La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad este jueves 17 de octubre un Proyecto de Ley que libra a las cooperativas de servicios públicos del pago de las patentes de sus vehículos. La iniciativa presentada por el presidente provisional del Senado, Felipe Michlig (UCR- San Cristóbal) dispone que se exceptúa del pago de patente de vehículos e impuesto a las transferencias de derecho a la propiedad de los vehículos a "las cooperativas que presten servicios de: provisión de agua potable, desagües cloacales, distribución de energía eléctrica o subdistribución de energía eléctrica".
Se trata de una modificación del Código Fiscal (Ley 3456 y sus modificatorias) cuyo objetivo es "apoyar a instituciones de bien público" y de poner en igualdad de condiciones a las entidades que "históricamente se han hecho cargo de servicios públicos esenciales".
Mirá tambiénSanta Fe: proponen una comisión legislativa de "Defensa del Usuario Vial"Para Michlig, si su proyecto avanza, se habrá equiparado al menos en algo a esos prestadores con los que posee el Estado provincial, que reciben apoyos económicos del Tesoro de todo tipo, entre ellos el pago de las patentes.
El texto con media sanción ya fue aprobado por el Senado en 2022 y pasó a Diputados donde no prosperó. Ahora, con una nueva composición de la Cámara baja con mayoría del oficialismo al que pertenece Michlig la suerte de la iniciativa puede ser diferente.
Redes y ruedas
En los fundamentos, se destaca que cuando se trata de redes de servicios públicos la logística del transporte para su mantenimiento "posee una relevancia de consideración en los costos de operación".
Y destaca que eso es así, en especial, "en los servicios de distribución eléctrica, provisión de agua potable y cloacas, con una flota de vehículos que tiene gastos gravitantes en el total de los costos logísticos.
Añade que tener en funcionamiento vehículos implica una variedad de ítems, "uno de ellos los relativos al pago de tributos entre los que se destaca la Patente Única sobre vehículos".
"En el caso de la Empresa Provincial de la Energía como asimismo en el de la empresa Aguas Santafesinas SA, tal situación se ha considerado y derivó en sendas exenciones del impuesto antes referido", compara el senador y recuerda que en virtud del artículo 45 de la Ley N° 10.014, la Empresa Provincial de la Energía se encuentra exenta del pago de la Patente Única sobre Vehículos.
A su vez, mediante el inciso i) del artículo 327 del Código Fiscal se eximió de dicho impuesto a la empresa Aguas Santafesinas SA. "Sin embargo, prestadores de análogos servicios en otras localidades del territorio provincial no cuentan con similar trato, implicando ello una discriminación", indican los considerandos.
Sin fines de lucro
Para todo el sector cooperativo, no solo para proveedores de energía eléctrica, agua potable y cloacas (también para servicios no contemplados en la norma que también proveen entidades de este tipo, como gas natural, conectividad por internet o telefonía) es clave el concepto de entidad sin fines de lucro que promueve en los fundamentos el proyecto que ha logrado media sanción de la Cámara alta.
"Se trata de cooperativas que, aunque no son entidades estatales eso no quita su naturaleza de no tener fines de lucro", expresa. Y profundiza: "si el lucro no es constitutivo de este tipo de entidades se deduce que la rentabilidad no integra la ecuación económica del servicio público a cargo de la entidad. Por lo cual, el mayor costo de prestación del servicio encuentra como únicas alternativas la de incrementar los recursos o poner en riesgo la sustentabilidad del servicio. Es decir, un perjuicio para los usuarios, inmediato o mediato", razona.
"Esto deriva en un trato diferente entre los usuarios santafesinos de servicios públicos. La política tributaria provincial impacta de manera asimétrica en los costos de los servicios abastecidos por la Empresa Provincial de la Energía y Aguas Santafesinas SA respecto a los provistos por cooperativas", subraya.
"Aunque resulte obvio, no es ocioso destacar que un trato distinto entre comprovincianos colisiona con todo principio de igualdad", advierte.
En virtud de lo antes expuesto se plantea la modificación del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe al incorporar la exención del Impuesto Patente Única sobre Vehículos a aquellos vehículos de propiedad de las cooperativas que presten todos, algunos o alguno de los siguientes servicios en localidades de la Provincia de Santa Fe: provisión de agua potable, desagües cloacales y distribución o subdistribución de energía eléctrica.
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