Por Hagar Blau Makaroff
El reclamo de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas a varias carteras de la Nación sobre un dragado más profundo no permitido en el canal del río Paraná en plena crisis hídrica por la bajante histórica, tuvo su fruto ya que se dispuso la prohibición de esa práctica, y se realizan investigaciones para penalizar a la concesionaria.
Por Hagar Blau Makaroff
A raíz de la denuncia pública, la Subsecretaría de Puertos de la Nación emitió la orden N°218 que frena las tareas de sobredragado que desde mayo de este año viene realizando la empresa de origen belga Jan De Nul. La orden obliga a la empresa Hidrovía S.A. a “mantener los diseños de obra oportunamente aprobados en cuanto a las profundidades alcanzadas, los veriles y los anchos de solera”, detalló el abogado Lucas Micheloud.
En un contexto de la mayor bajante histórica del río desde 1944 y sin estudios de impacto ambiental, el sobredragado constituye para esta entidad civil “un verdadero crimen ambiental”, y por eso el pasado 11 de junio presentaron una solicitud de acceso a la información pública ambiental ante el Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
“Entendemos que las tareas de sobredragado deben estar autorizadas por el Estado en el marco de la bajante histórica que está atravesando la Cuenca del Paraná, y que requiere de mínima estudios de impacto ambientales acumulativos y eventualmente una evaluación ambiental estratégica. En estas condiciones venimos sosteniendo que es un crimen ambiental, por el grave impacto que de por sí ya tiene el dragado constante, y en este caso el sobredragado, afectando la fauna fluvial, los ecosistemas fluviales, el sistema de humedales, y la calidad del agua que puede perjudicar el acceso para el consumo humano”, apuntó el letrado ambientalista.
Los pasos seguidos
Consultado sobre cómo se consiguió que el Estado tomara cartas en el asunto, Micheloud recordó: “A partir de esa presentación que hicimos, el 22 de junio la secretaría de Control y Monitoreo Ambiental nacional nos informó que no tiene la información que les solicitábamos, pero que remitía el reclamo a la empresa belga para recabar la información”.
Además el Ministerio de Ambiente le envió una nota a la Subsecretaría de puertos de la Nación para consultarles si era cierto que esta empresa estaba realizando el sobredragado con dos pies más de profundidad. “Una vez que confirma esa empresa al control de puertos, la directora del control de habilitaciones emitió la orden de servicios 218, y ahí es donde le realiza la intimación para que no profundicen. Dice en rigor que debe mantener los diseños de obra oportunamente aprobados, en cuanto a las profundidades alcanzadas, los veriles y los anchos de solera, cualquier modificación, tendrá sanciones previstas”.
Sumado a esto, y en paralelo, este lunes esta asociación impulsora del reclamo recibió un mail del Ministerio de Transporte: “Al fin respondieron el acceso a la información que les requeríamos (hasta ahora solo nos había contestado Ambiente), y nos dicen que consultaron con la Dirección de Control Técnico y Habilitaciones de este ministerio el pasado 7 de julio, y requirió a la empresa concesionaria que se exprese sobre esto, y hasta la fecha no recibieron respuesta alguna”.
Allí les informaron también que iniciaron acciones sumarias en conjunto con el Ministerio de Ambiente para definir si se desarrolló un sobredragado más allá de lo estipulado y sin autorización, y en su caso efectuar sanciones y denuncias pertinentes. “Es decir que esas tareas no han sido autorizadas por el Estado Nacional, y se encuentran en investigación para recabar toda la información necesaria y eventualmente aplicar las sanciones que correspondan y denuncias en el marco de la relación jurídica entre Hidrovía S.A y el Estado Argentino en sus contratos de concesión”.
“Ecologizar la Hidrovía”
Micheloud estimó que la medida adoptada “es muy necesaria por estas horas, es fundamental para comenzar a ‘ecologizar’ todo el denominado proceso Hidrovía Paraná-Paraguay. Dejar de naturalizar actividades que no tienen estudios ambientales, sin participación ciudadana ni evaluación ambiental”.
El rediseño que en estos días se está haciendo sobre los nuevos pliegos, consideró que “deberá ir en esta dirección sin dudas, para incorporar una mirada de cuenca, en el marco de la Ley de Aguas y de los principios hídricos rectores de política hídrica nacional”.
De esta manera la prohibición de sobredragado en el Paraná, ya está vigente con la Orden 218, y ya fue comunicada a la empresa, por lo que el sobredragado, especuló, ya debería estar frenado. “Lo que están evaluando en la investigación es si es cierto que se realizaron estas tareas sin autorización y llegado el caso, realizar las denuncias y aplicar el régimen sancionatorio de la legislación vigente”, aseguró.