza a las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía en los partidos de Villarino y Patagones, desde el 1° de enero de 2023 y hasta el 31 de octubre de 2023; en el Partido de Rivadavia desde el 1° de febrero de 2023 y hasta el 31 de octubre de 2023; en el Partido de Pehuajó desde el 1° de marzo de 2023 y hasta el 31 de octubre de 2023 y en el Partido de Berisso desde el 1° de abril de 2023 y hasta el 31 de octubre de 2023.
El 31 de este mes es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas, aclaró Economía.
En Santa Cruz, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, abarca a a las explotaciones ganaderas de ganado mayor y menor afectadas por sequía, por el término de un año a partir del 16 de febrero de 2023, en todo su territorio.
En ambas provincias, a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509 (de emergencia agropecuaria) los productores deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
Por su parte, los Gobiernos provinciales remitirán a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia.
Según lo dispuesto, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP "arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios" e la Ley.